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PRIMA DE SERVICIOS


Enviado por   •  16 de Agosto de 2015  •  Síntesis  •  593 Palabras (3 Páginas)  •  146 Visitas

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Prima de servicios

La prima de servicios puede ser definida como un “salario”, el cual consiste en pagarle al trabajador el valor de un salario mensual por cada año laborado, o, proporcionalmente por el tiempo que el trabajador haya estado vinculado con la empresa o lugar de trabajo. Esta prima tiene una valor, que esta dividido en dos pagos que deben ser realizados “semestralmente” de la siguiente manera:

-El primer pago se debe hacer, a mas tardar el 30 de junio de cada año.

-El segundo pago se debe hacer, a mas tardar el 20 de diciembre de cada año.

Pese a que el segundo pago se hace maximo hasta el 20 de diciembre, la fecha de corte que se tmara para la liquidacion es a 31 de diciembre de dicho año.

El valor que se toma como base para la liquidacion de la prima de servicios, es el promedio del salario devengado por el trabajador en el semestre que corresponda (incluyendo el valor de horas extras, recargos nocturnos, festivos, dominicales y comisiones).

La prima de servicios en el sector publico se encuentra regulada en los articulos 42, 58 y 59 del decreto 1042 de 1978; señalando que constituye factor salarial, estableciendo la forma de liquidacion y aplicacion, en relacion con los empleados del orden nacional segun determina el articulo primero de la misma norma.

Ahora bien, teniendo claro el concepto de la prima de servicios y las ultimas acciones del estado establecidas en el decreto 1919 de 2002  y la sentencia c 412 de 2013 los cuales nos hacen saber que se hizo una cancelacion de la prima de servicios en el nivel territorial; podemos construir un concepto el cual esta basado en uno de los derechos fundamentales constitucionalmente hablando, con base a este derecho fundamental, cabe la posibilidad de exigirle al estado el reintegro de la prima de servicios en el nivel territorial.

-Citacion del derecho fundamental, articulo 13 “Constitucion Politica de Colombia”:

ARTICULO 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.

El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados.

El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.1

De acuerdo al anterior articulo Constitucional, en forma de peticion, dirigida al gobierno, pediria que e establezca y reconozca el derechos por continuidad al pago de la Prima de Servicios y la Bonificación por Servicios Prestados tanto para empleados del orden nacional como territorial, toda vez que aunque la nación y las entidades territoriales no se encuentran en un plano de igualdad fiscal, reconociendo las limitantes que le impone la Ley 617 de 2000 a los Municipios del país, podría tenerse en cuenta la categoría de los Municipios al momento de excluirlos definitivamente del reconocimiento de estas prestaciones.

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