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PASOS DEL JUICIO AGRARIO

liza0610Ensayo29 de Octubre de 2018

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PASOS DL JUICIO AGRARIO

ÍNDICE

1. Conciliación

     4

2. Arbitraje

4

3. Demanda

4

4. Acuerdos

5

5. Emplazamiento

5

6. Audiencia de ley

6

6.1 Apertura

7

6.2 Ratificación de la demanda

7

6.3 Presentación y contestación

7

6.4 Reconvención

8

6.5 Conciliación

8

6.6 Ofrecimiento, admisión y desahogo de pruebas

8

6.7 Alegatos

9

6.8 Sentencia

9

6.9 Ejecución de sentencia

9

7. Recurso de revisión

10

8. Amparo

11

9. Ejecución de sentencia

11


INTRODUCCION

El juicio agrario es aquel que tiene por objeto reducir, resolver, solucionar un problema y controversias  que favorezcan con motivo de la aplicación de las disposiciones contenidas en la leyes agrarias.

En el presente trabajo analizaremos los pasos de un juicio agrario el cual se lleva a cabo por un problema agrario dándole solución a tal.

Así mismo  el siguiente trabajo hablaremos desde cómo se inicia un juicio,  la demanda, los acuerdos, el emplazamiento,  el procedimiento que tiene la audiencia, la audiencia de ley, la ratificación de la demanda, presentación y contestación de la demanda, reconvención, conciliación, el ofrecimiento de pruebas, los alegatos, la sentencia, el recurso de revisión, el amparo y por ultimo tenemos la ejecución de sentencia.


  1. CONCILIACION

En este paso la conciliación es un procedimiento en el cual los sujetos  que se encuentran en un conflicto agrario tratan de resolverlo, antes de emitir sentencia

  1. ARBITRAJE

Es un medio por el cual se plantea un problema agrario a un árbitro donde este trata de resolver el conflicto a las partes para no hacer de este problema uno más grande y no llegar a un tribunal.

  1. DEMANDA

La demanda es el acto esencial para con el que la parte actora que es el demandante inicie el ejercicio de la acción y plantea cada uno de los hechos al juzgador.  Iniciando con los datos, el nombre, el delito cometido, los hechos que se cometieron narrando cada uno de ellos a detalle, y todo lo que tenga que ver con el hecho realizado.

Requisitos que debe cumplir la demanda

a) El Tribunal ante el que se promueve.

b) Los nombres y domicilios del actor y del demandado.

c) Lo que se pide o demanda, expresándolo en términos claros y precisos

d) Los hechos en que el actor funde su petición.

e) Los fundamentos de derecho.

f) Las copias para correr traslado, tanto de la demanda como de los documentos anexos.

Cuando el problema sea algún terreno, se deberá señalar la población, el municipio y el estado en donde se encuentre el terreno, señalando de manera clara para mayor facilidad para dar con esté,  es conveniente que se agregue un croquis a la demanda.[pic 1]

  1. ACUERDOS

Los acuerdos  se hacen  a partir de una revisión detalladamente  de la demanda acumulada por cada organización campesina; se analizan y clasifican los asuntos según su situación jurídica.

Conceptualmente los Acuerdos Agrarios son instrumentos de entendimiento y concertación para la atención de asuntos agrarios de diversa naturaleza. En términos prácticos, son un producto de la corresponsabilidad entre la SRA y las organizaciones campesinas. Con ellos se busca ordenar la actividad con las organizaciones campesinas, para llegar a la solución definitiva de todos los asuntos que, a lo largo de varios años, han venido gestionando ante la institución; impulsando con ello la legalidad en el campo para generar las condiciones que permitan el desarrollo agrario en nuestro país.

  1. EMPLAZAMIENTO

En este acto, el actor puede presentar su demanda por escrito solicitando a la Procuraduría Agraria ayude en la formulación de manera  o simplemente con que se presente y lo declare. Así mismo es acto en donde se da a conocer al demandado que existe una demanda en su contra, y así enterarle de la petición o reclamación que hace el actor. En el emplazamiento se expresara, por lo menos, el nombre del actor, lo que demanda, la causa de la demanda,  la fecha y hora que se señale para la audiencia,  teniendo oportunidad de contestarla a más tardar durante la audiencia la cual deberá tener lugar  dentro de un  plazo no menor a cinco días ni mayor a diez, contando a partir de que se practique el emplazamiento, e informando que en dicha audiencia se desahogaran las pruebas y en caso que esto no se pueda realizar se desahogaran en un plazo de quince días más.

