Los Derechos De Las Niñas Y Niños De México
josejuandelacruz20 de Agosto de 2012
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IINTRODUCCIÓN 2
DESARROLLO 3
CONCLUCION 16
BIBLIOGRAFÍA 17-19
INTRODUCCIÓN
Este tema es importante porque a los niños se les debe de proteger, educar, y contribuir para su desarrollo en la sociedad y en el caso que los padres no tengan los medios económicos para darle su educación, el Estado está obligado a dar el apoyo necesario, para tal fin México ratifico en el año de 1990 la convención sobre los derechos de los niños. Pero fue hasta el año 2000 cuando se realizo la reforma constitucional al Artículo 4to. De la Constitución en el cual se consagro en su texto lo establecido en el Tratado Internacional.
Pa estas fechas se empezaron a crear diferentes instituciones para la protección de los derechos de los niños y las niñas, entre estas instituciones destacan; la Unidad de Defensa de Menores creada en el año de 1993, a partir del 2001 quedo a cargo de la Secretaría de Seguridad pública, el Comité Nacional de Lactancia en el año de 1995.
Es necesario remarcar el apoyo que están ocupando los niños por la difícil situación que tienen y viven en sus hogares ya que su papá y mamá trabajan o viven solo con la mamá, la cual no le puede dar la atención necesaria por desempeñar la doble función de padre y madre a la vez.
Siendo así una situación difícil para los niños y las niñas ya que en el momento de necesitar de un apoyo familiar, afecto, recreación, convivencia, reconocimiento, pertenencia entre otros; al no tener esto lo van a buscar en la calle, poniendo en riesgo su salud, su seguridad y su desarrollo social, buscando integrarse a el grupo de niños que están en igual situación pero que ya causan problemas en la comunidad, pero son estos quien les van a proporcionar los afectos que papá y mamá no les han podido proporcionar
Los derechos de los niños y las niñas en México son tan importantes como en cualquier parte del mundo, pero solo en algunos países se les da la protección y apoyo suficiente para que puedan lograr el desarrollo físico, emocional, intelectual, para desarrollar sus diversas habilidades, es por eso que a través de las diversas reformas constitucionales en materia de derechos humanos las cuales han sido aprobadas en los dos ámbitos Nacional e Internacional, generando así las grandes expectativas para que el Estado pueda cumplir con este gran compromiso.
DESARROLLO
1.- En los últimos diez años del siglo XX y los primeros diez de este siglo XXI se han caracterizado por ser la época de cambio del modelo de Estado de derecho al nuevo ejemplo de la organización institucional-legal y política denominada Estado Constitucional. (1)
Este cambio se origino, cuando apenas había terminado la segunda guerra mundial y que fue motivo de discusión en el siglo pasado.
México, ha asistido y participado a la construcción y diseño de las instituciones en que los derechos humanos han ocupado un lugar muy importante. (2)
Los instrumentos legales internacionales y las respectivas reformas que cada Estado las suscribe y en las que se ha ampliado el catalogo de los derechos humanos ha generado grandes inquietudes en especial por el origen un tema fuerte de reminiscencias iusnaturalistas. (3)
En este nuevo ejemplo del Estado Constitucional es que en Junio del 2011, se han publicado las reformas constitucionales al juicio de amparo y en materia de derechos humanos, las cuales han sido aprobadas en el ámbito Nacional como Internacional. (4)
A la fecha, se han generado una gran cantidad de expectativas para encontrar la forma de como instrumentará la reforma constitucional para que nuestro país; pueda cumplir con los compromisos adquiridos a nivel internacional como nacional. (5)
Esta instrumentación no solo corresponde al congreso federal si no también les corresponde a los legisladores estatales respecto a las leyes secundarias así mismo le corresponde al Poder Judicial la principal función de velar y hacer que se cumplan dichas leyes. (6)
Es necesario analizar después de esta reforma que constituye un nuevo ejemplo de los derecho humanos en nuestro país, tomando en cuenta que algunos de los derechos han sido reformados en los últimos veinte años y, a su vez es necesario replantear las políticas públicas y los programas que van dirigidos a cada sector vulnerable siendo en este tema; los derechos de los niños y niñas de nuestro país. (7)
2.- Los Derechos de los niños
En el año de 1989 los derechos humanos se ampliaron hacia la protección de los niños y niñas, mediante la Convención sobre los derechos del niño en el año de 1989, teniendo como antecedente la Declaración de los derechos del Niño en el año de 1959. En esta convención se superan las tesis que consideraban a los niños, niñas y, en lo general a toda la infancia.
