Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación
3F1C6REnsayo6 de Mayo de 2019
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Introducción
La Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación contempla en la fracción IX del Artículo 3° las disposiciones para el Sistema de Evaluación Educativa y El Instituto Nacional de la Evaluación de la Educación. Considera los fines e integración del Sistema Nacional dela Evaluación, la competencia de cada instancia en este contexto, su organización y funcionamiento a nivel nacional. Las atribuciones del instituto, sistema de gobierno, organización lineamientos, directrices, mecanismos de colaboración y coordinación. De la vigilancia, transparencia y rendición de cuentas. Condiciones laborales y faltas administrativas.
Desarrollo
Capítulo I:
La Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación se organiza en Artículos que abordaré al citar cada uno de ellos con el número correspondiente, y los aspectos relevantes a considerar en este ensayo.
1° a 3° Regula el Sistema Nacional de Evaluación Educativa, y el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, con la observancia de la fracción IX del Artículo 3°.Sus principios independencia, transparencia, objetividad, pertinencia, diversidad e inclusión. Derecho a la Educación
Resguarda la integridad de docentes y estudiantes. Busca de una educación de calidad en el mejor interés del niño.
4° a 7° Autonomía de las universidades, autoridades educativas: Secretaría Educación Pública de la Administración Federal. Autoridades escolares y la calidad del sistema educativo.
8° y 9° El instituto de manera sistemática, obligatoria e integral, considera los contextos demográfico, social y económico de los agentes del Sistema Educativo Nacional.
Capítulo II:
10°a 12° El Sistema Nacional de Evaluación Educativa articula instituciones, procesos, instrumentos que contribuyen a los fines de la Constitución Política para garantizar la calidad en el servicio.
13° Sistema Nacional de Evaluación Educativa: se constituye por: El Instituto; Autoridades Educativas; La Conferencia; procesos y resultados de la evaluación; parámetros e indicadores educativos, lineamientos y las directrices de la evaluación.
14° a 17° La coordinación del Sistema Nacional de Evaluación Educativa diseña y expide los lineamientos generales de evaluación, facilita la elaboración estadística y diagnóstica.
18° a 21° Cuenta con una Conferencia que dirige el presidente honorífico y el secretario de regional, dos veces por año y de manera extraordinaria.
Capítulo III.
22°a 25° El instituto atiende la gestión, presupuestaria y de organización. Cuenta con recursos de la Cámara de Diputados de la federación, así como donaciones, fondos nacionales o internacionales.
26° y 27° Según el Artículo 2 de la Ley, se establece la objetividad, validez y confiabilidad, la periodicidad de criterios, lineamientos y conceptos que establezca en materia de evaluación de la educación.
Diseña, implementa y mantiene actualizado un sistema de indicadores educativos, analizar los alcances e implicaciones de los resultados, encauzar la mejora de la calidad y la equidad.
Diseñar e implementar evaluaciones a grupos regionales, culturales y lingüísticos con discapacidad para promover la investigación.
28° a 51° El Servicio Profesional Docente, expedir lineamientos para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio profesional docente en la educación obligatoria, valida los PPI y EAMI.
52° a 64° El Instituto celebrará los actos jurídicos necesarios con las Autoridades Educativas, ara generar buenas prácticas, transparencia en los procesos en términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Capítulo IV
65°y 66° Es causa de sanción negar información, incumplir lineamientos, revelar
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