ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Panamá Y Su Dominio Aereo


Enviado por   •  9 de Noviembre de 2014  •  3.042 Palabras (13 Páginas)  •  6.443 Visitas

Página 1 de 13

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

“INSTITUTO RUBIANO”

INTEGRANTES:

KEVIN ARAÚZ

ENEYDA CHIRÚ

ANGEL A. GUERRA

CANDY VARGAS

STEPHANIE CASTILLO

JONATHAN URRIOLA

AXEL ARAÚZ

TRABAJO DE:

GEOGRAFÍA

Tema:

“PANAMÁ Y SU DOMINIO AÉREO”

AÑO:

12°B

FECHA DE ENTREGA:

30 DE OCTUBRE DE 2014

INTRODUCCIÓN

En este trabajo trataremos sobre el espacio aéreo en general y el espacio aéreo panameño.

El espacio aéreo se menciona en el Articulo 3 de la Constitución Política de la Republica de Panamá. Este articulo dice lo siguiente: “El territorio de la República de Panamá comprende la superficie terrestre, el mar territorial, la plataforma continental submarina, el subsuelo y el espacio aéreo entre Colombia y Costa Rica de acuerdo con los tratados de límites celebrados por Panamá y esos estados”.

Nuestro objetivo en este trabajo es conocer más sobre el espacio aéreo en general y darle un enfoque nacional basado en la legislación panameña. Existe un gran vacío de información en el tema del espacio aéreo en nuestro país producto del corto periodo de jurisdicción panameño.

ÍNDICE

PRESENTACIÓN

INTRODUCCIÓN

ÍNDICE

CONTENIDO

PANAMÁ Y SU DOMINIO AÉREO:

-concepto y extensión del dominio aéreo…………………………………………………………. 1-2

-base legal del dominio aéreo panameño………………………………………………………… 3-4-5

-rutas aéreas internas y externas del territorio nacional………………………………………….6-7

-pistas de aterrizajes en panamá ………………………………………………………………….. 8

- autoridad aeronáutica civil y sus funciones…………………………....................................9-10-11

-problemas del espacio aéreo……………………………………………………………………… 12

ANEXO

BIBLIOGRAFÍA

“Dominio aéreo de panamá”

 CONCEPTO Y EXTENSIÓN DEL DOMINIO AÉREO:

El Dominio aéreo es el que ejerce el Estado en el espacio que se prolonga verticalmente sobre su territorio o, mejor dicho, sobre sus dominio terrestre y acuático.

El espacio aéreo es una porción de la atmósfera terrestre, tanto sobre tierra como sobre agua, regulada por cada país en particular, estando definido dependiendo del movimiento de aeronaves, el propósito de las operaciones, y el nivel de seguridad requerido. Basado en la legislación internacional, la noción de “espacio aéreo soberano”, se corresponde con la definición marítima de las aguas territoriales, que serían 12 NM (millas náuticas, aproximadamente 22 kilómetros) hacia el exterior de la línea de costa. El espacio aéreo que queda fuera de esta línea se considera espacio aéreo internacional, como la declaración de “aguas internacionales” que aparece en la legislación marítima. De todas formas, un país puede asumir la responsabilidad de controlar regiones del espacio aéreo internacional mediante acuerdos, como es el caso, por ejemplo, de Estados Unidos, que mantienen el control de tráfico aéreo en la mayor parte del Océano Pacífico, incluyendo aguas internacionales.

No hay un acuerdo generalizado sobre la extensión vertical de la soberanía del espacio Aéreo, aunque se sugieren 30.000 metros. La superficie terrestre y marítima sirven como Medio para el despegue y aterrizaje de las aeronaves, así como para el asentamiento de los servicios de infraestructura de la navegación aérea, pero ésta se desarrolla primordialmente, y encuentra su ambiente propio en el espacio aéreo, de ahí la importancia de su regulación.

El régimen jurídico del espacio aéreo se centra en dos cuestiones fundamentales, que son la seguridad del tráfico que en ese espacio se realiza, y los derechos de soberanía de los Estados.

Dicho espacio aéreo, está clasificado por la OACI (Organización de Aviación Civil Internacional) en siete clases, identificadas con una letra, de la “A” a la “G”. Los requisitos de vuelo, y servicios suministrados por cada clase, se encuentran especificados en la tabla de Clasificación del espacio aéreo ATS. No todos los países tienen las mismas clasificaciones de sus espacios aéreos, sino que suelen seleccionar las que estén más acordes con las necesidades que se requieran.

 Base legal del dominio aéreo panameño

1963

En 1963, se promulga el Decreto Ley No. 19 de 8 de agosto, mediante el cual se promueve la seguridad y eficiencia de los servicios aéreos y se fortalece la estructura económica con miras a hacer más amplias y firmes las relaciones económicas y culturales con otras naciones. Con este Decreto, se crea la Dirección General de Aeronáutica Civil bajo la dependencia del Ministerio de Gobierno y Justicia, con la facultad de dirigir, administrar y vigilar las actividades relacionadas con la Aviación Civil en Panamá.

Durante este período, la Dirección General de Aeronáutica Civil era un organismo que fungía como “Agente de Retención” de

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (19.8 Kb)  
Leer 12 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com