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Ley Resorte


Enviado por   •  9 de Noviembre de 2014  •  1.902 Palabras (8 Páginas)  •  297 Visitas

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Introducción

El análisis realizado a continuación tiene como objetivo el conocimiento del efecto causado por la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos sobre la libertad de expresión, para así entender de mejor manera los limites y permisos que existen en radio, televisión y medios electrónicos venezolanos luego de la aprobación de esta ley, determinando también el acceso que posee el usuario como principal afectado por lo que se difunde en estos ámbitos

Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos

Esta ley está compuesta por 35 artículos divididos entre sí por capítulos específicos en los que se centraliza en plantear las normas y reglamentos que existen alrededor de la difusión de estos medios y las medidas que deben ser tomadas para eso, así como también identifica las sanciones que se obtienen de existir un fallo en las acciones medidas.

Se ha enfocado este análisis a aquellos artículos en los cuales se produce una afección de la libertad de expresión, por esto se ha realizado una evaluación de estos desde un punto de vista objetivo, dicha evaluación arrojo como infractores los siguientes artículos:

Artículo 9:

El articulo numero 9 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos está dirigido a la salud y orden publico donde se generan una serie de prohibiciones referentes a la publicidad y la programación de los medios afectados por esta ley, es de carácter legal la acotación de estos puntos tratados ya que su incumplimiento leva a sanciones indicadas en esta misma ley

Este articulo identifica de carácter nocivo cualquier tipo de publicidad referente a los productos y promociones en los cuales algunos son de gran importancia, pero del mismo modo como estos lo son existen aquellos donde su prohibición no se identifica como necesaria las cuales serian aquellas que pueden ser prohibidas aun después de ser publicadas siendo reprimidas de manera temporal o permanente

También existen estos limitantes para aquellos anuncios que contengan lo que es catalogado como nocivo para adultos, niños y adolescentes, pero esto inhabilita la posibilidad de identificar estos factores como un peligro o un degradante, se encuentran entre estos; armas y estupefacientes entre otros.

Se entiende en el análisis de este articulo identificar aquellos elementos dañinos pero del mismo modo se encuentra en parte necesaria la existencia de esta serie de publicidades ya que mas allá de incitar a cualquier hecho pueden funcionar como difusor de la realidad de estos elementos lo cual le presta al influido la responsabilidad de elegir entre el uso de estos elementos publicitados sin influir de manera directa en su elección

Artículo 10:

Otro artículo también identificado por medio del análisis realizado como no adecuado para la completa existencia de libertad de expresión es el articulo numero 10 de Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos, este articulo está dirigido a la programación emitida por estos medios donde se disminuyen de gran manera las oportunidades existentes de programas con la variedad necesaria y se encuentra reprimida la producción nacional al ser limitada en cuanto a su contenido.

Desde siempre el usuario es responsable de sus gustos en cuanto a programación siendo de su completa responsabilidad la elección de aquello que le atrae sin importarla proveniencia o el contenido era el usuario el que elegía, en este articulo se logra la disminucion de dicha libertad ya que exige y determina todo aquello que debe ser transmitido y el tiempo en el que debe realizarse así como el nivel de exposición de ciertos elementos como los del ámbito sexual ilícito y criminal.

No se quiere decir que sea correcto la difusión de imágenes que sean capaces de influir en la sociedad de manera nociva, solo se identifica la necesidad de libertad de elección en cuanto al contenido publicado y el que el usuario desea recibir, como también la posibilidad de determinar el grado en el que afecta de manera social a cada usuario.

Es tomado desde el punto de vista biopsicosocial de carácter importante la integración de las decisiones de la sociedad sobre aquello que se le difiere, mas no es necesaria la inexistencia de límites en el orden correcto y así lograr incrementar la libertad de expresión dando lugar al necesario abanico de posibilidades que se presenta cuando recibes algún tipo de contenido para de este modo determinar de mejor manera a la sociedad como un orden independiente pero anexado a las situaciones que se explican en el ámbito del entretenimiento y/o información

Finalmente este artículo intenta indicar los horarios y programas que deben ser trasmitidos así como las publicaciones meritorias para el disfrute y beneficio del público.

Artículo 14:

El articulo numero 14 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos queda reflejado la acción que realiza esta ley para de algún modo delimitar los horarios de transmisión correspondientes a la transmisión de programas como nacionales y extranjeros colocando de manera exigida una serie de ordenes sobre el tiempo indicado hacia la programación correspondiente y horas a cumplir diariamente con esta programación así como otros objetivos que rodean estos horarios.

Es de manera necesaria la acotación de que este planteamiento llega a entorpecer el funcionamiento de las instituciones así como deja de lado cualquier contenido no encontrado como valido en este apartado lo cual lejos de reforzar la libertad de expresión la resume en espacios incompletos de contenidos prácticamente indicados y guiados.

Con esto se busca la integración de las producciones nacionales pero se encuentran

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