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La Sociedad Y El Derecho


Enviado por   •  11 de Febrero de 2013  •  1.834 Palabras (8 Páginas)  •  511 Visitas

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1. Papel del derecho en la vida social!

La relación que existe entre el Derecho y la vida social es tan estrecha y permanente que debe ser reconocida como esencial o natural. Esta estrecha vinculación entre el Derecho y la vida social se realiza en sentido bidireccional y recíproco: el que lleva del Derecho a la vida social y el que conduce de la vida social al Derecho. El Derecho hace siempre referencia a las relaciones sociales que los hombres desarrollan y de igual modo, allí donde existen relaciones sociales está presente el Derecho: ubi societas, ibi ius; ubi ius, ibi societas. El Derecho estará siempre vinculado y supeditado, tanto en su orientación y desarrollo como en su mismo modo de ser y de actuar, a las exigencias de la vida comunitaria. Serán tanto los principios sociales, como las creencias religiosas, las convicciones éticas, los idearios políticos, las costumbres, la actividad y los intereses económicos e incluso los avances científicos y técnicos, los que condicionen al Derecho desde el exterior, determinando el contenido y la orientación de la regulación jurídica. Así, lo que el Derecho propio de cada pueblo es en cada momento, viene determinado por el modo de ser de la sociedad en la ese Derecho actúa. Y, paralelamente, el perfil de la estructura básica de cualquier sociedad es buena medida el resultado de la acción conformadora de su Derecho. La vida social no puede subsistir sin la presencia de diversos códigos de normas de conducta. Ni la sociedad podría existir sin el Derecho, ni éste podría ser entendido fuera del contexto de la vida social.

2. Funciones del Derecho!

Cuando hablamos del derecho, teniéndolo en cuenta como un mecanismo de regulación de la vida en comunidad, podemos advertir que cumple ese papel a través de varias funciones:

Función de resolución de conflictos: Actúa como un dispositivo de prevención, solución y en general, de tratamiento de conflictos. No obstante, no se puede negar que puede llegar a crearlos. Esta función puede manifestarse de varias formas: como función reguladora, función represora, función orientadora.

- Como función reguladora: cuando el derecho acepta y absorbe el conflicto porque las razones del conflicto tienen respaldo en la opinión pública o en el poder político, dando lugar a normas reguladoras. Ejemplo: normas sobre propiedad intelectual, normas protectoras del medio ambiente etc.

- Como función represora: cuando la razón del conflicto no tiene justificación para el poder político. Aquí estarían las normas que estatuyen como delitos, determinadas conductas.

- Como función orientadora: si se canaliza u orienta el conflicto para que pueda resolverse de manera pacífica, por parte de quienes tienen lo intereses enfrentados. Por ejemplo las normas sobre derecho laboral colectivo, las cuales buscan canalizar los conflictos entre trabajadores y empleadores.

No obstante lo anterior, el derecho en ocasiones genera conflictos, se trata de una disfunción. Esto ocurre cuando el derecho no se adecua a las necesidades del sector social o actividad a la que se aplica, o cuando el derecho trata igual, con el mismo rasero relaciones de desigualdad. Son muestra de esta disfunción muchas situaciones que hacen que el derecho sea injusto. Por ejemplo el cobro de un peaje en una vía por la que principalmente transitan campesinos de escasos recursos, lo cual hace muy gravoso el pago en comparación con la rentabilidad de los productos que venden.

Función de ordenamiento social y organización: El Derecho genera un orden social. Modela la vida social a través del establecimiento de parámetros indicativos de lo permitido, lo prohibido y lo obligatorio, de acuerdo a los fines propuestos por el poder político. Se advierte que la instauración de dicho orden social, no implica necesariamente que los beneficios y protecciones que se derivan de su existencia, se extiendan de manera uniforme y equitativa a todos los sujetos del grupo humano vinculado por el derecho. En esta función se inscribe como función específica la de organización, la cual se da en el Derecho moderno en dos ámbitos: -Organización del poder político De esta función se encarga la parte orgánica de la Constitución -organización de la sociedad civil: La cual es menos incisiva y de mucho menor alcance, pues se refiere al campo de los particulares, de la vida privada, o mundo de la vida, es así como el derecho regula las principales instituciones privadas (matrimonio, familia, sindicatos, empresa, organizaciones no gubernamentales) y también las relaciones intersubjetivas entre particulares y las principales instituciones privadas.

Función de legitimación del poder político: Esta función significa que el derecho sirve como justificación del poder, en tanto este se ejerza conforme a los modelos normativos reconocidos por los sujetos obligados como derecho valido. Obra así una identificación entre legitimidad y legalidad. En esta perspectiva el poder es legítimo si se sujeta al derecho.

Función distributiva: El derecho se encarga de repartir ventajas y cargas entre los ciudadanos y los grupos sociales.

Función promocionadora: El derecho también constituye un instrumento para el alentamiento de valores que se estiman como importantes para la sociedad. Esta función es propia del Estado social intervencionista, pues tiene como necesaria implicación una fuerte actividad estatal tendiente a consolidar los derechos sociales de la ciudadanía.

3. Tendencias Del Abogado

En un mundo moderno, competitivo, y en constante cambio, el abogado o abogada del siglo XXI es y debe ser una persona diferente a la formada hace 20 o 30 años atrás, esto porque el mundo se ha transformado, el avance de la tecnología no

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