ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Investigacion En El Proceso Penal


Enviado por   •  8 de Julio de 2014  •  3.146 Palabras (13 Páginas)  •  267 Visitas

Página 1 de 13

INVESTIGACION CRIMINAL EN EL SISTEMA ACUSATORIO

Desde la constitución de 1917, hemos tenido el proceso inquisitivo en materia penal, un proceso tan común y antiguo, que la gran mayoría de los litigantes ya conocían de pies a cabeza, haciendo que estos fueran diestros en el manejo y resolución de sus conflictos. Sin embrago ahora el proceso penal es diferente a consecuencia de las reformas constitucionales, y ha pasado de ser un proceso inquisitivo, para ser un proceso acusatorio, en el que predomina la oralidad. Si bien es cierto los juicios orales no son nuevos como tal en nuestro país, este proceso vino a dar un giro para todos los litigantes que ya estaban acostumbrados al proceso inquisitivo, pues algunas etapas si es que no en su mayoría hay grandes cambios. Es por eso que esté ocurso, pretende dar un panorama general de lo que es la etapa de investigación en este proceso acusatorio.

Consideraciones previas

“La reforma constitucional de junio de 2008 simboliza la propuesta de cambio más trascendente del sistema de justicia criminal en México, desde 1917. Partiendo de esta perspectiva, es poco probable que alguien refute el momento histórico —y de oportunidad— que se está viviendo en nuestro país para que se innove —de manera favorable— la calidad del proceso penal y se propicie una —necesaria—evolución integral de nuestro modelo de enjuiciamiento criminal.”

“La referida modificación constitucional busca —sustantivamente y con fórmulas inspiradas, por una parte, en principios procesales garantistas y en el debido proceso y, por otra, en criterios de eficiencia—, entre otras prerrogativas, que se logren implementar mecanismos que corroboren el correcto actuar del órgano encargado de investigación criminal, a fin de proteger al ciudadano investigado de las arbitrariedades —y violaciones de derechos— que se pudieran dar en el desarrollo de la indagatoria penal.”

Como Guillen López lo afirma en la cita anterior, el sistema acusatorio, tiene tintes de garantismo, pues pretende hacer valer los valores y derechos humanos de todos y cada uno de los individuos, sin embargo del todo no ha hecho a un lado a los sistemas jurídicos tradicionales como el iusnaturalismo y iuspositivismo. Esto lo podemos observar en las siguientes citas:

“El nuevo sistema penal acusatorio representa, para los diversos operadores del sistema de justicia criminal (jueces, ministerios públicos, peritos, policías, defensores), una gran oportunidad para desenvolver su actividad forense en un modelo de justicia criminal que, en perspectiva, se estima de mayor calidad, transparente, garantista y humano. En el caso particular de la policía la oportunidad puede resultar más grande, en muchos de los sentidos. Tal vez, por ejemplo, en este sistema acusatorio se pueda lograr confrontar la hasta hoy vigente misiva napoleónica: la policía inventa más de lo que descubre.”

“El sistema acusatorio exige normas de relación procesal desde el primer acto del procedimiento que implica, para el imputado, “desde el momento que sea detenido o que intervenga, personalmente o por escrito, en la investigación”( Cfr. art.13 CM) “el derecho a estar asistido por un abogado defensor y a ser informado de los hechos que se imputan y los derechos que le asisten”( Cfr. art. 12 CM).”

En este contexto, se comprende como elementos esenciales: el derecho a la defensa, el derecho del imputado de contar con la asistencia adecuada de un abogado defensor; comunicarse libremente y privadamente con el mismo; tener acceso a los registros de la investigación; consultar dichos registros y disponer del

tiempo y los medios adecuados para la preparación de su defensa. Volviendo a lo mencionado, esté sistema lo que pretende es aplicar el principio de igualdad basándose en los derechos humanos y valores innatos al ser humano.

“El sistema acusatorio al que se encamina la normativa procesal sin dejar de considerar la importancia inquisitiva de la investigación, debe encontrar en la policía el vehículo para facilitar el principio acusatorio, es decir, una investigación legitima de naturaleza policial que permita identificar a un autor y arribar a un proceso.

Señalando al autor del hecho a través de la investigación policial nace, dentro de la etapa investigación, la investigación procesal bajo la autoridad del fiscal, del ministerio publico.”

“La etapa de investigación es la primera fase o momento procesal, en el cual está presente tanto en el procedimiento penal común u ordinario, así como en los denominados procedimientos especiales.”

Y por la anteriormente expuesto, podemos afirmar que la fase investigación viene a substituir los momentos de la averiguación previa, pre- instrucción e instrucción que se trabajaban en el sistema antecesor; y su propósito es reunir aquellos datos de prueba que permita conocer:

1) la existencia del hecho en materia criminal,

2) su naturaleza de delictuoso,

3) la identificación del o los intervinientes del mismo,

4) la identificación de la victima u ofendido y

5) la ubicación de los elementos de descargo que coopere a la hipótesis de caso de la defensa.

Todo lo anteriormente expresado, forma parte de la naturaleza del proceso, y en lo que respecta al agente del ministerio público, esté tiene el deber, cuando tenga conocimiento de la existencia de un hecho que revista caracteres de delito, de investigar y promover la persecución penal. Una vez iniciada la investigación el agente de ministerio público actuará en doble sentido, por una parte como administrador de la carpeta de investigación y por el otro como encargado de la conducción jurídica de hechos.

Éste proceso de investigación tiene cuatro objetivos que deben ser considerados dentro del planteamiento organizativo del ministerio público:

1) Archivar, Mediante archivo temporal o el no ejercicio, el caso sin factores de resolución;

2) Aplicar, como política criminal criterios de oportunidad, que permiten, con la solución del conflicto, la extinción de la acción penal publica.

3) Facilitar la prueba que rinde el juicio de la defensa letrada y del imputado a las formas alternativas de terminación del proceso o a los mecanismos alternativos de solución de controversias; y,

4) Agilizar la fase de investigación procesal

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (20.1 Kb)  
Leer 12 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com