LOS DERECHOS HUMANOS: SU RESTRICCIÓN EN EL NEOLIBERALISMO MEXICANO.
misakikuran21Documentos de Investigación26 de Noviembre de 2015
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LOS DERECHOS HUMANOS: SU RESTRICCIÓN EN EL NEOLIBERALISMO MEXICANO.
Lizbeth Xóchitl PADILLA SANABRIA[1]
SUMARIO: I. Nota introductoria. II. El neoliberalismo y la reducción del Estado. III. Los derechos humanos y los derechos fundamentales en el sistema legal mexicano neoliberal. IV. Conclusión. V. Bibliografía.
- Nota introductoria.
Hablar del discurso de derechos humanos no es simple, es menester revisar cuál es su función operativa en la dinámica social en la que se pretenden aplicar. En este sentido, se cometería un grave error episteomológico si se pretende explicarlos desde épocas que ya han sido superadas socialmente.
Por ende, la aplicación de los derechos humanos debe seguir la lógica de un sistema neoliberal globalizador, en el cual México está incluido, y en tal virtud, éstos se construyen desde la perspectiva internacional.
Si consideramos que Imannuel Wallerstein nos indica que el fin último del sistema es la acumulación incesante de capital,[2] los derechos humanos deben seguir esa línea, y en ese sentido se observarían y aplicarían hacia los sujetos cuando éstos sean funcionales a ese fin.
En virtud de lo anterior, México se comprometió internacionalmente a realizar la reforma en materia de derechos humanos, la cual se materializó el 10 de junio del 2011.
- El neoliberalismo y la reducción del Estado.
Conceptualizar la palabra “neoliberalismo” no es fácil, se requieren elementos clave para su formulación y entendimiento. Consideramos que los básicos son: el libre mercado, la privatización, el recorte al gasto público, la no intervención del estado en la economía, el debilitamiento estatal, el control y prevención de riesgos globales y locales en el mercado financiero, el endurecimiento de las políticas criminales en materia de derecho penal del enemigo para los disidentes y el desconocimiento de determinados derechos para los sujetos sociales. Nos encontraríamos en un error epistemológico si pretendiéramos definirlo únicamente con principios de corte económico, ya que el sistema social se dirige conforme a su dinámica.
En esa tesitura, y de acuerdo con la trinidad del neoliberalismo que señala Naomi Klein en la doctrina del shock: privatización, recorte al gasto público y desestatización,[3] intentaremos explicar la causa de la dinámica social actual.
Es así como al privatizar áreas en las que el Estado tenía la obligación de proporcionar servicios públicos para los sujetos sociales de forma gratuita, los consecuentes se otorgarán sólo a cambio de determinado pago. Sin embargo, dicho pago no recae en la economía estatal, sino particular; esto trae como consecuencia que económicamente el Estado se debilite y se encuentre impedido para hacer frente a la necesidades y exigencias sociales de todo tipo, lo cual es directamente proporcional al enriquecimiento del sector privado.
No obstante, las consecuencias sociales son fatales ya que en términos económicos, laborales, educativos y, en general, sociales para los individuos, se recortan las oportunidades y por ende, el acceso a los servicios que antes eran públicos disminuye.
De esta manera los sujetos sociales se organizan con el fin de sobrevivir ante tal mecánica del sistema neoliberal, creando sistemas económicos no legales paralelos a los legales. Por tal motivo, el Estado se convierte en represor y aplicador de la norma jurídica conformada por el sistema para tratar de mantener su hegemonía.
Ante tal lógica, podemos indicar que las normas jurídicas que emite el sistema neoliberal van dirigidas a la protección de la privatización y a la neutralización de los disidentes. Por tanto, la criminalización del disidente y los derechos humanos son funcionales a su dinámica.
Es importante conceptualizar y analizar al neoliberalismo, para ello Carlos E. Martínez Guerra nos indica que es:
Una política que promueve una liberalización de la economía limitando la intervención del Estado identificada a veces con la posición del laissez faire (expresión francesa que literalmente significa “dejar hacer”) hacia los asuntos económicos en los que puede actuar para ayudar a que la economía de mercado trabaje de una manera más eficiente. Esto puede incluir la privatización o la desregulación.[4]
Sin embargo, no es prudente analizar al neoliberalismo sólo desde la perspectiva del mercado, pues las consecuencias sociales del mismo conllevan al sistema a crear normas jurídicas de contención, incluidos a los Derechos Humanos.
