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Inviolabilidad del derecho de propiedad


Enviado por   •  26 de Enero de 2022  •  Apuntes  •  567 Palabras (3 Páginas)  •  114 Visitas

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Inviolabilidad del derecho de  propiedad

GRUPO 2

La constitución viene hacer un conjunto de reglas y principios de más alta jerarquía que rigen dentro de un país. En el Perú la constitución vigente es la del año de 1993, donde encontramos los derechos y deberes  fundamentales de las personas que viven en el territorio peruano; además de todas las garantías que ofrece el estado para garantizar estos derechos y permitir su cumplimiento.

 La constitución peruana está conformada por VI títulos, el título III se refiere al régimen económica. En el  Titulo III podemos encontrar VI capítulos, el capitulo III está vinculado a la propiedad; este capitulo esta formado por los artículos 70 al 73.  Cuando nos referimos a la propiedad, hacemos referencia a una de las instituciones jurídicas más antiguas de la humanidad y a la vez a una de las que más discusiones y controversias ha generado; en el derecho romano esta era considerada como un derecho absoluto, con lo que el propietario podría usar y disfrutar libremente de la cosa, de lo que podría decirse que no se tenía en cuenta el interés social que tiene la misma, pudiendo el propietario no tener en cuenta el interés de la colectividad.

El artículo 70, se refiere a la Inviolabilidad del derecho de la propiedad : “El derecho de propiedad es inviolable. El Estado lo garantiza. Se ejerce en armonía con el bien común y dentro de los límites de ley. A nadie puede privarse de su propiedad sino, exclusivamente, por causa de seguridad nacional o necesidad pública, declarada por ley, y previo pago en efectivo de indemnización justipreciada que incluya compensación por el eventual perjuicio. Hay acción ante el Poder Judicial para contestar el valor de la propiedad que el Estado haya señalado en el procedimiento expropiatorio.” (Constitución Política del Perú,1993,p.g.123).

Pero como este artículo se podría relacionar a una organización empresarial, teniendo como definición que una organización empresarial  es una entidad social compuesta por dos o más individuos con la finalidad de cumplir metas y objetivos.

Es verdad que toda organización empresarial está protegido por la ley de Inviolabilidad del derecho de  propiedad, siempre y cuando no exista un interés de bien común, como por ejemplo el desarrollo de escuelas, carreteras, aeropuertos, puentes, u obras del beneficio de la comunidad o país.

El artículo 70 de la constitución peruana, protege el derecho a la propiedad de todo individuo, garantizando y velando todo tipo de inversión , siempre y cuando no exista un bien común que involucre el desarrollo de la comunidad. En esta situación el estado garantiza una retorno justo del capital invertido por la empresa. Por su parte, el Tribunal Constitucional, ha señalado que el derecho de propiedad tiene un doble carácter, el subjetivo o individual y de institución objetiva valorativa, portador de valores y funciones, es decir establecer una  armonía con el bien común y dentro de los límites de la ley. Dado su doble carácter, el derecho fundamental a la propiedad no es un derecho absoluto, sino que tiene limitaciones que se traducen en deberes y obligaciones a cargo del propietario, los mismos que están previstos legalmente. Ello obliga a que el Estado regule su goce y ejercicio a través del establecimiento de límites fijados por ley, y además, impone al titular del derecho el deber de armonizar su ejercicio con el interés colectivo

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