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Modelo Logico Matematico


Enviado por   •  8 de Julio de 2013  •  859 Palabras (4 Páginas)  •  518 Visitas

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Esta posición teórica se basa en postulados finalistas, a través de los causales propone la introducción de un modelo de análisis de los tipos penales en tal virtud se redimensionan los presupuestos y elementos fundamentales de tipo penal precisando su contenido y ordenándolos fundamentalmente de una mejor manera para facilitar su análisis.

Los principales exponentes son Elpidio Ramírez Hernández y Olga Islas, sus mayores aportes se plantean dentro de la estructura general del tipo penal entendiendo como “una figura elaborada por el legislador descriptiva de una clase de eventos antisociales, con un contenido necesario y suficiente para garantizar la protección de uno o mas bienes jurídicos, contenido reductible, por medio del análisis, a unidades lógico jurídicas denominadas elementos.

Estos elementos, cuya propiedad genérica consiste en la función de garantía de uno o más bienes jurídicos poseen, además, propiedades muy particulares que permiten organizarlos en grupos a los que se les puede llamar subconjuntos del tipo legal. Tales como subconjuntos hacen factible una definición estructural de los tipos.

Estructuralmente, un tipo penal es definido por esta postura teórica a partir de los siguientes elementos:

N =Deber jurídico legal

B =Bien jurídico

A =Sujeto activo

A1 =Voluntabilidad

A2 =Imputabilidad

A3 =Calidad de garante

A4 =Calidad específica

A5 =Pluralidad específica

P =Sujeto pasivo

P1 =Calidad específica

P2 =Pluralidad especifica

M =Objeto material

J1 =Voluntad dolosa

J2 =Voluntad culposa

I1 =Actividad

I2 =Inactividad

R =Resultado material

E =Medios

G =Referencias temporales

S =Referencias espaciales

F =Referencias de ocasión

W1 =Lesión del bien jurídico

W2 =Puesta en peligro del bien jurídico

V =Violación del deber jurídico penal

En atención a lo anterior, la estructura general de los tipos penales sería:

T = [NB(A1+A2+A3+A4+A5)(P1+P2)M][(J1+J2)(I1+I2) R(E+G+S+F)][W1=W2)V] X1

Los elementos del tipo penal son clasificados como únicamente descriptivos o no valorativos, subjetivos y objetivos. Los elementos puramente descriptivos constituyen el objeto sobre el cual recae la valoración dada en lo propios tipos por el legislador. Los valorativos contienen precisamente la valoración legal de ese objeto. Son valorativos: el deber jurídico penal y la violación del deber jurídico penal; todos los demas son puramente descriptivos.

También se puede hablar de elementos subjetivos y elementos objetivos; son subjetivos: la voluntad, la imputabilidad, la voluntad dolosa y la voluntad culposa, son objetos todos los restantes.

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