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LA PRODUCTIVIDAD LABORAL


Enviado por   •  5 de Octubre de 2011  •  2.644 Palabras (11 Páginas)  •  3.318 Visitas

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DEFINICIÓN DE PRODUCTIVIDAD

El resultado de un sistema inteligente que permite a las personas en un centro de trabajo, optimizar la aportación de todos los recursos materiales, financieros y tecnológicos que concurren en la empresa, para producir bienes y/o servicios con el fin de promover la competitividad de la economía nacional, mejorar la sustentabilidad de la empresa, así como de mantener y ampliar la planta productiva nacional e incrementar los ingresos de los trabajadores.

CONSIDERANDO:

• Que para generar en el país un mayor número de empleos estables y mejor remunerados es necesario consensuar un esfuerzo entre los factores de la producción para mejorar la productividad y en lo particular la productividad laboral.

• Que los esfuerzos por mejorar en esta materia, implican avanzar sistemáticamente hacia una cultura para impulsar una mayor productividad laboral.

• Que los valores fundamentales de las relaciones laborales entre los factores de la producción deben regirse a través del mantenimiento y, en su caso, ampliación y mejora de la planta productiva, la importancia y los beneficios de la formalidad del empleo, así como la previsión social universal para los trabajadores, que permitan transformar la cultura del trabajo hacia la productividad.

• Que para el caso de un esquema de retribución convenido entre trabajadores y patrones, la productividad debe entenderse como el resultado del desempeño individual y/o de equipo de los trabajadores, adicional al que normalmente llevan a cabo, con los elementos disponibles en la empresa deduciendo de ello los costos que provoquen los cambios tecnológicos y el número de personal empleado, así como el aumento de la inversión productiva;

• Que existen causas de fuerza mayor o caso fortuito que pueden afectar la productividad, como sería la caída del mercado y la variabilidad en la paridad cambiaria, entre otros, circunstancias que pueden incidir en los resultados obtenidos y, por ende, en el reparto de los beneficios exigibles, por lo cual todo esquema de productividad debe tener como base el principio de corresponsabilidad de las partes;

• Que un esquema de productividad debe procurar siempre obtener resultados que beneficien a los trabajadores, a las empresas y a la sociedad; no obstante, debe quedar abierta la posibilidad de modificar, suspender o dar por terminadas las condiciones originalmente pactadas, cuando ocurran circunstancias que así lo ameriten, considerando valores superiores como el empleo y la subsistencia misma de la empresa;

• Que el incremento de la productividad laboral se traduce en mayor competitividad de las empresas y la economía nacional, así como en la conservación y creación de empleos y, como consecuencia, en bienestar de los trabajadores y las familias mexicanas, y

• Que los trabajadores, los sindicatos y los patrones están de acuerdo en que la capacitación de los trabajadores, es una inversión y no una carga, que aunada a la mejora de las condiciones de seguridad y previsión social, entre otros elementos, fortalece el trabajo decente e incrementa la productividad,

• Que a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social le corresponde, entre otros asuntos, procurar el equilibrio entre los factores de la producción, y promover el incremento de la productividad del trabajo, en términos del artículo 40, fracciones II y V de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

Por lo tanto y para los efectos de este acuerdo, los sectores productivos establecen que la definición de productividad es:

El resultado de un sistema inteligente que permite a las personas en un centro de trabajo, optimizar la aportación de todos los recursos materiales, financieros y tecnológicos que concurren en la empresa, para producir bienes y/o servicios con el fin de promover la competitividad de la economía nacional, mejorar la sustentabilidad de la empresa, así como de mantener y ampliar la planta productiva nacional e incrementar los ingresos de los trabajadores.

Por lo anterior los sectores productivos y la STPS han resuelto suscribir el siguiente:

Acuerdo para promover esquemas de productividad en beneficio de los trabajadores, las empresas y la economía nacional.

PRIMERO (Voluntad de las partes).- El gobierno federal, los trabajadores y los patrones, se comprometen a promover esquemas para la mejora de la productividad, que permitan generar un valor adicional para la empresa y un beneficio económico para los trabajadores, el cual será repartido en forma proporcional y equitativa, de acuerdo a sus aportaciones.

SEGUNDO (Metodología para la medición y diagnóstico) .- Los trabajadores y los patrones acordarán un método de medición de la productividad con indicadores claros para diagnosticar y determinar las áreas factibles de mejora.

TERCERO (Capacitación) Empresarios y trabajadores emprenderán un esfuerzo para incrementar la capacitación adecuada y acorde a las nuevas exigencias científicas y técnicas de la competitividad.

CUARTO (Generación Adicional de valor y Reparto de beneficios).- El esquema de productividad deberá permitir el reparto proporcional entre la empresa y los trabajadores, respecto de los beneficios económicos que se produzcan, y considerar el resultado del desempeño individual y/o de equipo que exceda los estándares mínimos y metas fijados conjuntamente entre el patrón, sindicato y/o trabajadores. Los reconocimientos por los logros obtenidos podrán ser de carácter económico o en especie, y su otorgamiento estará sujeto a la variabilidad de los resultados obtenidos.

QUINTO (Calidad, Mejora Continua e Innovación tecnológica).- Los esquemas de productividad se revisarán periódicamente para adecuarse a los factores internos y externos de la empresa, particularmente, los relacionados con la maquinaria y tecnología utilizada, el número de trabajadores que participen en el proceso, y las necesidades cambiantes del mercado en que la empresa participe.

SEXTO (Comunicación y Congruencia).- Los esquemas de productividad no serán rígidos y deberán adecuarse a las circunstancias y necesidades de cada empresa, así como procurar pactar en forma clara y por escrito, los procedimientos de su aplicación, de tal manera que se asegure una efectiva comunicación entre el patrón, sindicato y/o trabajadores.

SEPTIMO (Respeto a los derechos de los trabajadores).- El patrón, sindicato y/o trabajadores, están de acuerdo en que en ningún caso y por ningún motivo, los acuerdos alcanzados y los resultados obtenidos en virtud del presente instrumento, podrán afectar los derechos individuales y colectivos

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