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Matrimonio. Deberes, obligaciones y naturaleza jurídica


Enviado por   •  23 de Abril de 2021  •  Resúmenes  •  838 Palabras (4 Páginas)  •  115 Visitas

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Matrimonio

El matrimonio puede definirse como la unión entre dos personas con el objeto de realizar una vida en común, en donde ambos se comprometen a darse respeto y ayuda mutua, en un ambiente de igualdad, que el Estado reconoce a través de un acto solemne y de la cual se derivan derechos y obligaciones. El Código Civil Federal (CCF) en su artículo 146 señala que el matrimonio debe celebrarse ante los funcionarios que establece la ley y con las formalidades que ella exige.

Deberes, obligaciones y naturaleza jurídica

Los cónyuges están obligados a contribuir cada uno por su parte a los fines del matrimonio y económicamente al sostenimiento del hogar, a su alimentación y de sus hijos, así como a la educación de estos, sin perjuicio de distribuirse la carga en la forma y proporción que acuerden, según sus posibilidades, así como a vivir en el domicilio conyugal.

Por otro lado, tienen el derecho a decidir el número y espaciamiento de sus hijos y en materia de alimentos los cónyuges y los hijos tendrán derecho preferente sobre los ingresos y bienes de quien tenga a su cargo el sostenimiento económico de la familia y podrán demandar el aseguramiento de los bienes para hacer efectivos estos derechos.

Respecto a la naturaleza jurídica del matrimonio, el CCF en su artículo 178, señala al matrimonio como un contrato, sin embargo, aun cuando la voluntad de las partes es un elemento importante para que se lleve a cabo, es necesario que exista la sanción por parte del Estado para que el acto sea constitutivo.

En este contexto, se considera adecuado lo aportado por Bonnecase, al señalar que el “matrimonio es una institución jurídica, toda vez que se entiende por ella una serie de reglas de derecho unidas por un fin común a la que se someten los esposos al declarar su voluntad en el acto de celebración”.

Requisitos y formalidades

Para contraer matrimonio se requiere cumplir con una serie de requisitos y formalidades, tales como una edad mínima, siendo para el varón la de 16 años y para la mujer la de 14 años, o tener la dispensa correspondiente; tratándose de menores de edad, contar con la autorización de sus padres, del pariente consanguíneo respectivo, tutor, o si fuese el caso del juez de lo familiar y no tener alguno de los impedimentos previstos en el artículo 156 del CCF. El acto solemne del matrimonio debe llevarse a cabo con las formalidades previstas en el Capítulo VIII, del Título Cuarto “Del Registro Civil”, del Código en comento.

Realidad actual

Ahora bien, resulta importante que las instituciones jurídicas se evolucionen al ritmo de la realidad social, en el caso concreto es necesario que se tomen en consideración los derechos humanos de las personas que desean contraer matrimonio con personas del mismo sexo.

Es necesario señalar, que en la actualidad únicamente 20 entidades federativas de la República Mexicana considera “legal” el matrimonio entre personas del mismo sexo.

Si bien, el Estado debe garantizar a sus gobernados el reconocimiento de todos y cada uno de sus derechos y proporcionar todos los mecanismos de defensa contra la violación a sus derechos fundamentales, no se ha podido llegar a un consenso entre los actores políticos, toda vez que no se ha aceptado ninguna de las dos iniciativas presentadas ante el Congreso de la Unión; la primera presentada directamente por el entonces Presidente de la República, Enrique Peña Nieto, siendo uno de los principales argumentos otorgados para su desechamiento es el considerar que cada una de la entidades federativas tiene la potestad de legislar en materia civil local y una reforma en materia federal puede vulnerar la soberanía de cada una de ellas.

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