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Obligaciones


Enviado por   •  28 de Mayo de 2013  •  490 Palabras (2 Páginas)  •  215 Visitas

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En la aplicación del Derecho extranjero, pueden suscitarse una serie de dificultades. El Derechoextranjero es un Derecho extraño en el foro cuyo contenido y alcance debe ser determinado y cuya interpretación y aplicación plantea problemas que no plantea, naturalmente, el Derecho del foro.

1) Determinación del contenido y alcance del Derecho extranjero.

Las normas de conflicto del foro, como parte del Derecho del foro, se aplican de oficio, rige respecto a ellas el principio iura novit curia. De acuerdo con esta orientación, el artículo 12.6 del Código Civilestablece que «los tribunales y autoridades aplicarán de oficio las normas de conflicto del Derecho español».

Se ha ido evolucionando hacia un sistema de colaboración entre las partes y el Juez en la determinación del contenido y alcance del Derecho extranjero. Por una parte, la intervención de las partes se acomoda bien al papel que tiene en el proceso civil el principio dispositivo. El interés de las partes puede impulsarlas a la participación activa en la prueba del Derecho extranjero, facilitando así la tarea del Juez. Por otra, la participación del Juez parece necesaria si se quiere defender la eficacia de las normas deDerecho Internacional privado y asegurar que, cuando el Juez resuelve un litigio según un Derechoextranjero, lo hace adecuadamente.

La medida de la intervención de las partes y del Juez depende de cada sistema jurídico. Algunos ordenamientos exigen a las partes la prueba del Derecho extranjero y se admite la intervención del Jueztendente a completar la prueba de las partes. Los últimos pasos en esta evolución se orientan hacia una exigencia cada vez mayor al Juez y menor a las partes: si el Juez no conoce la ley extranjera aplicable, debe adoptar las medidas necesarias para llegar a su conocimiento, aunque las partes puedan colaborar con él para lograr este objetivo. Se pasa de imponer una obligación a las partes a imponérsela al Juez y de admitir una intervención complementaria del Juez a admitir una intervención complementaria de las partes. La intervención judicial pone de relieve que el Derecho extranjero es Derecho, es elsistema jurídico con arreglo al que se va a resolver el litigio, aunque no pueda ser tratado en el procesoen igualdad de condiciones que el Derecho del foro.

2) Interpretación y aplicación del Derecho extranjero.

Conocido suficientemente el contenido y alcance del Derecho extranjero, el Juez debe interpretarlo y aplicarlo. El criterio básico a seguir será el de interpretar y aplicar el Derecho extranjero tal y como lo haría el Juez extranjero si ante él se hubiera presentado la demanda, es decir, el Derecho extranjerodebe ser aplicado tal y como es, sin desnaturalizarlo ni deformarlo. Sólo así se está cumpliendo con elmandato de la norma de conflicto del foro. Parece

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