Mediciones Ambientales
andreamoereno31 de Mayo de 2012
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Radiaciones ionizantes
Normas específicas de protección contra radiaciones ionizantes. Las normas básicas de protección contra la radiación externa dependen de tres factores:
Limitación del tiempo de exposición. La dosis recibida es directamente proporcional al tiempo de exposición, por lo que, disminuyendo el tiempo, disminuirá la dosis. Una buena planificación y un conocimiento adecuado de las operaciones a realizar permitirán una reducción del tiempo de exposición.
NORMA OBSERVACIONES Y COMENTARIOS
1. Decreto Ley No. 2663 de 1950.
Código Sustantivo del Trabajo Arts. 56, 57, 348 a 352 Código Sustantivo del Trabajo. En su artículo 56 para el empleador se establece la obligación de brindar protección y seguridad al trabajador, dotar al trabajador de lugares y herramientas apropiadas para el desempeño de la labor, así como la obligación de entregarles EPP adecuados (posteriormente regulados y reglamentados en la Ley 9 de 1979 y la Resolución 2400 de 1979).
2. Ley 16 de 1960
Establece la vinculación de Colombia al Organismo Internacional de Energía Atómica –OIEA y aprueba sus estatutos. Este organismo ha recomendado unas Normas Básicas de Seguridad para la Protección contra las Radiaciones Ionizantes y el Uso Seguro de Fuentes de Radiación –NBS, de naturaleza vinculante para Colombia y materia prima de los proyectos ARCAL.
3. Ley 9 de 1979. Por la cual se dictan
Medidas Sanitarias. Articulo 152 y 153. Se establece la competencia para el Ministerio de Protección Social de establecer las condiciones de protección y seguridad para las personas expuestas a radiaciones ionizantes y se establece la necesidad de consultar tal reglamentación al Ministerio de Minas y Energía, Ingeominas.11
4. Ley 657 de 2001. Especialidad médica
de la radiología e imágenes diagnósticas.En sus artículos 10 y 14 Se establecen derechos para los especialistas del área a recibir los EPP,elementos básicos de trabajo, las instalaciones seguras para los especialistas, los operadores de equipos, pacientes y personas potencialmente expuestas; contar con los recursos técnicos y de control necesarios para medir periódicamente las dosis de radiaciónrecibidas. Así mismo se considera que el ejercicio de la especialidad de la radiología e imágenes diagnósticas es una actividad de alto riesgo y en consecuencia se establece que tendrán derecho a un tratamiento laboral especial. Se crea la Asociación Colombiana de Radiología, como organismo consultivo y de vigilancia del cumplimiento de las disposiciones de seguridad y salud en el ejercicio de la especialidad.
5. Decreto 1530 de 1996.
Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 100 de 1993 y el Decreto-Ley 1295 de 1994.Establece en el parágrafo de su artículo 1 que las IPS podrán calcificar la sala de rayos X que usan para diagnostico y otros fines clínicos como un centro de trabajo distinto del resto de la organización, siempre y cuando se cumplan las disposiciones relativas a higiene y seguridad relacionadas con el factor de riesgo.
6. Decreto 070 de 2001.
Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Minas y Energía En su artículo 3 numeral 9, establece como función del Ministerio de minas y energía el: adoptar la política nacional en materia de energía nuclear y gestión de materiales radiactivos, con excepción de los equipos emisores de rayos x. En los numerales 20 y 21 se establece: Regular, controlar y licenciar a nivel nacional todas las operaciones concernientes a las actividades nucleares y radiactivas y Velar por que se cumplan las disposiciones legales y los tratados, acuerdos y convenios internacionales relacionados con el sector minero-energético y sobre seguridad nuclear, protección física, protección radiológica y salvaguardias.
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