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Menores Infractores


Enviado por   •  20 de Octubre de 2013  •  917 Palabras (4 Páginas)  •  356 Visitas

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DERECHO DE MENORES INFRACTORES

INTRODUCCIÓN

Con motivo de la reforma al artículo 18 constitucional y atendiendo al concierto internacional en cuanto a justicia para adolescentes se refiere, nuestro país adopta el sistema garantista también llamado sistema integral, razón por la cual el modelo tutelar deja ser vigente para dar paso al modelo inicialmente citado, así como a la producción de trabajos de investigación y a la emisión de una serie de criterios por parte del más Alto Tribunal, que buscan sistematizar los conocimientos interdisciplinarios que permitan comprender la dinámica actual de la delincuencia juvenil. El objeto de este artículo es resaltar los principios en los que descansa el modelo de justicia de protección integral y la necesidad de especialización de los todos los operadores que intervienen en el sistema de justicia de menores.

1.8 implementación de sistema garantista de justicia para adolecentes

La reforma constitucional (artículo 18) sistema integral

El sistema garantista se proclama corrector de todo lo vulnerable y negativo del sistema tutelar. En el se reconoce que los menores tienen todos los derechos y garantías de la persona adulta, además de algunos específicos, que el menor merece por su situación especial. Se considera al menor de edad responsable de sus actos (con ciertos límites). El procedimiento al que se les somete es muy similar al de los adultos y las medidas que se les aplican se basan en principios educativos.

El Sistema integral. Implica que la federación y los estados adecuen sus legislaciones al sistema de justicia penal para adolescentes dentro del marco constitucional para dar cumplimiento y protección de los derechos que ya han sido establecidos para ello.

La imputabilidad. Establece que deberán aplicarse a aquellos que tengan entre 12 y 18 años cumplidos de edad.

Entenderemos como Tipos penales. A toda aquella conducta tipificada como delito por las leyes penales.

Derechos fundamentales inherentes. Se garanticen los derechos fundamentales.

Se aplicara la Benevolencia del sistema a las personas menores de 12 años que haya realizado una conducta prevista como delito solo serán sujetas a rehabilitación y asistencia social. Y no serán sujetas a la aplicación de una sanción penal.

En cuanto a la Especialización del sistema operativo. Entendemos que estará a cargo de instituciones, tribunales u autoridades especializados en la procuración e impartición de justicia para adolescentes.

CARACTERISTICAS DEL DEBIDO PROCESO:

- Jurisdiccionalidad

- Jurisdicción independiente

- Proporcionalidad tutelar

- Orientación tutelar

- Integración ultima razón

ANTECEDENTES DE LA REFORMA

La reforma contiene el reconocimiento expreso de diversos derechos fundamentales para los niños y adolescentes, de los que por cierto nunca estuvieron incluidos, no solo por la CPEUM establece igual ara ellos igual que para los adulto, sino de aquellos que por su condición de personas en desarrollo les han sido reconocidos en los instrumentos internacionales, particularmente en la Convención de los Derechos de los niños.

El sistema garantista tiene sus antecedentes en varios instrumentos internacionales entre los que se citan:

 La declaración de los derechos del niño en

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