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MEDIDAS CAUTELARES


Enviado por   •  6 de Junio de 2012  •  3.874 Palabras (16 Páginas)  •  667 Visitas

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¿Qué son las medidas cautelares?

En el proceso penal el Juez puede ordenar medidas con las que trata de

asegurar el correcto desarrollo del proceso, y también que la persona acusada

esté a disposición del Juez el tiempo necesario para investigar el delito. A estas

medidas se las denomina cautelares.

El juez sólo puede adoptar estas medidas si existe algún riesgo o circunstancia

que pueda poner en peligro o frustrar el desarrollo del proceso penal.

En cualquier caso, un abogado podrá ofrecer asesoramiento sobre todas estas

cuestiones a la vista de las peculiaridades que presente cada supuesto

concreto.

Los tipos de medidas cautelares

Las medidas cautelares pueden ser de dos tipos, personales o reales, según

limiten la libertad de la persona, o la disponibilidad sobre sus bienes,

respectivamente.

Las medidas cautelares personales

Con ellas se limita la libertad individual de la persona y son las siguientes:

a. La citación

b. La detención

c. La prisión provisional

d. La libertad provisional

A fin de que puedan adoptarse estas medidas, es necesario que conste la

existencia del delito y de una persona como probable responsable del mismo,

además de una actitud sospechosa en éste y el temor de que, con su conducta,

pueda impedir el desarrollo normal del proceso (por ejemplo, si se esconde o

huye)

Si una vez adoptadas estas medidas, cambian las condiciones que motivaron su

adopción, se podrán modificar o incluso dejar sin efecto.

a. La citación

La citación de la persona inculpada tiene por objeto oír su versión sobre los

hechos de los de se le acusa.

Si el citado no comparece ni justifica la causa que le ha impedido asistir, podrá

ordenarse su detención.

Durante la fase de instrucción del procedimiento, el Juez puede citar a cualquier

persona que crea conveniente por ejemplo, si existen indicios de culpabilidad o

considera necesario su testimonio.

b. La detención

La detención supone privar de libertad a una persona durante un cierto tiempo.

Los motivos que pueden dar lugar a la detención así como las personas que

pueden llevarla a cabo son diversos y se detallan a continuación.

Por su parte señalar que la detención puede producirse antes de la existencia

de un proceso penal, durante el mismo o cuando éste concluya.

¿Quiénes pueden detener y cuándo?

Cualquier persona puede detener:

•A quien intente cometer un delito, en el momento de disponerse a

cometerlo.

•Al delincuente en el momento de estar cometiendo el delito (delincuente in

fraganti)

•Al que ya ha sido procesado o condenado, que se encuentre en situación

de rebeldía (no ha acudido a los llamamientos judiciales)

•Al que se fugue:

o Del establecimiento penal donde esté cumpliendo condena.

o De la cárcel donde esté esperando el traslado hacia el lugar donde

deba cumplir condena o durante el trayecto.

o Estando detenido o preso por una causa pendiente contra él.

Si un particular detiene a otro particular, debe estar en disposición de poder

justificar que ha llevado a cabo la misma porque considera razonablemente que

el detenido se encuentra en alguno de los casos mencionados anteriormente.

Por otro lado, la Autoridad o agente de Policía Judicial, tiene la obligación de

detener:

•A aquella persona que se encuentre en cualquiera de los casos

mencionados en con anterioridad.

•Al que ya haya sido procesado por delito castigado con una pena superior a

prisión menor.

•Al que se le haya señalado pena inferior a aquélla, cuando por los

antecedentes de la persona o por las circunstancias del hecho se considere

que no va a comparecer cuando sea citado por la Autoridad Judicial (salvo

que haya prestado una fianza suficiente que garantice su asistencia)

•En las mismas circunstancias que el caso anterior, al que no haya sido

procesado todavía, si la Autoridad tiene motivos para creer que ha

participado en la comisión de un hecho que presenta las características de

delito.

¿Cuánto puede durar la detención?

El particular, el agente o la Autoridad Judicial que realice la detención, debe

poner en libertad al detenido o entregarle al Juez más próximo al lugar en el

que se haya realizado la detención, dentro de las 24 horas siguientes

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