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LOS SUJETOS DE DERECHOS Sujetos de derechos en general


Enviado por   •  2 de Marzo de 2018  •  Apuntes  •  593 Palabras (3 Páginas)  •  76 Visitas

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CAPÍTULO I

LOS SUJETOS DE DERECHOS

Sujetos de derechos en general.

“Hominum causa omne ius constitutum est” El derecho está constituido para los hombres.
Según la terminología moderna, persona se le denomina al titular de derechos y de obligaciones jurídicas. La persona es el hombre o un ente inmaterial abstracto, que lo hace sujeto a las relaciones patrimoniales, sea dicho, se le considera un individuo.

En derecho romano clásico, persona equivale a hombre, incluso esclavo; y porque como esclavo el hombre no puede ser titular de derechos y obligaciones, esta palabra no tiene en la actualidad más que un significado técnico. Más allá de eso, abarca los entes inmateriales, hoy llamados personas jurídicas o morales, en oposición a las personas físicas. De ellas trataremos al final del presente capítulo.

El individuo es llamado también caput, o cabeza, pero siempre y, por consiguiente, le da su personalidad, la “capitis deminutio” deriva siempre en pérdida o diminuigación de la misma, por ejemplo: Es llamado caput liberum (individuo libre) y el esclavo caput servile (individuo de servicio)

Se llama capacidad jurídica a la aptitud del sujeto para ser titular de derechos y de obligaciones jurídicas. Se deriva de la capacidad para ejercer los propios derechos, que siempre se presupone.

En derecho romano faltan términos generales para indicar una u otra.

La capacidad jurídica, en relación con los derechos patrimoniales, se llama “commercium” de acuerdo con lo establecido en el artículo.

La capacidad de contraer un matrimonio válido, según el ius civile. se llama “connubium uxoris iure ducendae” (matrimonio), generando facultades en materia de sucesión hereditaria, hablamos de “testamenti factio” y los términos “capax” y capacitaciones jamás tuvieron el valor general adquirido en el lenguaje jurídico moderno. En el dominio del derecho público, el “ius suffragii” es el derecho de voto en los comicios romanos; y el “ius honorum”, el derecho de aspirar a las magistraturas romanas. Con el término “status” se quiere significar la situación de un individuo respectivamente, a un conjunto de relaciones. Al contrario que generalmente se da en el derecho privado actual, en que el individuo se encara como sujeto a la autonomía independiente de cualquier vinculación con las comunidades sociales, en el derecho romano la personalidad deriva de la “posi” (status) que ocupa el individuo dentro de los diferentes grupos a que pertenece. En cuanto a la capacidad jurídica hay presupuestos tales como: “status libertatis”, “status civilitatis”, “status familiae”.

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