Martos García Amador atribuye la dinámica neoliberal a la hegemonía de los Estados Unidos de América en el mundo, por lo que realiza un análisis entre los factores de control financiero y militar, que según él son los más importantes:
Es una evidencia que la hegemonía mundial de los EE. UU. está amparada en el intervencionismo militar a nivel mundial, una verdadera supremacía usurpada mediante la violencia y la fuerza. Esta hegemonía militar, como el propio Chomsky ha aludido anteriormente, es la piedra angular que sustenta todavía a los EE.UU. en primera potencia mundial, no solamente como un imperialismo económico, sino como un imperialismo militar dictatorial, que además, ha utilizado la droga como herramienta geopolítica del imperio.[5]
Es así como el derecho a interferir se ha convertido en un mecanismo de autorreproducción del sistema neoliberal, en el cual los países hegemónicos como Estados Unidos de América crean discursos, en nombre de los “derechos humanos” para alinear a los demás a seguir sus políticas económicas materializadas en ordenamientos jurídicos locales. Wallerstein en su obra el Universalismo Europeo, cita a Bernard Kouchner para indicar que el discurso de los derechos humanos justifica la intervención militar humanitaria hacia todos aquellos estados que no sigan las políticas “democráticas” de la comunidad internacional hegemónica.[6]
Este intervencionismo humanitario militar Ulrich Beck lo explica desde el ámbito del riesgo y la globalización, indicando que este último concepto es uno de los factores cruciales para entender al neoliberalismo, pues permite que el Estado se debilite, provocando crisis sociales devastadoras como consecuencia de la movilidad económica a manos privadas.
La globalización implica el debilitamiento de las estructuras estatales, de la autonomía y del poder del estado. Esto tiene un resultado paradójico. Por un lado, son precisamente los colapsos del estado los que han producido la mayoría de los conflictos humanos realmente graves ocurridos en los años noventa, sea en Somalia, África Oriental, Yugoslavia, Albania o la antigua Unión Soviética; por otro lado, la idea de una “responsabilidad global” implica como mínimo la posibilidad de un nuevo humanismo militar occidental: imponer los derechos humanos en todo el mundo.[7]
Este debilitamiento estatal es consecuencia de la privatización de las áreas estratégicas del Estado, pues algunos de los servicios que antes eran públicos y gratuitos para los sujetos sociales, ahora son onerosos pues tienen que pagarlo. La paradoja consiste en que el capital no va para el Estado, sino para aquellos que invirtieron en la privatización.
Naomi Klein en su obra la doctrina del Shock, al analizar el plan económico chileno en 1973, a propósito del golpe de estado en contra del gobierno de Salvador Allende, señala a la perfección los puntos básicos para entender al neoliberalismo: “Las propuestas que aparecen en ese documento final se parecen asombrosamente a las que Milton Friedman en Capitalismo y Libertad: Privatización, desregulación y recorte al gasto social; la santísima trinidad del libre mercado.”[8]
Por su parte el mentor de Friedman y gurú de Margaret Tatcher, Friedrich Hayek, indicaba con respecto a la competencia económica y las normas jurídicas:
Un eficaz sistema de competencia necesita, tanto como cualquier otro, una estructura legal inteligentemente trazada y ajustada continuamente. Sólo el requisito más esencial para su buen funcionamiento, la prevención del fraude y el abuso (incluida en éste la explotación de la ignorancia), proporciona un gran objetivo –nunca, sin embargo, plenamente realizado—para la actividad legisladora.[9]
Por lo que dada la anterior argumentación, nos permitimos indicar que el neoliberalismo es la eficiencia del sistema social que da prioridad a la acumulación incesante de capital, con base en la privatización y el debilitamiento del Estado, a costa del empobrecimiento de las esferas sociales disidentes y excluidas, en la cual el capital se concentra en aquellos que permiten su permanencia a través de la creación de políticas económicas de libre mercado respaldadas por el derecho.
Y en virtud de que el derecho es sistémico con la dinámica económica del libre mercado, el primero procurará que la segunda se mantenga y se reproduzca; por tanto, los Derechos Humanos deberán seguir esa misma lógica.
III. Los derechos humanos y los derechos fundamentales en el sistema legal mexicano neoliberal.
Debemos señalar la diferencia entre los conceptos de derechos humanos y derechos fundamentales, toda vez que lo consideramos necesario para vislumbrar la operatividad de ambos en el sistema legal mexicano.
En el análisis sobre este tema que realiza Miguel Carbonell cita a Antonio E. Pérez Luño, el cual nos indica al respecto:
En los usos lingüísticos jurídicos, políticos e incluso comunes de nuestro tiempo, el término “derechos humanos” aparece como un concepto de contornos más amplios e imprecisos que la noción de los “derechos fundamentales”. Los derechos humanos suelen venir entendidos como un conjunto de facultades e instituciones que, en cada momento histórico, concretan las exigencias de la dignidad, la libertad y la igualdad humanas, las cuales deben ser reconocidas positivamente por los ordenamientos jurídicos a nivel nacional e internacional. En tanto que la noción de los derechos fundamentales se tiende a aludir a aquellos derechos humanos garantizados por el ordenamiento jurídico positivo, en la mayor parte de los casos en su normativa constitucional, y que suelen gozar de una tutela reforzada.
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