Haciendo suponer que era una etapa en la que se es un ser humano sin perfección, que con el paso de los años se va transformando en adulto hasta lograr su realización.
Siempre tomando en cuenta el apoyo de la madre y el padre los cuales son los principales que ejercen el poder y la tutela de sus hijos (niños y niñas).
Tomando en cuenta que en esta etapa el niño (niña) carecía de voluntad, libertad y de no poder tomar una decisión para actuar y por lo tanto no podía ser titular de derechos. (8)
El modificar el concepto que se tenía sobre la infancia nos lleva a reconocer que esa libertad es el gran fundamento de los derechos, no solo de las personas adultas, también de los niños y niñas. (9)
Al reconocer que los niños y niñas tienen sus derechos así como sus intereses y estos son tan diferentes a los de las personas adultas, esto nos obliga a garantizar la plena observancia de sus derechos a través de las normas, en la cual se implican deberes a los adultos y al Estado.
Por tal motivo es que la convención se la puede considerar como la carta magna de la infancia y de los adolecentes ya que en ella se expresa el reconocimiento y el gran avance que en el derecho internacional siempre ha existido al respecto de los derechos humanos a favor de los niños. (10)
La Convención sobre los Derechos del Niño se dirige a un sector de la población mundial que históricamente ha estado desprotegido y subordinado; sus principios de universalidad, integridad, indivisibilidad y exigibilidad de los derechos que consagra les da el carácter de inalienables. (11)
Estos principios se expresan a través de derechos fundamentales (12) consagrados en la Convención, (13) los cuales protegen valores tales como el derecho intrínseco a la vida, el interés superior del niño, la libertad en sus múltiples expresiones, la igualdad y los derechos que de ella se derivan, la dignidad y la justicia; así como el reconocimiento de ser titulares de derechos. (14)
Al mismo tiempo que se garantizan sus derechos, se establecen los deberes que tenemos las personas adultas junto con el Estado de hacer realidad esos valores y principios.
Para los fines de este trabajo es de gran importancia analizar cuáles fueron las reformas legales que se realizaron en nuestro país a partir de la ratificación de la Convención sobre los Derechos de los Niños y de las niñas.
3.- Las reformas legales e institucionales sobre los derechos de los niños en México.
Después de que México ratifico en la convención sobre los derechos de los niños en el año de 1990 y se realizó la reforma constitucional al artículo 4to. Agregando a su texto lo establecido en dicha convención; de esta forma fue así que a partir del año 2000 se incrementaron las instituciones públicas de gobierno así como la creación de diferentes programas a nivel Federal como local; fue el estallido de la creación de diferentes leyes con el objetivo de salvaguardar los derechos de los niños y niñas.
Entre estas leyes destacan la ley de los derechos de los niños y las niñas en el Distrito Federal en el año 2000, la ley para la protección de los derechos de los niños, de las niñas y adolecentes esta ley de carácter Federal la cual se publico en el mes de mayo del año 2000.
En los Estados que integran la República Mexicana se crearon Procuradurías para la defensa del menor y a la fecha son más de 30 leyes que han sido reformadas y creadas para la protección de los menores. (15)
En cada Estado del país existen al menos cinco leyes que de forma exclusiva protegen al menor algunas de estas son:
Leyes para la atención y prevención a la violencia familiar, leyes de asistencia social a los niños y niñas, leyes de protección a la familia, leyes para los menores infractores, así como las reformas a los códigos civiles, penales y las respectivas leyes en las que se incorporan los principios consagrados en la convención sobre los derechos de los niños. (16)
Entre los programas de asistencia social destacan la creación del Consejo Nacional para la Infancia y la Adolescencia y el Programa Nacional a Favor de la Infancia en julio de 2000, en materia de salud se crearon entre otros en enero de 1991 el Consejo Nacional de Vacunación (CONAVA), el cual se amplió en 1997 para coordinar y dirigir el Programa de Atención a la Salud del Niño y, en julio de 2001 ya como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud cambió su denominación a Centro Nacional para la Salud de la Infancia y Adolescencia (CENSIA); en 2005 CENSIA adquirió nuevas funciones con el Consejo Nacional para la Prevención y el Tratamiento
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