ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Juegos Belicos


Enviado por   •  13 de Agosto de 2014  •  371 Palabras (2 Páginas)  •  224 Visitas

Página 1 de 2

JUEGOS BÉLICOS

Ley 18 de 1990 Prohíbe la fabricación, importación, distribución, venta y uso de juguetes bélicos en todo el Territorio Nacional.

Juegos bélicos: todos aquellos objetos, instrumentos o réplicas que imiten cualquier clase de armas de fuego, sean éstas cortas, largas o de artillería; blancas, sean éstos contundentes, arrojadizas, arrojadoras, de puño o de corte o de asta, y de guerra como tanques, aviones de combate o barcos armados, utilizados por las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional y los organismos de Seguridad de un Estado, u otra clase de armas.

Excepción: El Estado colombiano promoverá, por conducto del Ministerio de Educación Nacional, la producción, importación, distribución, venta y uso de juguetes que sirvan para ejercitar y estimular la mente y que despierten en los niños el respeto por la vida, la creatividad, la sana emulación, la camaradería, la lealtad, el trabajo en equipo, el respeto al adversario, la comprensión y la tolerancia con los demás y el entendimiento entre los hombres, dentro de un espíritu de paz y fraternidad.

AUTOMOVILES CLÁSICOS

Ley 769 de 2002 Define automóvil clásico como un automotor que haya cumplido 50 años y que además de conservar sus especificaciones y características originales de fábrica, presentación y funcionamiento, corresponda a marcas, series y modelos catalogados internacionalmente como tales.

En Concepto 006 de 2003, este Despacho, manifestó en relación con la importación de vehículos antiguos o clásicos que en Oficio No. 2-2003-002540 del 29 de enero de 2003, el Comité de Importaciones del Ministerio de Comercio Exterior, señaló: "que la importación de carros antiguos y clásicos está permitida, amparada con licencia previa. Como excepción a la política del Convenio de Complementación Automotor ha sido las importaciones de vehículos cuyo año de fabricación corresponde a 1948 y años anteriores, dado el especial interés histórico que su restauración representa.

De acuerdo con la definición de autoridades internacionales plasmado en el Acuerdo 186 de 1972 del Instituto Nacional de Transporte, el término antiguo corresponde a aquellos vehículos que tengan más de 25 años de haber sido fabricados y conserven las especificaciones de fábrica, en tanto los clásicos son los modelos especiales fabricados entre los años 1925 y 1948, que corresponden a una serie única o especial, según las condiciones que internacionalmente han sido establecidas para esta categoría "

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (2 Kb)  
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com