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Las Jurisprudencias


Enviado por   •  1 de Diciembre de 2014  •  1.541 Palabras (7 Páginas)  •  160 Visitas

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GARANTÍA DE IGUALDAD

La igualdad jurídica, es considerada el trato igual en circunstancias iguales, consiste en evitar las distinciones que se hagan por raza, sexo, edad, religión, profesión, posición económica es decir la prohibición de toda decisión o norma legal de carácter discriminatorio por parte de los órganos competentes.

 Art. 1º Goce para todo individuo de las garantías que otorga la constitución.

 Art. 2º Prohibición de la esclavitud.

 Art. 4º Igualdad de derechos sin distinción de sexo.

 Art. 12º Prohibición de títulos nobiliarios.

 Art. 13º Prohibición de fueros.

GARANTÍA DE SEGURIDAD JURÍDICA

La seguridad jurídica es la certeza que debe tener el gobernado de que sus personas familias y posiciones o sus derechos están respetados por la autoridad, y si esta debe producir una afectación en ellos debe ajustarse a los procedimientos que la ley le obliga.

 Art. 14º

 Art. 15º

 Art. 16º

 Art. 17º

 Art. 18°

 Art. 19°

 Art. 20 consagra 10 garantías de seguridad de todo procesado.

 Art. 21°

 Art. 23°

GARANTÍA DE LIBERTAD

Las garantías de libertad tutelan la capacidad jurídica para el actuar libre del hombre que vive dentro de una sociedad, respetando la esfera jurídica en que se encuentre, la cual debe garantizar su ejercicio pleno..

Las garantías de libertad son un conjunto de derechos públicos subjetivos para ejercer sin vulnerar los derechos de otras personas, libertades específicas que las autoridades del Estado deben respetar, y que no pueden tener más restricciones que las expresamente señaladas en la Constitución.

 1° Prohibición de la esclavitud

 2° Autodeterminación de los pueblos indígenas

 3° Libertad de educación

 4° Libertad de procreación

 5° Libertad de trabajo

 6° Libertad de expresión

 7° Libertad de imprenta

 9° Libertad de asociación y de reunión

 10° Libertad de posesión y portación de armas

 11° Libertad de tránsito

 15° Prohibición de extraditar reos políticos

 24° Libertad religiosa

GARANTÍAS SOCIALES

Las garantías sociales son aquellos preceptos constitucionales que regulan los principios procedimientos e instituciones que tienen como objetivo proteger, tutelar y reivindicar a las personas, grupos y sectores de la sociedad mas vulnerables ya sea, social cultural o económicamente teniendo en cuenta criterios de justicia social y bienestar colectivos para lograr su incorporación o acceso al bien común y su convivencia con las demás clases sociales, dentro de un orden jurídico.

 Articulo 3. Se enfoca en materia educativa, propugnando por la laicidad, la Gratuidad y la rectoría del estado en esta área

 Articulo 27. Reconoce la Vulnerabilidad de grupos indígenas en torno a la tenencia de la tierra

 Articulo 123. Establece de manera general los derechos Laborales, el fin de este artículo es dotar de herramientas legales a los Trabajadores para combatir la explotación por parte de los patrones.

JURISPRUDENCIAS.

Se conoce como jurisprudencia al conjunto de las sentencias de los tribunales y a la doctrina que contienen. El término también puede utilizarse para hacer referencia al criterio sobre un problema jurídico que fue establecido por sentencias previas y a la ciencia del derecho en general.

La jurisprudencia es una fuente del derecho, compuesta por los actos pasados de los que ha derivado la creación o modificación de las normas jurídicas. Por eso, en ocasiones, se dice que un cierto caso “ha sentado jurisprudencia” para los tribunales de un país.

Los jueces, en muchos casos, deben fundamentar sus decisiones a partir de un repaso de fallos precedentes. Esto quiere decir que se realiza una revisión de la jurisprudencia.

La importancia que tiene la jurisprudencia dentro del ámbito del Derecho es fundamental. ¿Por qué? Porque gracias a ella se consiguen salvar las imperfecciones que tiene el sistema jurídico mediante la creación de lo que serían contenidos jurídicos para futuros casos que pueden tener un parecido sustancial.

GARANTÍA DE IGUALDAD

Tribunales Colegiados de Circuito Libro XV, Diciembre de 2012, Tomo 2 Pag. 1333 Tesis Aislada(Constitucional)

FEMINICIDIO. LA CREACIÓN DE ESE TIPO ESPECIAL, QUE PREVÉ SANCIONES MÁS SEVERAS RESPECTO DEL DELITO DE HOMICIDIO, NO VIOLA LA GARANTÍA DE IGUALDAD JURÍDICA DEL HOMBRE Y LA MUJER CONSAGRADA EN EL ARTÍCULO4o. CONSTITUCIONAL (LEGISLACIÓN PENAL DEL DISTRITO FEDERAL).

La inclusión del delito de feminicidio, previsto y sancionado en el artículo 148 Bis del Código Penal para el Distrito Federal, obedece a la decisión del Estado mexicano de recoger en su legislación interna, los criterios surgidos con motivo de las resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que le resultan obligatorios (al haber sido parte en las sentencias respectivas, al reconocer

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