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Proceso Penal


Enviado por   •  29 de Noviembre de 2012  •  1.126 Palabras (5 Páginas)  •  246 Visitas

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Proceso penal

-Concepto. 12. Concepto:

Secuencia o serie de actos que se desenvuelven progresivamente con el objeto de resolver, mediante un juicio de la autoridad, el conflicto sometido a su decisión.

En el Proceso Penal se denuncia la comisión de un delito, luego se actúan todas las pruebas pertinentes para que el órgano jurisdiccional resuelva la situación jurídica del procesado, archivando el Proceso, absolviendo al procesado o condenándolo.

-Fuentes- FUENTES DEL DERECHO PENAL. La Ley Penal. Caracteres. Principio deLegalidad. Interpretación de la Ley Penal.

CLASIFICACION DE LAS FUENTES DEL DERECHO PENALEncontramos las siguientes clasificaciones:a)Fuentes Directas:

•De Producción: Es la autoridad. El Estado es el sujeto que dicta lanorma jurídica penal. A nivel nacional: Asamblea Nacional. A nivelregional: Consejo Legislativo Regional.i.Directas: Son aquellos instrumentos jurídicos contentivos de lanorma misma. Por ejemplo la Ley Penal.ii.Indirecta: Son aquellos documentos, publicaciones, y las actividadesde juristas, que no contienen y no crean por sí mismos la norma, sinoque más bien, coadyuvan a su explicación e interpretación y sirvenpara su conocimiento. Ejemplo: La Jurisprudencia, la analogía., etc.

•La Costumbre Jurídica: Se define como la observación constante yuniforme de regla de conducta, por los miembros de una comunidadsocial, con la convicción de que responde a una necesidad jurídica. Por lotanto, se requiere de esta conducta para considerarse consuetudinaria suuso reiterado en el tiempo y el acatamiento colectivo mayoritario, enfunción de ser considerada socialmente necesaria y jurídicamenteobligatoria.Clasificación de la costumbre de acuerdo con las relaciones con la ley:

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SECUNDUM LEGEM: Es la costumbre según la ley. Este tipo decostumbre está constituida por conductas adaptadas a lasprescripciones de la Ley y por tanto, evidencia la vigencia de la norma.Resuelve comportamientos idénticos al establecido en la ley, por eso nopuede ser Fuente del Derecho Penal.

•CONTRA LEGEM: Este tipo de costumbre también es conocida comoabrogativa o derogativa, es aquella según la cual se crean normascontrarias a las establecidas por la ley, pero en consideración de queuna ley, en nuestro sistema jurídico, solo puede ser derogada por otra;..En Venezuela no aplica. El Art. 7 del Código Civil establece que “Lasleyes se derogan por otras leyes”

•PRAETER LEGEM: También llamada costumbre supletoria .Se trata dela conducta reiterada que actúa como subsidiaria regulando situacionesno previstas. Suplen el silencio de la ley. Su aplicación es casi sula, yaque todas las situaciones de la vida están previstas y reguladas en laley.

•De Conocimiento: Es el modo de manifestarse, o la manera formal demanifestarse el Derecho Penal. Estas pueden ser escritas (La Ley) y noescritas (La Costumbre). Se subdividen en fuentes de Conocimiento

-Principios 5.- ¿Cuáles son los principios del proceso penal venezolano?

l debido proceso, el respeto de la dignidad humana, de la libertad, de la igualdad, de la imparcialidad, de la legalidad, de la presunción de inocencia, del derecho de defensa. En el proceso penal venezolano prevalecen los tratados internacionales, de oralidad, de lealtad, de Contradicción, de publicidad, del juez natural, de doble instancia y de cosa juzgada, entre otros.

-sujetos del proceso penal

Los sujetos procesales

Son todas las personas naturales y jurídicas que intervienen en el proceso penal, cualquiera sea su rol o grado de participación. Estos pueden de acuerdo a su importancia, estar clasificados en: Fundamentales; Connaturales y Eventuales. Los fundamentales, son aquellos que integran la relación jurídico-procesal, sin los cuales no podría existir el proceso. Estos son: El Órgano jurisdiccional y las partes. Los connaturales, son aquellos que tienen intervención habitual decisiva en el proceso, aun cuando no forman parte de de la relación jurídico-procesal, tales como: secretarios, alguaciles, escribientes, policías, denunciantes, testigos y peritos. Se les llama connaturales porque su intervención es cònsona con la naturaleza del proceso penal. Los eventuales, son aquellos que pueden tener una participación eventual en el proceso, de manera que pueden estar o no presentes en un enjuiciamiento concreto, tal es el caso del demandante civil, del tercero civilmente responsable, del tercero excluyente y del publico en genera

-La prueba en el proceso penal

-Del procedimiento ordinario

El Procedimiento Ordinario es el procedimiento tipo o general, aplicable a todas las controversias que no tengan expresamente pautado un procedimiento especial y al mismo tiempo, las reglas del procedimiento ordinario son de aplicación supletoria o subsidiaria al trámite de los procedimientos especiales en tanto no se opongan a sus reglas específicas.

El procedimiento ordinario comienza por demanda, que se propondrá por escrito en cualquier día y hora ante el Secretario del Tribunal o ante el Juez.

En materia civil el Juez no puede iniciar el proceso sino previa demanda de parte, pero puede proceder de oficio cuando la ley lo autorice, o cuando en resguardo del orden público o de las buenas costumbres, sea necesario dictar alguna providencia legal aunque no la soliciten las partes.

La Casación tiene establecido que lo que da lugar al nacimiento del proceso es la presentación del libelo de demanda por los actores o sus apoderados, sin que importe al caso que tenga una fecha anterior a su introducción, porque es la presentación la que le da autenticidad y fecha cierta al libelo de demanda.

La Demanda es el acto procesal de la parte actora mediante el cual ésta ejercita la acción, dirigida al juez para la tutela del interés colectivo en la composición de la litis y hace valer la pretensión, dirigida a la contraparte pidiendo la satisfacción de la misma.

En el presente trabajo se va a proceder a analizar un libelo de demanda para constatar que cumple con los requisitos establecidos en el Código de Procedimiento Civil y saber si se pueden oponer algunas cuestiones previas.

PROCESO PENAL DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO

PROCEDIMIENTO ORDINARIO

Esta primera fase, tendrá por objeto la iniciación de los procedimientos para la preparación del juicio oral y público, mediante la investigación de la verdad por parte del Director del Proceso, y la recolección de todos los elementos de convicción que permitan fundar la acusación del fiscal del Ministerio Público, y la defensa del imputado.

En el curso de la investigación el Ministerio Público hará constar, no sólo los hechos y circunstancias útiles para fundar la inculpación del imputado, sino también, aquellos que sirvan para exculparle. En este último caso, el Ministerio Público está obligado a facilitar al imputado los datos que le sean favorables para la defensa de éste.

Los jueces que intervinieren en esta fase, les corresponde fiscalizar el cumplimiento de los principios y garantías establecidos en este Código, en la Constitución de la República, tratados, convenios o acuerdos internacionales suscritos por la República; y practicar pruebas anticipadas, resolver excepciones, peticiones de las partes y otorgar autorizaciones

JUICIO ORDINARIO FASES.

FASE ALEGATORIA VAMOS A ENCONTRAR:

Introducción a la causa.

Libelo de la demanda.

Admisión de la causa.

In admisibilidad.

Citación.

Contestación o cuestiones previas.

FASE CONCILIATORIA:

Convenimiento.

FASE PROBATORIA:

Todas las pruebas que tengan las partes.

FASE SENTENCIA.

Decisión del juez de la causa

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