Ley De Naturalizacion
luca9714 de Agosto de 2013
812 Palabras (4 Páginas)265 Visitas
CAPÍTULO III
DE LA NACIONALIDAD MEXICANA POR NATURALIZACIÓN
Artículo 19.- El extranjero que pretenda naturalizarse mexicano deberá:
I. Presentar solicitud a la Secretaría en la que manifieste su voluntad de adquirir la nacionalidad
mexicana;
II. Formular las renuncias y protesta a que se refiere el artículo 17 de este ordenamiento;
La Secretaría no podrá exigir que se formulen tales renuncias y protestas sino hasta que se haya
tomado la decisión de otorgar la nacionalidad al solicitante. La carta de naturalización se otorgará una vez
que se compruebe que éstas se han verificado.
III. Probar que sabe hablar español, conoce la historia del país y está integrado a la cultura nacional; y
IV. Acreditar que ha residido en territorio nacional por el plazo que corresponda conforme al artículo 20
de esta Ley.
Para el correcto cumplimiento de los requisitos a que se refiere este artículo, se estará a lo dispuesto
en el reglamento de esta Ley.
Artículo 20.- El extranjero que pretenda naturalizarse mexicano deberá acreditar que ha residido en
territorio nacional cuando menos durante los últimos cinco años inmediatos anteriores a la fecha de su
solicitud, salvo lo dispuesto en las fracciones siguientes:
I. Bastará una residencia de dos años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud cuando el interesado:
a) Sea descendiente en línea recta de un mexicano por nacimiento;
Quedarán exentos de comprobar la residencia que establece la fracción I, aquellos descendientes
en línea recta en segundo grado de un mexicano por nacimiento, siempre que no cuente con otra
nacionalidad al momento de la solicitud; o bien no le sean reconocidos los derechos adquiridos a
partir de su
b) Tenga hijos mexicanos por nacimiento;
c) Sea originario de un país latinoamericano o de la Península Ibérica, oLEY DE NACIONALIDAD
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H.CONGRESO DE LA UNIÓN
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Última Reforma DOF 23-04-2012
5 de 11
d) A juicio de la Secretaría, haya prestado servicios o realizado obras destacadas en materia
cultural, social, científica, técnica, artística, deportiva o empresarial que beneficien a la Nación. En
casos excepcionales, a juicio del Titular del Ejecutivo Federal, no será necesario que el extranjero
acredite la residencia en el territorio nacional a que se refiere esta fracción.
II. La mujer o el varón extranjeros que contraigan matrimonio con varón o mujer mexicanos, deberán
acreditar que han residido y vivido de consuno en el domicilio conyugal establecido en territorio nacional,
durante los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
No será necesario que el domicilio conyugal se establezca en territorio nacional, cuando el cónyuge
mexicano radique en el extranjero por encargo o comisión del Gobierno Mexicano.
En el caso de matrimonios celebrados entre extranjeros, la adquisición de la nacionalidad mexicana
por uno de los cónyuges con posterioridad al matrimonio, permitirá al otro obtener dicha nacionalidad,
siempre que reúna los requisitos que exige esta fracción, y
III. Bastará una residencia de un año inmediato anterior a la solicitud, en el caso de adoptados, así
como de menores descendientes hasta segundo grado, sujetos a la patria potestad de mexicanos.
Si los que ejercen la patria potestad no hubieren solicitado la naturalización de sus adoptados o de los
menores, éstos podrán hacerlo dentro del año siguiente contado a partir de su mayoría de edad, en los
términos de esta fracción.
...