ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

La sentencia. VICIOS DE LA SENTENCIA


Enviado por   •  22 de Abril de 2017  •  Ensayos  •  1.317 Palabras (6 Páginas)  •  682 Visitas

Página 1 de 6

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL ECUADOR SEDE IBARRA[pic 1]

Nombre: Jefferson Játiva                

Curso: 5to Jurisprudencia “C”

Fecha: 13 de Febrero del 2017

LA SENTENCIA

CONCEPTO

La sentencia en cuanto acto que pone fin a la relación procesal. Como un todo, la relación de conocimiento tiende, en su desenvolvimiento, a la sentencia:  el conocimiento solo sobre la existencia de los presupuestos procesales, conduce a una sentencia que puede ser definitiva, si niega la existencia de los presupuestos o de un presupuesto, o interlocutoria, si afirma la existencia de esos presupuestos.  El conocimiento sobre la cuestión principal o de fondo conduce a la sentencia de fondo.  La sentencia definitiva es el acto mediante el cual el juez da cumplimiento a la obligación que nace para el de la demanda judicial; con la sentencia, consuma su función; que haya resoluciones accesorias que dictar.  El juez no puede ni debe inmiscuirse ya para nada en el pleito:  si la sentencia es impugnable, surgirá con la impugnación una segunda fase de la relación sal, que incluirá a otro tribunal. Sin embargo, a veces.  la sentencia se impugna ante el mismo juez que la ha dictado; pero la facultad el deber de éste de volver a examinar la causa nacen sólo por y con la impugnación. (Chiovenda, 2005)

VICIOS DE LA SENTENCIA

La sentencia, lo mismo cuando resuelve sobre los presupuestos procesales, que cuando dirime la cuestión de fondo, puede ser injusta y puede ser nula.  Es injusta cuando da por existente una voluntad de ley concreta que no existe, o da por inexistente una voluntad de ley que existe.  La injusticia se refiere, por tanto, a la sentencia en cuanto juicio; y puede en consecuencia depender de un error del juez respecto a la cuestión de derecho o respecto a la cuestión de hecho.  El error del juez sobre la cuestión de derecho puede consistir en tener por inexistente una voluntad abstracta que existe, o por existente una norma abstracta que no existe;  o también en entender una norma existente de modo distinto del verdadero; o, en fin.  en considerar aplicable a una relación dada una norma que existe, pero que afecta a otras relaciones, como sucede cuando se aplica una norma general a casos sustraídos a ella. (Chiovenda, 2005)

Puede suceder que una sentencia sea intrínsecamente justa, pero exteriormente no lo sea por ser equivocado el razonamiento del juez; exacta la conclusión, pero equivocadas las premisas.  La injusticia en la cuestión de hecho puede derivarse:  

a)  De la insuficiente demostración del verdadero realizada por la parte, y ello puede depender a su vez de falta de pruebas, imputable o no al contrario;  

b)  De la presencia de elementos de decisión objetivamente falsos;  

c)  De una actividad dolosa de una de las partes en daño de la otra

d)  De dolo del juez;  

e) O, en fin, de la insuficiente valoración del hecho realizada por el juez; y también ésta puede presentar grados distintos, según que el error de hecho resulte de los autos o documentos de la causa, de modo que esté o no incuestionablemente acreditado por que el punto de hecho haya sido o no un punto controvertido sobre el que la sentencia se haya pronunciado. (Chiovenda, 2005)

La nulidad de la sentencia, a su vez afecta a l sentencia como actividad del juez o como acto escrito, según el artículo 112 del Código Orgánico General de Procesos menciona que:

“La sentencia ejecutoriada que pone fin al proceso es nula en los siguientes casos:

1. Por falta de jurisdicción o competencia de la o del juzgador que la dictó, salvo que estas se hayan planteado y resuelto como excepciones previas. 2. Por ilegitimidad de personería de cualquiera de las partes, salvo que esta se haya planteado y resuelto como excepción previa. 3. Por no haberse citado con la demanda a la o el demandado si este no compareció al proceso. 4. Por no haberse notificado a las partes la convocatoria a las audiencias o la sentencia, siempre y cuando la parte no haya comparecido a la respectiva audiencia o no se haya interpuesto recurso alguno a la sentencia.” (Asamblea Nacional del Ecuador , 2015)

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (7.8 Kb)   pdf (128.4 Kb)   docx (22.9 Kb)  
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com