Medios De Comunicación Procesal
oliverortvaz18 de Octubre de 2014
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INTRODUCCION
En este tema abordaremos los medios de comunicación procesal , así como también su clasificación de aquí tenemos que los medios de comunicación son la vía o instrumento que une o conecta dos inteligencias ello implica la transmisión de ideas, conceptos, etc. .toda idea, para transmitirse necesita ser expresada, y la expresión no es si no la representación material de los conceptos y las ideas .
Por tanto nos limitaremos hablar de los medios de comunicación que participan en un proceso , que no es mas que una serie de actos de comunicación entre particulares y el órgano jurisdiccional, o bien entre los mismo órganos jurisdiccionales.
Por lo tanto los medios de comunicación procesal son el vinculo, la forma o el procedimiento por el cual se trasmiten ideas ( peticiones ,informaciones, ordenes de acatamiento obligatorio, etc.). Todo esto para la consecución de sus fines
MEDIOS DE COMUNICACIÓN PROCESAL
Han sido diversos o los criterios parar clasificar los medios de comunicación procesal:
Las comunicaciones procesales pueden clasificarse en atención a su origen y a su destinatario, en los siguientes grupos:
Primero; entre tribunales nacionales y autoridades extranjeras ; segundo , entre tribunales y autoridades y funcionarios nacionales , de destino , orden ( legislativo, ejecutivo) tercero; de los tribunales entre si que reviste dos modalidades , según que se produzca dentro de la misma jurisdicción o entre dos jurisdicciones distintas ( ordinaria y una especial o dos de estas de haberlas ); cuarta ; de los tribunales con auxiliares y subordinados de la administración de justicia; quinto; de los tribunales con las partes encargadas y terceros ; sexto : de las partes entre si .
Por su parte, Enrique Aguilera de Paz establece una clasificación tripartita , de los medios de comunicación : En primer término habla de los medios de comunicarse de los jueces y tribunales con los litigantes e interesados ; en este grupo coloca a las notificaciones citaciones, emplazamientos y requerimientos.
En el segundo grupo el de los medios de comunicación de los jueces y tribunales entre si como poderes o autoridades de otro orden y con autoridades judiciales del extranjero , señala suplicatorios , exhortos, cartas, ordenes o despachos, mandamientos, exposiciones, oficios y reales provisionales .
En el estudio del primer grupo de medios de comunicación plantea parar el autor, % cuestiones fundamentales, que son :
1.- Por quien debe de hacerse;
2.-A quien o a quienes deba de practicarse.
3.- En que forman hayan de llevarse a efecto ;
4,. En que lugar han de realizarse
5.- En que tiempo y en que plazo.
Al explicar los segundo y establece que en el suplicatorio es parar cuando el emisor de dirija a un Juez o a un tribunal de superior grado , el exhorto , parra cuando se dirija a uno de igual grado y la carta u orden , parar cuando se dirija a un Juez o tribunal de grado inferior, perteneciente al territorio o demarcación sobre el cual ejerce jurisdicción , el que lo explique .
El mandamiento se dirige a los auxiliares o subalternos judiciales y a la Policía Judicial, al funcionario del que se requiere la prestación de un servicio , como el notario y el registrador de la propiedad .
El Oficio se emplea parar dirigirse a autoridades de menor importancia de menor importancia y la exposición sirve para dirigirse a cuerpos colegisladores o a ministros . el uso de la real provisión, como medio de comunicación, está limitada en ciertos negoción en los cuales exista conexión con la jurisdicción eclesiástica. Por último, la comisión rogatoria que es la comunicación dirigidas a autoridades de países extranjeros.
POR SU EMISOR Y DESTINATARIO
La clasificación más usual y practica de los medios de comunicación procesal se refiere al emisor y al destinatario y al carácter de estos en la relación procesal. tal criterio puede formularse en los términos siguientes :
*Medios de comunicación entre los tribunales
*Medios de comunicación entre los tribunales y otras autoridades
*Medios de comunicación de los tribunales a los particulares(especialmente a las partes )
Deben considerarse también los medios de comunicación entre tribunales de un país con los tribunales y autoridades del extranjero.
