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Introducción al Derecho- video 2774


Enviado por   •  3 de Octubre de 2016  •  Apuntes  •  424 Palabras (2 Páginas)  •  178 Visitas

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Introducción al Derecho- video 2774

El derecho como norma: Características que nos van a servir para diferenciar a las normas jurídicas de las normas morales y de las normas sociales. Caracterizar a las normas jurídicas naturales diferenciándolas de las normas jurídicas positivas, y analizar los caracteres propios de las normas jurídicas positivas para finalmente trabajar la clasificación de las normas jurídicas positivas.

Norma: Es una conducta de vida, algo que debemos hacer. Las normas pertenecen al campo del deber ser. Con la expresión norma se designan a cosas parecidas pero que admiten algunos matices. Por ejemplo: utilizamos la palabra norma para pronunciar las normas de un juego, o para designar las reglas de un instructivo para hacer funcionar un aparato domestico o para designar las prescripciones o para designar las normas morales, normas sociales, normas ideales.

Podemos distinguir las normas jurídicas, de las normas morales y de las normas sociales.

Normas jurídicas: son bilaterales, en el sentido de que imponen correlativamente derecho o facultades a una persona y a otros deberes u obligaciones son impero-atributivas.

Son heterónomas. El creador de la norma el legislador no coincide con el sujeto obligado.

Son predominantemente exteriores.  En sentido de que el derecho regula las conductas del hombre hacia afuera. A veces el derecho penetra en nuestra interioridad. Por ejemplo. En el caso de la buena fe. En los contratos, el dolo, el derecho penal, es decir la intención de dañar, son conductas interiores relevantes para el derecho

Normas morales: son unilaterales son meramente imperativas. Se limitan a imponer un deber, pero no existe frente a la persona obligada por el deber moral o social otra persona que tenga el derecho o la facultad de exigir su cumplimiento.

Las normas morales objetivistas también son heterónomas en sentido de que el que crea la norma moral no coincide con el sujeto obligado.

Las normas morales subjetivistas donde el sujeto es quien se crea su propia norma moral, la moral es autónoma. Solamente se nos imponen si las hemos interiorizado.

Son predominantemente interiores, no porque la moral regule la conducta interior del sujeto porque en realidad las normas morales tiene como contenido tanto conductas exteriores, (ayudar al prójimo)  como interiores (no pensar mal del prójimo)

Normas sociales: son unilaterales son meramente imperativas. Se limitan a imponer un deber, pero no existe frente a la persona obligada por el deber moral o social otra persona que tenga el derecho o la facultad de exigir su cumplimiento.

Son siempre heterónomas, la sociedad es la que crea la norma que está destinada a sus miembros.

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