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OTROS TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO


Enviado por   •  3 de Octubre de 2013  •  Tesis  •  7.625 Palabras (31 Páginas)  •  241 Visitas

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INSTITUTO SANJUANENSE DE ESTUDIOS SUPERIORES

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PROFESOR: LIC. HÉCTOR MANUEL GONZALES HERNÁNDEZ

GRUPO “B”

ALUMNO: EDGAR GONZÁLEZ RODRÍGUEZ

TERCER CUATRIMESTRE

LICENCIATURA EN DERECHO

TEMA: OTROS TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO

OTROS TÍTULOS DE CRÉDITO

CONCEPTOS DE:

• LAS OBLIGACIONES

• LAS ACCIONES

• CONOCIMIENTO DE EMBARQUE

• CERTIFICADO DE DEPOSITO

• CERTIFICADO DE PARTICIPACIÓN

• PETROBONOS Y CETES

CONCEPTOS DE:

• OPERACIÓN DE CRÉDITO

• OPERACIÓN DE DEPOSITO MERCANTIL

• DEPOSITO BANCARIO

• EL REPORTO

• APERTURA DE CRÉDITO

• APERTURA DE CRÉDITO SIMPLE

• APERTURA DE CUENTA CORRIENTE

• LA TARJETA DE CRÉDITO

• CRÉDITO DOCUMENTARIO

• CARTA DE CRÉDITO

• CRÉDITO DE HABILITACIÓN O AVÍO

• CRÉDITO REFACCIONARIO

OTROS TÍTULOS DE CRÉDITO.

• Titulo de crédito.- Es el documento necesario para ejecutar el derecho que en ellos se consigna.

• Bono.- Es un pagare contractual o titulo de crédito de largo plazo en la cual la empresa emisora conviene en pagar al acreedor determinada cantidad de dinero por periodo convenido en fecha específica, para luego redimirlo en la fecha de vencimiento que se señale.

• Obligación.- Es una modalidad del bono básico sin garantía específica de pagar intereses y de devolver el capital original, se sustenta en la solvencia del emisor.

• Crédito de Avío.- Es el titulo de crédito donde el acreditado queda obligado a invertir precisamente en la adquisición de materia prima y materiales y pago de salarios y gastos directos indispensables para los fines de la empresa.

• Crédito Refaccionario.- Es un crédito a largo plazo donde el acreditado se compromete a utilizar los recursos en la adquisición de bienes de capital (activos fijos).

CARACTERÍSTICAS DE LOS DOCUMENTOS DE CRÉDITO

Literalidad.- debe ejercerse el documento por el beneficiario tal y como está escrito en él titulo, y el obligado deberá cumplir en dichos términos.

Autonomía.- El derecho se ejercerá independientemente de cualquier condición que trate de modificarlos o limitarlo y el obligado deberá cumplir con los términos del documento.

Incorporación.- Para poder ejercer el derecho es necesario tener posesión del título o documento.

Circulación.- es una característica de los títulos de crédito estos documentos circulan trasmitiéndose de una persona a otra mediante endoso o la entrega del documento en el caso al portador.

Legitimidad.-para tener validez jurídica tienen que estar a nombre de alguien.

Naturaleza ejecutoria.- quiere decir que van aparejados de ejecución, primero se confiscan bienes y luego se averigua, se garantiza el pago de la obligación

OBLIGACIONES MERCANTILES

Las sociedades anónimas pueden emitir obligaciones que representen la participación individual de sus tenedores de un crédito colectivo constituido a cargo de la sociedad emisora. Las obligaciones serán bienes muebles aun cuando estén garantizados con hipoteca. Es tas deberán ser nominativas y deberán emitirse de cien en cien o sus múltiplos.

Estos títulos de crédito son llamados masivos o seriales, porque su emisión se hace en un número plural, representando las fracciones de un crédito. Así, aunque teóricamente todas las obligaciones configuran una sola emisión pueden concentrarse en una sola persona, sin que ello pierda su carácter masivo, ya que el tenedor puede transmitir una parte de los títulos obligacionales que tenga en su poder. La función que tienen las obligaciones es que son instrumento de financiamiento, a la que recurren las sociedades anónimas. Como estas sociedades necesitan capital para el cumplimiento de sus fines, pueden acudir a cuatro fuentes principales:

- Créditos bancarios. - Préstamos obtenidos de personas o entidades no bancarias. - Aportaciones de los socios mediante aumentos de capital social. - Emisión de obligaciones. Así las cosas, se trata de títulos que son eventualmente bursátiles y de hecho es muy frecuente, son registrables para tal efecto en la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, del mismo modo en la Bolsa de valores para su compraventa y cotización. Pero por otra parte, son títulos de crédito e instrumentos de inversión, puesto que sus adquirentes persiguen un primordial propósito de percibir intereses, sin dejar de lado su diferencial favorable entre el precio de compra y de venta.

Definidas de algún modo, son títulos de crédito que representan la participación de sus tenedores en un crédito colectivo a su favor y a cargo de una sociedad anónima emisora. Su naturaleza es que son bienes muebles, aunque la garantía de pago sea una hipoteca inmobiliaria.

Elementos personales. En estos documentos existen dos elementos personales, la sociedad anónima emisora y el tomador u obligacionista.

Generalmente, aparecen en ellos la firma autógrafa del representante común y eventualmente, la firma de un tercero en su calidad de garante personal, prendario, hipotecario o incluso fiduciario. Salvo la emisora que debe ser sociedad anónima, todos los demás pueden ser personas físicas o jurídicas.

Requisitos legales. Establecidos en el artículo 210 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, las obligaciones deben contener: I. Nombre, nacionalidad y domicilio del obligacionista, excepto en los casos

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