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Nociones generales e introductorias al sujeto de derecho


Enviado por   •  6 de Marzo de 2019  •  Informes  •  1.817 Palabras (8 Páginas)  •  294 Visitas

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NOCIONES GENERALES E INTRODUCTORIAS AL SUJETO DE DERECHO

Yannibeth Bravo

Nociones generales e introductorias al estudio del Sujeto de Derecho

El Derecho tiene su origen en Roma en el año 753 a.C. y se extiende hasta mediados del siglo VI d.C. con la muerte del emperador Justiniano. El Derecho Romano son el conjunto de normas que rigen el Imperio Romano, y representan en líneas generales, la base del ordenamiento jurídico actual. Esta disciplina tiene carácter internacional y es estudiado en varios idiomas, principalmente en italiano, alemán y en español, siendo las sedes para su estudio las facultades de Derecho existentes.

Al definir el Derecho Romano, es importante tomar en cuenta sus principios fundamentales, que aunque no permanecen estáticos a lo largo de la historia, nos muestra como fue el Derecho en Roma, cuáles fueron sus fundamentos, como se aplicó, en que se basó y como se originó el sistema Jurídico actual. Es importante destacar que el Derecho Romano se desarrolla en el idioma latín, todas las leyes están en ese idioma y luego de la caída del Imperio Romano, sus conquistadores se ven en la obligación de estudiarlo, para poder entender las leyes que lo rigen, de allí deriva la importancia actual para los abogados del estudio de esta lengua que aunque muerta, sigue vigente en el ordenamiento jurídico actual.

Para entender el Derecho Romano, se debe estudiar las ideas que dan su origen. En Roma existen dos tipos de leyes, las impuestas por el hombre, las cuales se denominan IUS y las impuestas por los dioses, FAS. Ambas son aplicadas y cumplidas por los ciudadanos Romanos, ya que, tienen el mismo orden jerárquico, aunque son totalmente independientes una de la otra.

La palabra IUS se utiliza para definir al Derecho, estas son las leyes impuestas por los humanos, representan lo licito, lo establecido, lo que es correcto. Por otro lado, Fas: que representa la ley divina, lo que los dioses permiten a los hombres.

El Derecho Romano establece tres (3) principios fundamentales: (escritos por Ulpiano); Iuris preacepta sunt haec:

o Honeste Vivere – Vivir Honestamente

o Alterum non laedere – No dañar al otro

o Suum cuique trubuere – Dar a cada uno lo suyo.

Ulpiano (el más grande jurisconsulto de la historia del Derecho) también define a la Justicia como: “Iustitia est constans et perpetua voluntas ius suum cuique tribuendi” La justicia es la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno su derecho, y estos no son más que los principios del Derecho Romano citados en el párrafo anterior. Se considera que las leyes son creadas para salvaguardar las costumbres de los ciudadanos, además de establecer reglas que permite la sana convivencia, vivir en armonía y evitar la anarquía.

La Justicia está compuesta por una serie de reglas o normas y a su vez por una serie de sanciones y castigos, aplicables para quienes no respeten las leyes y cometan delitos, siendo estos necesarios para llevar de manera armónica la convivencia dentro de la sociedad, Ya que, estas garantizan el bien común entre los ciudadanos.

Etimológicamente hablando la palabra Derecho proviene del Latín DIRECTUS, que significa lo recto, lo rígido, lo que está conforme a la regla. El Derecho nace de la necesidad de la sociedad de establecer un orden, mediante la implementación de normas y leyes que permiten a los ciudadanos desarrollarse y convivir de manera armónica, y a su vez de sanciones o castigos, en el caso que se incumplan esas leyes.

El derecho puede ser objetivo y subjetivo. El derecho objetivo es una serie de normas de conducta que nos imponen derechos y obligaciones jurídicas, mientras que el derecho subjetivo; es la facultad que tiene la persona de defender sus intereses.

El derecho objetivo se divide a su vez en:

o Derecho natural: es el dictado por la misma conciencia del hombre.

o Derecho Positivo: son las dictadas por el legislador.

Ahora bien el derecho se divide en dos (2) grandes ramas: el Derecho Público y el Derecho Privado. Existen 3 teorías que las explican:

1. Teoría del interés: esta contempla que, Derecho referido a la utilidad Pública es Público, Derecho referido a la utilidad Privada es Privado.

2. Teoría basada en la calidad de las personas que intervienen en la relación jurídica: las normas que regulan las relaciones jurídicas con el Estado, son de Derecho Público y las normas que regulan las relaciones jurídicas entre particulares son de Derecho Privado.

3. Teoría de la naturaleza de la relación jurídica regida por la norma: esta establece que cuando el sujeto es el Estado, puede tener carácter Público y Privado.

Luego del estudio de estas teorías, se puede concluir que el Derecho Público: es la rama del Derecho que regula las relaciones de las personas y las entidades privadas, con los organismos del poder público cuando actúan ejerciendo sus legítimas funciones y el Derecho Privado: es la rama del Derecho que regula las relaciones entre particulares. También puede regular las relaciones entre particulares y Estado siempre que el Estado actué como particular.

Pero antes es importante determinar de qué manera actúa el sujeto dentro de la relación Jurídica, ya que, este determina la ubicación del Derecho, es decir, si el sujeto es pasivo: es a quien le recae el deber u obligación, por el contrario si el sujeto es activo, es quien exige al otro el cumplimiento del deber.

En Roma, a los ciudadanos romanos se les

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