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Naturaleza del Derecho Civil


Enviado por   •  27 de Octubre de 2020  •  Apuntes  •  14.431 Palabras (58 Páginas)  •  296 Visitas

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  1. Índice

Contenido

I.        Índice        2

II.        Introducción        3

III.        S1. A1. La Naturaleza del Derecho Civil.        4

IV.        S1.A2. Sistema Jurídico Mexicano y ámbitos de validez.        13

a)        Perspectivas de comprensión de los sistemas jurídicos.        13

b)        Elementos que componen al sistema jurídico.        20

c)        Definición de los ámbitos de validez y criterios de aplicación.        21

d)        Relación del sistema jurídico nacional con el Derecho Internacional.        23

e)        Procedimientos para la elaboración de normas.        25

V.        S1. A3.  Sistema Normativo Mexicano        27

a)Distinción entre el Derecho Público y el Derecho Privado en el Derecho Civil.        27

VI.        Conclusiones        34

VII.        Bibliografía        35

  1. Introducción

En este trabajo se ha analizado sobre la distinción del Derecho Privado y Público con respecto al Derecho Civil, en el sistema mexicano, el propósito del ensayo es determinar si existe una verdadera distinción entre ambos derechos y cuáles son sus principales características.

Se lleva a cabo un análisis de su evolución iniciando con la era Romana como parte esencial del derecho, a través de la historia y las diferentes épocas, tanto mundialmente como desde su evolución mexicana.

El Derecho Civil, como se mencionó anteriormente proviene del Derecho romano, el cual regulaba todo lo concerniente al ciudadano romano y, por tanto, contenía normas de Derecho Privado como normas de Derecho Público.

El Derecho romano seguía el principio de la personalidad del Derecho, esto es, cada pueblo vivía según sus propias normas, su propio y exclusivo derecho. Posteriormente, y cuando Roma entra en contacto con otros pueblos, es cuando surge la necesidad de diferenciar entre las normas aplicables a los ciudadanos romanos y las normas que regulaban las relaciones de Roma con el resto de los pueblos extranjeros, de este modo, la diferenciación entre el Derecho Público y el Derecho Privado.

Para finalizar al analizar el ámbito de validez mexicano presentándose una serie de cuestionamientos que parten desde la definición de los diferentes sistemas jurídicos, los elementos que la integran, la definición de los diferentes ámbitos de validez y sus criterios, como se relaciona el sistema jurídico mexicano con el derecho que se aplica en otros países y cuál es el procedimiento para la elaboración de las diversas normas que se crean.

Así como revisamos  el tema de pertinencia de la distinción entre el Derecho Público y el Derecho Privado en el Derecho Civil. Por lo tanto, nos adentraremos más en los temas del Derecho Civil y sus orígenes, al igual que el Derecho Privado y el Derecho Público, señalando sus características.

Uno de los temas más discutidos por los juristas es el de la distinción entre el Derecho Privado y el Derecho Público, por lo cual se abordarán las más importantes teorías sobre este tema.

  1. S1. A1. La Naturaleza del Derecho Civil.

Por el Derecho Civil podemos entender como el conjunto de normas jurídicas, que conforman el Derecho Privado, mismo que regula todos los aspectos concernientes a la personalidad, la familia y las relaciones patrimoniales.

El orden jurídico, se compone por normas de justicia natural como de normas del derecho positivo, así como de normas que son parte convencionales y parte naturales, de ahí parte el derecho civil de hechos naturales como es la parte moral y el derecho positivo el cual da forma con normas que regulan el derecho civil. Por lo que las normas del derecho positivo son creadas a partir de una serie de eventos o principios, emanados de la justicia universal, lo que en teoría del derecho se conoce como determinación o especificación de la ley natural.

Derecho Civil

Iusnaturalismo

Iuspositivismo

El derecho natural emana de la naturaleza divina, o racional que determina lo justo y lo válido en términos universales. (Bobbio, 1991:836-837).

Para el iusnaturalismo la naturaleza es algo que existe por sí mismo, independientemente de la voluntad y fuerza del ser humano, por esta causa, este derecho natural se supone supremo y trascendente, no depende de las consideraciones, ni de las formulaciones humanas o estatales. Esta naturaleza, ya sea divina o racional, es lo que determina la existencia y contenido, de esos derechos, existen y resultan válidos y necesarios.

El Iusnaturalismo sostiene que el derecho vale, y por tanto, obliga, por que nace de la bondad, o justicia inherente en su contenido. (García Máynez, 1968: 128); Su validez universal emana de la premisa, que cualquiera que haga uso de su propia razón, podría distinguir lo bueno de lo malo y lo justo de lo injusto, de acuerdo hipotéticamente a un orden justo, racional, universal y necesario, por tanto los seres racionales, pueden y deben conocer ciertos principios normativos de la conducta humana, los cuales constituyen el fundamento de sus acciones.

El Iusnaturalismo se caracteriza como el intento de deducir de la naturaleza humana un conjunto de reglas de conducta humana, satisfactorio desde el punto de vista de la bondad y expresión definitiva de la idea de justicia (Fernández, 1993:57).

Por lo que el Iusnaturalismo su soporte es la moral, en cuanto si un ordenamiento jurídico positivo cualquiera contraviene los derechos naturales del ser humano, no podrá considerarse un verdadero ordenamiento jurídico.

El iuspositivismo parte de un conjunto de normas dictadas por el poder soberano, por tanto el positivismo jurídico se basa única y exclusivamente en los dictados de un poder soberano, por tanto se considera que el Derecho Positivo funda su validez únicamente en las reglas y procedimientos establecidos por el Estado.

Para el Iuspositivismo, el Derecho Positivo es formal, ya que se define únicamente con relación a la autoridad que establece las normas.

En pocas palabras para el iuspositivismo, detrás de la ley no hay nada más que la voluntad soberana. Otra de las características del Iuspositivismo además de la formalidad, es el ser imperativo. Para el Positivismo Jurídico, el derecho es el conjunto de normas con las que el soberano ordena o prohíbe determinadas conductas o comportamientos a sus súbditos a través del mandato. Ello explica porque todos los individuos acatan los dictados del derecho positivo, y el no hacerlo les generaría enfrentarse a la pena y a la coacción que impone el Estado, bajo el amparo del derecho a quienes llegan a cometer actos ilícitos.

Por lo que el derecho positivo es un sistema de normas coercibles, que pueden usarse para forzar a otros a actuar de una manera determinada. Donde la función primordial del Estado, es velar por el cumplimento de dichas normas, incluso mediante la represión, cuerpos de ley, etc.

Toda norma positiva emanada por el Estado, debe estar escrita, publicada y difundida en la comunidad, a la que rige, debiendo ser de conocimiento público, en este aspecto ninguna ley puede ser obedecida si nadie la conoce, por lo que se crea la normativa jurídica a través la Constitución, Leyes, Códigos o Normatividades. Estos últimos no son definitivos ya que según va cambiando la realidad social o jurídica y por tal se actualizan, remodelan y se adaptan a la nueva realidad de una sociedad.

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