Por ser el más usual y el más útil, este criterio de clasificación será motivo de nuestras reflexiones en los próximos capítulos.
*suplicatorio
1:medios de comunicación *carta orden o despacho
De los tribunales entre si *exhortos
2: medios de comunicación *oficio
de los tribunales como otras *exposición
autoridades no judiciales
*notificaciones
Medios de comunicación 3:medios de comunicación *emplazamiento
En cuanto a sus emisores de los tribunales a los *requerimiento
Y destinatarios particulares *citación
4:medios de comunicación *exhorto, carta o
de los tribunales con autoridades comisión rogativa
y tribunales extranjeros
MEDIOS DE COMUNICACIÓN FORMALES Y MATERIALES
Los medios de comunicación formales son aquellos reglamentados y establecidos por la ley, los cuales, con independencia de que la comunicación se realice o no materialmente. En la realidad, se da esta por hecha y suerte sus consecuencias jurídicas procesales. Por ejemplo, la comunicación llevada a cabo mediante la publicación de edictos en los periódicos o también la notificación hecha por medio del boletín judicial en el distrito federal , en ciertos casos quizás no lleguen efectivamente a comunicar a sus destinatarios la resolución respectiva . sin embargo, aunque en la realidad tal comunicación no se haya efectuado, para los efectos procesales se tiene por hecha, en virtud de lo anterior , a tales vehículos de comunicación procesal los calificamos de formales.
Por el contrario, el medio de comunicación material es aquel que independientemente de que este o no reglamentado por la ley, sirve de hecho para comunicar una resolución a una parte o es instrumento para vincular a las partes entre si o a una de las partes con algún tercero o con algún auxiliar de la función jurisdiccional, por ejemplo ,los peritos ,los testigos, el ministerio publico, etc., es el caso de las declaraciones , preguntas o informaciones que las partes intercambien en el desarrollo de cualquier diligencia judicial, como seria en el desahogo de la prueba confesional o bien en la diligencia de emplazamiento . otro tanto podría decirse de las preguntas o cuestiones dirigidas por una parte a los testigos o peritos en el desahogo de las pruebas respectivas:
La notificación ( y podríamos agregar que algunos otros de los medios formales de comunicación) se distingue de la comunicación (simple ), pues mientras esta es susceptible de emplearse en las conexiones personales entre las partes en la confesión o con terceros en las preguntas, la notificación nunca es un medio de comunicación entre particulares .
Es decir , las notificaciones son medios de comunicación formal, en cuanto que transmiten una declaración u orden del tribunal o utilizan los procedimientos y demás instrumentos para que tal declaración se tenga por transmitida. Por el contrario, existen en todo el proceso multitud de medios de comunicación material que constituyen medios , maneras o formas por los cuales se transmiten las ideas y los conceptos referidos al proceso en una serie sucesiva de peticiones, afirmaciones, negativas, decisiones, etc. Así, a titulo de ilustración del medio característico de comunicación material, “nada mejor que el ejemplo de quien teniendo una voz débil, y teniendo se que hacer entender por quien sea duro se oído, haga repetir sus palabras por otro en voz alta ; nadie dirá que el acto del repetidor sea declaración, puesto que no manifiesta pensamiento propio alguno .
MEDIOS OBJETIVOS Y SUBJETIVOS
Por último ,otro criterio de clasificación de los medios procesales los divide en objetivos y subjetivos .entran en la primera categoría ,de los objetivos ,todos aquellos que utilizan instrumentos materiales o cosas para hacer llegar la noticia procesal de algo a su destinatario o para que tal noticia se tenga por recibida o conocida para los efectos legales. Por el contrario, hablaríamos de medios subjetivos cuando el instrumento de la comunicación es precisamente una persona. El caso característico del medio de comunicación subjetivo lo constituye el del intérprete o traductor.
MEDIOS
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