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PLURALISMO JURIDICO

isabelmaria198618 de Marzo de 2014

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PLURALISMO JURIDICO

El Pluralismo Jurídico hace referencia a la existencia de múltiples sistemas jurídicos en una una misma área geográfica. Esta definición implica tres cosas: (i) reconocer que el derecho oficial, el derecho del estado, no es el único existente; (ii) que distintas prácticas jurídicas (i.e. justicia indígena, justicias comunitarias) pueden ser reconocidas como formas de derecho; (iii) lo anterior supone, por tanto, que el reconocimiento de soberanía que algunos estados establecen al pretender el monopolio de ña fuerza jurídica, se relativiza.

Pluralismo Jurídico es la coexistencia dentro un Estado de diversos conjuntos de normas jurídicas positivas en un plano de igualdad, respeto y coordinación.

Machicado, Jorge1

El concepto de pluralismo jurídico supone una definición alternativa de derecho, pues si se adopta la definición clásica, el derecho se reduce a las normas producidas exclusivamente por el Estado. Si se acepta la noción de pluralismo jurídico, se pone en cuestión la idea del monopolio de la fuerza estatal.

Desde una perspectiva sociojurídica, puede entenderse como derecho cualquier conjunto de normas que regulen la conducta humana, y que sea reconocido por sus destinatarios como vinculante. Según Boaventura de Sousa Santos, cualquier orden social que de cuenta de retórica, violencia y burocracia, puede ser considerado como derecho.

El comercio informal, la presencia de grupos guerrilleros o paramilitares, o la presencia de etnias o grupos indígenas en un Estado, son algunos ejemplos de pluralismo jurídico.

Pluralismo jurídico como proyecto emancipador

La presente retomada del pluralismo como un proyecto de " legalidad alternativa" se refiere, por un lado, a la superación de las modalidades predominantes del pluralismo, identificado con la democracia neoliberal y con las prácticas de desreglamentación social, y por otro lado, la edificación de un proyecto político jurídico resultante del proceso de prácticas sociales insurgentes, motivadas para la satisfacción de las necesidades esenciales.

La propuesta de un pluralismo jurídico como proyecto alternativo para espacios periféricos del capitalismo latinoamericano presupone la existencia y articulación de determinados requisitos, para lo cual debemos observar: a) la legitimidad de los nuevos sujetos sociales, b) la democratización y descentralización de un espacio público participativo, c) la defensa pedagógica de una ética de la solidaridad, d) la consolidación de procesos conducentes a una racionalidad emancipatoria20.

En primer lugar, se señala la cuestión de los nuevos sujetos sociales que polarizan u ocupan el papel central del nuevo paradigma. Ya no se trata del antiguo sujeto privado, abstracto y metafísico, de tradición liberal individualista que, como sujeto cognoscitivo "a priori", se adaptaba a las condiciones del objeto dado y a la realidad global establecida. Actualmente el enfoque se centra sobre un sujeto vivo, actuante y libre, que participa, se autodetermina y modifica lo mundial del proceso histórico social. Lo "nuevo" y lo "colectivo" no deben ser pensados en términos de identidades humanas que siempre existieron, según el criterio de clase, etnia, sexo, edad, religión o necesidades, sino en función de la postura que permitió que sujetos inertes, dominados, sumisos y espectadores, pasasen a ser sujetos emancipados, participantes y creadores de su propia historia. Es de este modo que, al caracterizar la noción de sujeto como entidad que implica lo "nuevo" y lo "colectivo", debemos privilegiar en una pluralidad de sujetos a los movimientos sociales recientes. Los movimientos sociales son en la actualidad, los sujetos de una nueva ciudadanía, revelándose como auténticas fuentes de una nueva legitimidad21.

Con la aparición de los nuevos sujetos colectivos de legalidad, internalizados en los movimientos sociales, se justifica la existencia de todo un complejo "sistema de necesidades". Este "sistema de necesidades" se califica como la segunda suposición en la elaboración del nuevo pluralismo de tenor comunitario participativo.

En su sentido genérico, las necesidades involucran exigencias valorativas, bienes materiales e inmateriales. El conjunto de las "necesidades humanas", que varían de una sociedad para otra, propicia un amplio proceso de socialización del mercado por elecciones cotidianas sobre "modos de vida" y "valores", tales como la libertad, la vida, la justicia ets.

Las condiciones económicas generadas por el capitalismo, impiden la satisfacción de las necesidades, generando un sistema de falsas necesidades, nece-sidades que no pueden ser completamente satisfechas22.

