MODELO DE SOLUCION DE CASOS . CONDUCTA
AquisemueveInforme11 de Octubre de 2018
557 Palabras (3 Páginas)225 Visitas
MODELO DE SOLUCION DE CASOS
CONDUCTA
R y P están limpiando, sobre un pequeño andamio, los cristales de una oficina que se encuentra en el décimo piso. En un momento P se inclina para limpiar la parte inferior de la ventana, pierde el equilibrio, sujetándose instantáneamente al pie de R que cae al vacío. P consigue asirse de una de las barras del andamio salvándose.
La conducta es el primer estrato de la Teoría del Delito.
Desde la corriente dogmática finalista es definida como un hacer humano voluntario y final.
Es voluntario en tanto el que lo realiza dirige él mismo la causalidad hacia un fin determinado. Es decir, quiere realizar el acto.
Los supuestos en que puede afirmarse sin duda alguna que no existe voluntad y, por tanto, conducta, están legislados en el art. 34, incs. 1° y 2°, del C.P.
- Fuerza física irresistible: Son los supuestos en que opera sobre el sujeto una fuerza de tal entidad que lo hace intervenir en el suceso en cuestión como un mero instrumento (masa mecánica).
Esa fuerza puede provenir de la naturaleza o de la acción de un tercero y puede ser interna o externa. Un supuesto de fuerza física interna es el acto reflejo (aquí un estímulo sensorial causa una reacción motora sin intervención de los centros altos del cerebro, que es dónde se lleva a cabo el proceso de formación de la voluntad).
- Involuntabilidad: Son los casos de ausencia absoluta de conciencia o bien de disminución o alteración morbosa de las facultades mentales que impiden al sujeto dirigir sus acciones.
En el caso analizado, vemos que sobre P no intervino fuerza alguna que lo hiciera obrar como mero instrumento ni puede afirmarse que estuviera inconsciente o sufriera una alteración o disminución mental que hubiera eliminado su voluntad.
Se desprende, en cambio, que ante la situación en que se encontraba (se estaba cayendo al vacío) reaccionó sujetándose de lo primero que encontró (el pie de R).
Podría decirse entonces que, percibiendo el riesgo que corría, actuó en él un mecanismo de defensa instintivo o espontáneo para salvar su vida, mecanismo que llevó a que se sujetarse de R para no caer.
Siendo así, nos encontraríamos frente a uno de los supuestos en que no hay acuerdo en la doctrina sobre si existe o no acción pues no resulta clara la concurrencia de voluntad.
La solución del caso dependerá, entonces, de la postura que se adopte a ese respecto.
Si se acepta que basta con una dirección inconciente (conciencia actualizable) del cuerpo para afirmar la presencia de voluntad, puesto que se trata de un movimiento transmitido psíquicamente y dirigido hacia un objetivo, la solución será que hubo conducta por parte de P.
Por el contrario, si se considera que la voluntad que requiere la acción es la que resulta de un desarrollo conciente (conciencia actual, en el sentido de un pensar o reflexionar coetáneamente al despliegue del comportamiento), entonces P no habrá realizado una conducta.
A idéntica solución se arribará si se afirma que los actos de defensa instintivos o espontáneos son en realizada actos reflejos puesto que, como se dijo, son supuestos en los que indudablemente no hay voluntad.
...