Mejora De Procesos Para La Integración Del Plan Nacional De Desarrollo Con El Ciclo Anual De Formulación Presupuestaria
jbatuani6 de Septiembre de 2013
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Curso Superior de Especialización
en Gestión Financiera, Presupuestaria y Recaudatoria
Mejora de Procesos para la Integración del Plan Nacional de Desarrollo con el Ciclo Anual de Formulación Presupuestaria
José Luis Batuani Rivamontán
Consultor en Sistemas
Programa MAFP-Ministerio de Hacienda
República de Bolivia
CONVOCATORIA 2007/2008
INDICE
Contenido Página
I. INTRODUCCIÓN 1
1. ÁMBITO DE REFERENCIA 1
2. SITUACIÓN ACTUAL 2
1. Situación Normativa 2
2. Situación Operativa 4
3. Situación del Área de Sistemas 4
3. OBJETIVOS 5
1. Objetivo General 5
2. Objetivos Específicos 5
4. LÍMITES 5
II. MARCO TEÓRICO 6
1. SISTEMA DE PLANIFICACIÓN 6
a) Articulación del PND con la Planificación Sectorial e Institucional de Mediano Plazo. 12
b) Articulación del PND con la Planificación Territorial e Institucional de Mediano Plazo. 12
a) Articulación del PND de la Planificación Sectorial de Mediano Plazo con el PAD y Presupuesto 14
b) Articulación del PND de la Planificación Territorial de Mediano Plazo con el PAD y Presupuesto 14
2. SISTEMA DE INVERSIÓN PÚBLICA 18
3. FORMULACIÓN PRESUPUESTARIA 19
4. MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS 21
III. INTEGRACIÓN DE LOS SISTEMAS DE LA LEY SAFCO EN EL SIGMA 25
1. INTRODUCCIÓN 25
2. EL SISTEMA SIGMA 28
3. RELACIÓN DEL PROGRAMA MAFP CON LOS ÓRGANOS RECTORES 30
4. GRADO DE INTEGRACIÓN DE LOS SISTEMAS INCORPORADOS EN EL SIGMA 30
IV. PROCEDIMIENTOS DE INTEGRACIÓN 32
1. INTEGRACIÓN EN LA FORMULACIÓN PRESUPUESTARIA 32
2. INTEGRACIÓN EN EL CICLO DE EJECUCIÓN DEL GASTO 38
3. INTEGRACIÓN CON LA GENERACIÓN DE EJECUCIÓN DE TRANSFERENCIAS DE CABEZAS DE SECTOR ¡ERROR! MARCADOR NO DEFINIDO.
CONCLUSIONES 39
GLOSARIO 41
BIBLIOGRAFÍA 45
Lista de Tablas y Figuras
Contenido Página
TABLA 1 TIPOS DE MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS 24
TABLA 2 CANTIDAD DE MODIFICACIONES APROBADAS GESTIÓN 2007 24
TABLA 3 CANTIDAD DE MODIFICACIONES APROBADAS GESTIÓN 2007 GM LPZ 25
FIGURA 1 INTER-RELACIÓN DE FORMULARIOS PND 8
FIGURA 2 CICLO DE FORMULACIÓN PRESUPUESTARIA 20
FIGURA 3 CICLO DE FORMULACIÓN PRESUPUESTARIA 21
FIGURA 4 - PROCEDIMIENTOS COMUNES DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS EN LAS DISTINTAS INSTANCIAS DE APROBACIÓN 23
FIGURA 5 – SISTEMA INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL 26
FIGURA 6 – CICLO OPERATIVO DE LA FORMULACIÓN INSTITUCIONAL 33
FIGURA 7 – RELACIÓN PLANTEADA ENTRE EL CICLO OPERATIVO DE LA FORMULACIÓN Y PLANIFICACIÓN INSTITUCIONAL 34
FIGURA 8 FORMULARIO 6 RELACIÓN POA-PRESUPUESTO 36
FIGURA 9 PROCESO DE EJECUCIÓN DE TRANSFERENCIAS 32
I. Introducción
1. Ámbito de Referencia
El presente trabajo de fin de curso, se basa en la aplicabilidad en el sector público boliviano, en función de lo establecido por el Decreto Supremo de 18 de agosto de 2000; donde se establece con carácter obligatorio, la implantación del Sistema Integrado de Gestión y Modernización Administrativa (SIGMA) la obligatoriedad del sistema SIGMA en todas las instituciones estatales inmersas en el artículo 3 de la Ley 1178 (también conocida como la Ley SAFCO).
