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PROCESO DE ACCION POPULAR


Enviado por   •  11 de Mayo de 2013  •  7.326 Palabras (30 Páginas)  •  500 Visitas

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PROCESO DE ACCION POPULAR

Introducción

El objetivo principal es analizar la normatividad para lograr un conocimiento integral de esta Figura. Al conocer los mecanismos de protección que permiten resguardar los derechos e intereses colectivos de los hombres en el desarrollo de sus actividades socioeconómicas, Su alcance, limitaciones y procedimientos otorgados por la Constitución política Peruana. Análisis con el cual podemos entender y tramitar estos mecanismos para la defensa y respeto de nuestros derechos e intereses colectivos que ha ido en aumento con los avances tecnológicos, científicos, industriales y Comerciales de nuestra sociedad.

Asimismo el presente trabajo consiste en orientar a las personas sobre la conveniencia del proceso constitucional de “Acción Popular” como una herramienta útil para combatir los excesos reglamentarios del Poder Ejecutivo, que por medio de Decretos Supremos o Resoluciones de Superintendencia de carácter general pueden estar infringiendo el texto de las leyes tributarias o en forma directa la Constitución.

Si bien el proceso de Acción Popular, tal como es concebido hoy día, tuvo su génesis en la Constitución Peruana de 1933, contando con un mayor plazo de vida que la acción de inconstitucionalidad (que surgió en la Constitución de 1979); sin embargo, en la práctica el primero de los procesos ha tenido menor arraigo, tal vez por desconocimiento acerca de su uso o por la desconfianza que genera el hecho que su resolución se confíe en el Poder Judicial.

Por dicho motivo, se han introducido una serie de modificaciones en la regulación del proceso de Acción Popular en nuestro Código Procesal Constitucional, que tienen como función revitalizar esta figura, y recomendar su utilización por encima del proceso de amparo en determinados casos. Sin embargo, hubiera sido recomendable disponer la retroactividad en forma imperativa de la resolución estimativa, a fin de no relegar dicho proceso en beneficio de la Acción de Amparo.

1.- Diagnostico Situacional

El proceso de acción popular reviste singular importancia en la medida que su regulación constitucional- artículo 200 inciso 5 Constitución 1993- prevé que procede, por infracción de la Constitución y de la ley, contra los reglamentos, normas administrativas y resoluciones y decretos de carácter general, cualquiera sea la autoridad de la que emanen.

Si bien el proceso de acción popular no es en estricto un proceso de control normativo con las potestades de control concentrado como sucede con los procesos de inconstitucionalidad y competencial, cuya definición está reservada exclusivamente al Tribunal Constitucional en instancia única, sí podemos afirmar que este proceso representa el control constitucional que hacen los jueces del Poder Judicial de la compatibilidad iusfundamental de las normas reglamentarias que vulneran los principios, valores y directrices contenidos en la Carta Fundamental.

2.- Pregunta general

¿Y por qué el Tribunal Constitucional no debería ejercer función revisora en este tipo de procesos?

2.1 Pregunta específica

¿Debe ser conocido el proceso de acción popular por el supremo intérprete en tanto los jueces del Poder Judicial pueden equivocarse y debe subsanarse este error por parte del Tribunal Constitucional?

3.- Hipótesis

La respuesta es encontrada en el Derecho Comparado (históricamente las Constituciones de Cuba, Honduras, Bolivia, Panamá, El Salvador y Guatemala confieren potestad de conocimiento de esta acción al Poder Judicial). En adición a ello, las Constituciones de Perú de 1933, 1979 y 1993 han regulado que se trata de un proceso que debe ser conocido por el Poder Judicial.

A juicio nuestro, debe estimarse, bajo las reglas de la razonabilidad, que en un Estado Constitucional deben delimitarse adecuadamente las competencias y éstas son objetivas en nuestro país en cuanto las normas con rango de ley son objeto de control constitucional por parte del supremo intérprete de la Constitución. A su vez, las normas reglamentarias, como hemos referidosupra, deben ser constitucionalmente controladas por el Poder Judicial.

Es importante hacer a un lado la desconfianza kelseniana de que el trabajo de los jueces debe ser objeto de múltiples controles. Y en el hipotético caso de que una sentencia de acción popular fuere contraria a la Constitución, queda plenamente habilitado el proceso constitucional de amparo contra resolución judicial.

4.- Marco Metodológico

4.1 La acción popular en la experiencia romana.

En el derecho romano, según el libro 47, titulo 23, Ley 1 del Digesto, existía unaactio popularis, pretorias y penales para amparar los derechos propios del pueblo. Toda persona libre podía ejercer una acción penal contra la perpetración de delitos que atacaban bienes directamente relacionados con intereses sociales o con hechos que interesaban a toda la comunidad

La cita del Digesto 47.23.1. título XXIII denominado “De las acciones populares”, dice:

1. Paulus Libro VII, ad edictum.- Eam popularem actionem dicimus, quae suum ius populi tuetur. Paul. 8 ed “Llamamos acción popular la que ampara el derecho propio del pueblo”.

A partir de esta cita señalamos que la acción popular es aquella que se ejercita en defensa del derecho del pueblo (populus).

Para especificar el concepto de populus citemos a Gayo en Inst. 1.3., donde señala que: “... con el nombre de pueblo se comprenden todos los ciudadanos,...”

Podemos por tanto afirmar que, la acción popular es aquella que tiende a proteger, garantizar y legitimar el derecho del populus, integrado por una colectividad ciudadana que a diferencia de la concepción moderna, asumía el compromiso no solo de abstenerse a dañar al interés colectivo, sino que también procuraba su arreglo de acuerdo con las condiciones y medios procesales que el derecho romano establecía para ello, cuando era afectado como miembro de ese populus.

4.2 Interés colectivo.

Como se ha señalado en líneas anteriores, la protección del “interés colectivo”, es el argumento que da vida a la acción popular, y para comprender la importancia del mismo, consideramos oportuno hacerlo a partir de la noción de la res pública, para lo cual citaremos lo que el Digesto en el libro “sobre la significación de las palabras” nos dice:

D. 50.16.23. Ulpianus Libro XIV. Ad Edictum.- “Rei” appellatione et causae, et iura continentur D. 50.16.23.

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