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JUICIO DECLARATIVO DE LA PRESCRIPCIÓN


Enviado por   •  28 de Febrero de 2013  •  1.321 Palabras (6 Páginas)  •  697 Visitas

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JUICIO DECLARATIVO DE LA PRESCRIPCIÓN

El Juicio declarativo de Prescripción consiste, en el derecho de propiedad en virtud de la prescripción, es decir en virtud de caducar un derecho por haber transcurrido un tiempo por la Ley, o de cualquier otro derecho en el mismo caso, formulándose muy claramente las reglas procedimentales para su tramitación y decisión.

Existen dos tipos de prescripción:

Prescripción Adquisitiva o Usucapión; que se refiere a una manera de adquirir la propiedad de una cosa por medio de la posesión en un tiempo establecido.

Prescripción Extintiva que produce la pérdida de todos los derechos de la cosa.

La norma que rige el procedimiento del juicio Declarativo de la Prescripción está contenido en el capítulo I artículo 690 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, la cual se expresa: “Cuando se pretenda la declaración de propiedad por prescripción Adquisitiva según la ley o la declaración de cualquier otro Derecho Real susceptible de Prescripción Adquisitiva el interesado presentara la demanda ante el Juez de Primera Instancia en lo Civil del lugar de situación del inmueble, la cual se sustanciara y resolverá con arreglo a lo dispuesto en el presente capitulo”.

Los requisitos que debe contener un libelo demanda están señalados en el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil (C.P.C)

1-La indicación del tribunal ante el cual se propone la demanda.

2- El nombre, apellido y domicilio del demandante y del demandado y el carácter que tiene.

3- Si el demandante o el demandado fuere una persona jurídica, la demanda deberá contecer la denominación o razón social y los datos relativos a su creación o registro.

4-El objeto de la pretensión, el cual deberá determinarse con precisión indicando su situación y linderos, si fuere inmueble: las marcas, colores o distintivos, si fuere semoviente; los signos, señales y particularidades que puedan determinar su identidad si fuere mueble; y los de derechos y objetos incorporales.

5- La relación de los hechos y los fundamentos de derecho en que se base la pretensión con las pertinentes conclusiones.

6- Los instrumentos en que se fundamenta la pretensión, esto es aquello de los cuales se derive inmediatamente el derecho deducido, los cuales deberán producirse con el libelo.

7-Si se demandare la indemnización, de daños y perjuicios, la especificación de estos y sus causas.

8- El nombre y apellido del mandatario y la consignación del poder.

9- La sede o dirección del demandante a que se refiere el artículo 174. (La dirección exacta, dicho domicilio permanecerá para todos los efectos legales… y en él se practicaran todas las notificaciones, citaciones o intimación a que haya lugar. A falta de la indicación de la sede o dirección exigida en la primera parte de este artículo, se tendrá como tal la sede del tribunal.

En cuanto a las partes que intervienen en el juicio declarativo encontramos: Demandante, Demandado, los terceros interesados, los abogados litigantes, y el juez.

En consecuencia el tribunal competente es el Juez de Primera Instancia en lo Civil del lugar de ubicación del inmueble, lo cual está implícito en el artículo 690 del C.P.C.

En el mismo orden de ideas, se expresa a continuación las fases del procedimiento de Prescripción Adquisitiva:

1- Demanda.-

Artículo 691: “La demanda deber proponerse contra toda aquellas personas que aparezcan en la respectiva Oficina de Registro como propietario o titulares de cualquier derecho real sobre el inmueble. Con la demanda deber presentarse una certificación del registrador en la cual conste el nombre, el apellido y domicilio de tales personas; y copias certificadas del título respectivo”

La demanda.-El demandante deberá demandar a todas las personas que aparezcan en la respectiva oficina de Registro como propietarios o titulares de cualquier derecho real sobre el inmueble; con la demanda deberá presentarse una certificación del registrador en el cual conste, el nombre, apellido y domicilio de tales personas, y copia certificada del título respectivo. Además, deberá estar fundada en la prescripción adquisitiva de la propiedad. Entendiéndose

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