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NUEVOS PARADIGMAS DEL LAS POLÍTICAS ECUCATIVAS


Enviado por   •  31 de Enero de 2014  •  723 Palabras (3 Páginas)  •  159 Visitas

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MARCOS JURIDICO. NORMATIVOS

Este documento responde a las necesidades de establecer acuerdos políticas y fundamentos de la educación intercultural bilingüe, para los distintitas niveles uy modalidades educativas derivados de los acuerdos con la Coordinación General de Educación intercultural bilingüe de la SEP.

Desde su creación la CGEIB en enero de 2001 con sentido de pertinencia educativa y social

Que a través de diálogos, foros, consultas, entrevistas con los pueblos indígenas se han enriquecido los documentos con bases legales para su difusión.

Un espacio de creación donde se invita a toda la comunidad educativa, social, cultural para asumir los compromisos establecidos y difundirlos para su conocimiento y aprecio en el marco de la inclusión democrática.

Como respuesta a muchas interrogantes es sistema educativo ha transitado por distintos momentos históricos referente al avance en materia de alfabetización sin dejar atrás la importancia de los pueblos indígenas y su cultura hablada.

Motivos por los cuales 1ª etapa 1950-1980 aparece la política de la alfabetización de las lenguas indígenas para su castellanización, 2º periodo en 1970 movimiento indígena y toma de conciencia de los propios maestros de bilingües y que la SEP incorpora un programa educativo 1980- 1990como educación bilingüe bicultural , 3ª etapa siglo XXque propone la educación intercultural bilingüe.

A partir de 1992 surgen los movimientos indígenas contemporáneos y en la que se enfatiza y destaca el movimiento del EZLN en Chiapas en 1994 donde se planteaba un proyecto de nación incluyente asi como el establecimiento de una nueva relación entre los pueblos indígenas, el Estado y la sociedad nacional.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 2 trata sobre la composición pluricultural de la nación mexicana sustentada originalmente en los pueblos indígenas.

En el terreno educativo justifica su intervención sobre la alfabetización, la conclusión de la educación básica, media sup y superior, sistema de becas, desarrollo de programas educativos,

Articulo 1 prohibición de la discriminación por su origen étnico o cualquier otra condición

El Convenio 169 de la Organización internacional del Trabajo en la que los países que la suscriben están obligados a reformar su legislación nacional

México ratificó este convenio en 1990. En los artículos 21, 22 y 27 de este Convenio se establecen el desarrollo de programas educativos.

Desde el 13 de marzo de 2003 en México se promulga la ley general de derechos lingüísticos de los pueblos indígenas

En el artículo de esta ley se establecen garantía de acceder a una educación obligatoria en educación básica en la modalidad intercultural

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