El desarrollo coyuntural y estructural del capitalismo dependiente lati-noamericano favorece la interpretación de las "necesidades" como producto de las carencias primarias, de luchas y conflictos engendrados por la división social del trabajo y por exigencias de bienes y servicios vinculados a la vida productiva.

Las condiciones de vida experimentadas por los diversos segmentos populares latinoamericanos, básicamente, aquellas condiciones negadoras de la satisfacción de las necesidades identificadas con la sobrevivencia y subsistencia, acaban produciendo reivindicaciones que exigen y afirman derechos. No hay duda que la situación de privación, carencia y exclusión, constituyen la razón motiva-dora de la aparición de las necesidades por derechos. Resumiendo, los derechos objetivados por los agentes de una nueva ciudadanía colectiva expresan la inter-mediación entre necesidad, conflictos y demandas.

Localismo globalizado

Consiste en el proceso por el cual un fenómeno local dado es globalizado con éxito. Usualmente la globalización de prácticas locales se origina en el centro del sistema mundial y son después expandidas y diseminadas a la periferia y a la semiperiferia. En realidad, dice Santos, un localismo globalizado es "un proceso cultural mediante el cual una cultura local hegemónica se come y digiere, como un caníbal, otras culturas subordinadas" (p.202).

Como ejemplo tendríamos ciertas operaciones mundiales de las empresas transnacionales, la transformación de la lengua inglesa en lengua franca, la globalización de la comida rápida o la música popular norteamericanas, o la adopción mundial de las leyes de propiedad intelectual norteamericana sobre software para computadoras.

Principales pueblos indígenas de Venezuela

Los indígenas que habitan actualmente en Venezuela son descendientes de aquellos primeros pobladores que llegaron a territorio venezolano hace miles de años, provenientes de diferentes lugares de la tierra, en especial desde Asia. Y aunque todos los pueblos presentan este origen común, cada uno de ellos ha desarrollado su manera de ser, adecuándose a sus condiciones particulares de vida.

En la actualidad sólo se tiene registro de los pueblos más numerosos, pero existen otros que aún se deben conocer y proteger.

• El pueblo wayúu. Es el grupo más numeroso de indígenas venezolanos y pertenece a la familia lingüística arawak. Se ubica principalmente en la península de la Guajira venezolana y colombiana (estado Zulia, en Venezuela, y departamento de la Guajira, en Colombia). Por eso, se les conoce también como guajiros. Algunos emigraron a otras zonas de Zulia y a los estados Mérida y Trujillo. Según los reportes del último censo indígena, este pueblo tiene 33.845 integrantes.

Los wayúu son monogámicos y poligínicos y su organización social está formada por clanes matrilineales a los cuales identifican con algún animal. En la baja Guajira construyen casas con palmas de cocoteros y madera, pero en la alta y desértica Guajira sus viviendas las hacen de barro mezclado con techos de corazón de cardones.

Los hombres de las más apartadas regiones visten el guayuco; las mujeres, en casi todos los lugares donde se encuentran, su manta guajira. Son sedentarios y seminómadas y presentan un alto grado de aculturación debido al contacto con pueblos vecinos de criollos venezolanos, colombianos y otros extranjeros.

Su economía está centrada en la pesca y en la cría de ganado ovino, caprino, porcino y vacuno. Quienes se han asentado en las ciudades trabajan como técnicos o profesionales en los sectores público y privado. En épocas de lluvia siembran maíz, frijoles, patilla y melones. Son buenos artesanos y se dedican a la cerámica, la cestería, el hilado, el tejido de tapices, hamacas, chinchorros y alpargatas.

• El pueblo warao. Formado por 28.633 personas censadas, es el segundo pueblo indígena más numeroso de Venezuela. Se ubica principalmente en Delta Amacuro, pero también hay comunidades en Monagas, Sucre y bolívar, así como en la República de Guyana. Su nombre refiere a su inseparable curiara (una embarcación hecha de madera con la que comercian, juegan, viajan y trabajan y, donde además, duermen y son enterrados).

El grueso de la población vive en palafitos que ubican a orillas de los ríos y que varían de tamaño; los hay donde habitan desde 20 hasta 300 personas. Generalmente no tienen paredes ni divisiones internas. El mobiliario principal es el chinchorro que se coloca al lado de un fogón de barro, que ofrece calor en las frías noches y auyenta los mosquitos.

La autoridad en las familias la ejerce el suegro del esposo. Tienen sistemas de parentesco muy estrictos y se casan muy jóvenes. Actualmente visten a la usanza

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