“El año 1990 marcó un punto de inflexión muy importante en el quehacer económico y social de Bolivia. La crisis del endeudamiento que golpeó a los países en desarrollo en la década de los ochenta, direccionaba a éstos a demostrar ante los países más industrializados y organismos multilaterales de financiamiento, el establecimiento de instrumentos jurídicos que modernicen la gestión pública, orientada básicamente a lo que falló una década atrás: resultados. Es en ese contexto, que se promulgó la Ley No. 1178 de los Sistemas de Administración, Fiscalización y Control Gubernamentales (SAFCO). La Ley SAFCO institucionalizó al SNIP interrelacionándolo con los sistemas de administración financiera y control creados. En los aspectos más generales, la Ley SAFCO regula el funcionamiento del SNIP, SISPLAN y los llamados Sistemas SAFCO (de administración financiera y control).
La Ley SAFCO vertería tres mandatos claves: i) establecimiento de órganos rectores para todos los sistemas que regule; ii) establecimiento de instrumentos normativos Normas Básicas que regulen los procesos de los sistemas y iii) establecimiento de instrumentos técnico-metodológicos que coadyuven a la óptima gestión del ciclo de vida de los proyectos de inversión, de manera de asignar eficientemente los recursos y evolucionar hacia grados adecuados de ejecución de la inversión programada.” [CEPAL_SNIP].
El Sistema Integrado de Gestión y Modernización Administrativa (SIGMA) de Bolivia es una iniciativa que intenta modernizar la administración del sector público, que incluye conceptos de reforma de la administración pública y descentralización. Este sistema procura aumentar la eficiencia, la efectividad y la transparencia en la administración de las finanzas gubernamentales.
El presente trabajo se enmarca en las funciones actuales de los actores o interesados, viendo posibilidades de implementación, posibles limitaciones por retos políticos, burocráticos, técnicos y financieros que se pueden dar al tratar de implementarlo.
Es lógico pensar que la implementación de ajustes o sistematizaciones de esquemas ya definidos y de aquellos considerados de control manual, es una tarea compleja y multidimensional, que no necesariamente abarcará todas las expectativas diferentes de los actores.
Si bien el presente trabajo plantea un concepto general, la implementación se sugiere a través de entidades piloto, que permitan realizar ajustes para poder realizar un trabajo general de uso de la herramienta. El planteamiento considera que lo propuesto debe tener suficiente flexibilidad y sensibilidad ante los cambios de las necesidades institucionales en el ámbito nacional y subnacional.
2. Situación Actual
1. Situación Normativa
La actual Constitución Política del Estado (CPE) Boliviano en su artículo 144, dice: “La programación del desarrollo económico del país se realizará en ejercicio y procura de la soberanía nacional. El Estado formulará periódicamente el plan general de desarrollo económico y social de la República, cuya ejecución será obligatoria. Este planeamiento comprenderá a los sectores estatal, mixto y privado de la economía nacional”.
El 20 de julio de 1990, se emite la Ley 1178 más conocida como Ley SAFCO (Sistema de Administración y Control Gubernamental), donde se establece los sistemas para administrar y controlar los recursos del estado. Es en esta Ley donde se instauran los sistemas para programar y organizar las actividades públicas que son: Programación de Operación, Organización Administrativa y Presupuestos. En este documento, además, se establece que el órgano rector sobre éstos tres sistemas, incluyendo el control de la Inversión Pública, es el Ministerio de Hacienda.
Debido a un nuevo enfoque planteado por el actual gobierno del Señor Presidente Evo Morales, se reestructura la organización del Poder Ejecutivo, a través de la Ley 3351 de 21 de febrero de 2006, eliminando el Ministerio de Desarrollo Sostenible y creando el Ministerio de Planificación del Desarrollo. En esta Ley, el Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo (VIPFE) es traspasado del Ministerio de Hacienda al nuevo Ministerio de Planificación.
A través del Decreto Supremo 28631 de 8 de marzo de 2006, se ratifican las atribuciones y responsabilidades de las unidades del Ministerio de Planificación y del Ministerio de Hacienda en el proceso de planificación y elaboración del presupuesto de cada gestión. Estableciendo que el ente rector en temas de planificación es el Ministerio de Planificación, creando además el Viceministerio de Planificación Estratégica Plurianual, cuyas funciones son:
“
a) Establecer políticas nacionales para la formulación presupuestaria plurianual, ejecución y cierre de gestión presupuestaria uniforme de todas las entidades del sector público, instituciones públicas desconcentradas, descentralizadas, autárquicas y empresas públicas que perciban recursos del Tesoro General de la Nación, sobre la base de estrategias del desarrollo y en coordinación con el Ministerio de Hacienda y los demás Ministerios.
b) Proponer políticas presupuestarias para una mejor asignación de los recursos financieros del sector público, en coordinación con el Ministerio de Hacienda.
c) Proponer reglamentos, instructivos y directrices presupuestarias, para la elaboración, presentación y modificación de los presupuestos de las Entidades e Instituciones del sector público, en el marco del Sistema de Presupuesto establecido en la Ley N° 1178 y en coordinación con el Ministerio de Hacienda.
d) Formular el proyecto de Presupuesto General de la Nación para su presentación al Consejo de Ministros, en coordinación con el Ministerio de Hacienda.
e) Presentar, cuando
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