El emplazamiento se llevara a cabo al demandado por medio del secretario o actuario tribunal,  en el lugar que el actor nombre para ese fin y que podrá ser:

[pic 2]

En el domicilio del demandado, en su finca, su oficina o principal asiento de negocios o el lugar en que trabaje, en el lugar que frecuente o en el lugar que piense que se encuentre al practicarse el emplazamiento.

El secretario o actuario que realice el emplazamiento se asegurara de que el demandado se encuentre en el lugar señalado y lo reciba personalmente, en caso de que no se encuentre en el domicilio señalado se dejara la cedula con la persona de mayor confianza y si en caso de que no se deje la cedula se volverá a emplazar. En caso de que no se encuentre por ningún lado se publicara dos veces dentro de un plazo de días en un diario de mayor circulación en la región en que este ubicado el inmueble relacionado con el problema agrario, así como en la oficina de la Presidencia Municipal que corresponda y en los estrados del tribunal.

  1. AUDIENCIA DE LEY

En la audiencia de ley  las partes expondrán oralmente sus pretensiones ofrecerán las pruebas que estimen favorables para sus respectivos intereses,  la testimonial, inspección ocular, confesional, pericial, etc.; partes interesadas, quienes podrán plantearse mutuamente las preguntas que consideren conducentes a los hechos involucrados con la Litis; así como interrogar en forma directa a los testigos presentados por los contendientes.

Se le conoce con ese nombre a la audiencia en la cual  el demandado puede contestar a más tardar la demanda. Si no estuviere presente el demandado y se haya emplazado, se continuara la audiencia. En caso contrario si al iniciarse la audiencia no estuviere presente el actor y si la demanda este se multara equivalente al monto de diez días de salario mínimo,  si al iniciarse la audiencia no estuvieren presentes ambas partes se tendrá por no practicado el emplazamiento. El tribunal antes del fallo tratara de realizar  una conciliación entre ambas partes y si se llega a esto se llegara la finalización de dicha demanda, en caso de que esto no fuese así las partes expresan oralmente sus intenciones y ofrecen las pruebas que para ellos se les hagan importantes para su defensa, presentando a partes como testigos, peritos, en este caso harán valer todas sus acciones, excepciones o defensas; en la audiencia el magistrado del Tribunal Unitario Agrario podrá hacer las preguntas que juzgue necesarias a los interesados del acto para que se dicte una sentencia y se llegue a la ejecución de sentencia. [pic 3]

  1. APERTURA

La apertura es la que el Juez de Control mediante la cual se concluye la audiencia intermedia y  señala al Tribunal de Enjuiciamiento que llevará el juicio, se identifica al acusado, se indica cuáles son los hechos que serán debatidos en el juicio y cuáles son los medios de prueba que serán expuestos, quiénes son las personas que deberán ser citadas y cuáles fueron las medidas cautelares impuestas al acusado

6.2 RATIFICACION DE LA DEMANDA

Aquí es donde se confirma que hay una demanda y el actor contesta estando informado.

6.3 REPRESENTACION Y CONTESTACION DE LA DEMANDA

REPRESENTANCION

 Es donde las partes deben de acudir cada uno con sus defensores, en caso de que uno de ellos no lleve defensor el tribunal puede suspender el procedimiento y pedir uno a la Procuraduría agraria, quien lo deberá enterarse del problema en cinco días.

CONTESTACION

En este paso ya que se haya informado al demandado que hay una demanda en su contra deberá darle contestación a más tardar llegado el día de la audiencia, pero si es posible se puede contestar antes por escrito o simplemente al presentarse se da cuenta que este ya ha sido enterado, contestándola negando, aceptando o reservando los hechos, refiriéndose a cada uno de ellos.

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