ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Juicio Oral Mercantil PROTOCOLO JUICIO ORAL MERCANTIL


Enviado por   •  19 de Febrero de 2018  •  Tareas  •  4.267 Palabras (18 Páginas)  •  466 Visitas

Página 1 de 18

PROTOCOLO JUICIO ORAL MERCANTIL

AUDIENCIA PRELIMINAR

(Inicia Secretaria del Juzgado)

SECRETARIA: Iniciamos grabación. Buenos días en la ciudad Judicial del estado de Puebla, Puebla, siendo las once horas del día seis de septiembre del año dos mil diecisiete, el de la voz Licenciado GAUDENCIO MELCHOR GONZÁLEZ, Secretario de Acuerdos Adscrito al Juzgado Segundo de lo Civil en esta ciudad de Puebla, Puebla, hago constar que nos encontramos constituidos en esta Sala de oralidad del HTSJ, a fin de llevar a cabo la AUDIENCIA PRELIMINAR dentro del expediente 0041/2017, relativo al juicio oral mercantil promovido por LILIANA COHETERO MONTOR endosataria en procuración del señor GÓNZALO TRESS PETRILLI representante legal de la empresa denominada AUTOMOTRIZ DEL PAPALOAPAN S.A. DE C.V., en contra del señor CECILIO JUÁREZ MOJICA, como deudor principal y al ciudadano CECILIO JUÁREZ GUTIÉRREZ, en su caracter de aval (deudor solidario).

Preside la presente audiencia el Licenciado NOÉ GÓMEZ RÍOS, Juez Segundo Civil de este Distrito Judicial de Puebla, Puebla.

Se pide a los intervenientes así como al público asistente, apaguen sus teléfonos celulares y cualquier otro equipo electrónico que pueda interferir con la grabación de esta audiencia, solicitándoles guarden el debido respeto y silencio durante el desarrollo de la misma, se les comunica que queda prohibida su reproducción total o parcial sino es con permiso de su señoría, en específico a los interesados se les hace saber que cuando deseen intervenir levanten la mano para que se les conceda su turno, solicitándoles se pongan de pie para recibir al Ciudadano Juez.

JUEZ.- Tomen asiento. En el lugar, fecha y hora mencionados por el Secretario, SE DECLARA LA APERTURA DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR ordenada en proveído de ________________________.

Secretario, proceda a identificar a los intervenientes y a protestarlos en términos del artículo 1390 bis 26 párrafo tercero del Código de Comercio, (proyectando sus identificaciones en pantalla) y recabando copia simple de las mismas para agregarlas en autos.

SECRETARIO.- Señor Juez, le hago saber que se encuentran presentes en esta sala la parte actora LILIANA COHETERO MONTOR quien se identifica con credencial de elector expedida por el Instituto Federal Electoral con número de folio: 1472589631474, asimismo se encuentran presentes los demandados CECILIO JUÁREZ MOJICA y CECILIO JUÁREZ GUTIÉRREZ, quienes se identifican con credenciales de elector expedidas por el Instituto Federal Electoral con números de folio: 132645978964 y 3789452136549, mismas que contienen sus firmas, huellas digitales, y fotografías que coinciden con sus rasgos fisonómicos.

Le hago saber a los comparecientes que sus identificaciones se les devolverán al final de la diligencia, previa copia certificada que quede agregada en autos.

Asimismo le hago saber C. Juez que la parte actora se encuentra asistida por la Licenciada en Derecho VERONICA COHETERO MONTOR con número de Cédula Profesional 4017482  expedida por la Secretaria de Educación Pública; y la parte demandada se encuentra asistida por el Licenciado en Derecho ÁLVARO ALEGRÍA OSEGUERA con número de Cédula Profesional 1973564 expedida por la Secretaria de Educación Pública.

Enseguida, procedo a tomar protesta de ley a los intervinientes para que se conduzcan con verdad y guarden el debido respeto en esta audiencia, haciéndoles saber que quedan apercibidos que de no hacerlo así se harán acreedores a una pena privativa de libertad de dos meses a dos años de prisión y multa de diez a cien días de salario mínimo vigente como lo prevé el artículo 254 del Código Penal en el Estado, así como también se les informa que se podrá ejercer en su contra el poder del mando de la fuerza pública e imponer indistintamente cualquiera de las medidas de apremio señaladas en el artículo 1067 bis del código de comercio, en relación con el diverso 1390 bis 23 del citado ordenamiento legal.

SECRETARIO.- Abogado de la parte actora: ¿Protesta conducirse con verdad?

ABOGADO PARTE ACTORA.- Sí protesto.

SECRETARIO.- Personas autorizadas en términos del tercer párrafo del artículo 1069 del Código de Comercio: ¿Protestan conducirse con verdad?

PARTE ACTORA.- AUTORIZADAS, sí protestamos.

SECRETARIO.- Parte demandada ¿Protesta conducirse con verdad?

PARTE DEMANDADA.- Sí, protesto.

SECRETARIO.- Abogado de la parte demandada ¿Protesta conducirse con verdad?

ABOGADO PARTE DEMANDADA.- Sí, protesto.

SECRETARIO.- Señor Juez los comparecientes han quedado debidamente identificados y protestados.

JUEZ.- Con fundamento en el artículo 1390 bis 38 del Código de Comercio, atendiendo a mi facultad de dirección procesal y los principios rectores del procedimiento, se procede al desahogo de la fase depuración del procedimiento.

Por tanto, analizando lo correspondiente a la LEGITIMACIÓN DE LAS PARTES, debemos decir que el expediente se advierte que la parte actora comparece a juicio por su propio derecho, encontrándose por ello con capacidad procesal para ejercer los actos que a su interés convenga.

Por lo que hace a la parte demandada, del escrito de contestación a la demanda se desprende que comparece a juicio por su propio derecho, encontrándose por ello con capacidad procesal para ejercer los actos que a su interés convenga.

Ahora, toda vez que no hay excepciones procesales respecto de las que este juzgador se tenga que pronunciar, se cierra esta fase, y se precluyen los derechos no ejercitados por las partes.

A continuación se procede a abrir la fase de conciliación y/o mediación.

CONCILIACIÓN y/o MEDIACIÓN

Bien, esta fase busca que ustedes solucionen su conflicto a través de un convenio, que les sería útil y benéfico, y que tendría la fuerza de sentencia ejecutoriada, además para que se encuentren en libertad de convenir, les informo que los antecedentes sobre la proposición, discusión, aceptación o rechazo de las propuestas que se efectuén en este momento, no las podrán invocar en ninguna fase procesal posterior, ni se hará mención.

JUEZ.- Enterados de lo anterior, les pregunto: ¿Existe la posibilidad de que lleguen a un arreglo? ¿Tiene alguna propuesta?

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (26.8 Kb)   pdf (148.3 Kb)   docx (27.3 Kb)  
Leer 17 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com