Para el caso de que un trabajador fuera despedido de forma injustificada por la empresa a quien se encontraba subordinado, ¿cómo acción, puede demandar como patrón solidario a la intermediaria que intervino en su contratación para que prestará sus s
roystrokeTrabajo29 de Octubre de 2016
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DERECHO DEL TRABAJO
- Para el caso de que un trabajador fuera despedido de forma injustificada por la empresa a quien se encontraba subordinado, ¿cómo acción, puede demandar como patrón solidario a la intermediaria que intervino en su contratación para que prestará sus servicios a la referida empresa?
R= Efectivamente y de acuerdo al texto del artículo 14 de la Ley Federal del Trabajo las personas que utilicen intermediarios para la contratación de trabajadores, serán responsables de las obligaciones establecidas en la Ley.
- ¿Consideras que la falta de contrato priva de sus derechos laborales al trabajador frente al patrón?,
R= Por supuesto que NO, los derechos de los trabajadores no están privados, simplemente hay que hacerlos valer de acuerdo a lo establecido en la Ley de la materia, ya que como es sabido generalmente en nuestro país estas prácticas son muy comunes, hoy en día la persona que encuentra una fuente de trabajo queda suficientemente agradecida como para exigir algún contrato, y a pesar que la forma establecida en el artículo 26 mencione que se le imputara al patrón la falta de esa formalidad, ellos (los patrones) parece que siempre están dispuestos a correr ese riego.
- Crees que los OUTSORCINGS son una especie de “fraude” al Derecho del Trabajo,
R= Si atendemos directamente a la esencia del derecho del trabajo y recordamos sus orígenes y su gran lucha a través de la historia para obtener grandes logros laborales, pero sobre todo el respeto de los derechos de los trabajadores frente a las prácticas abusivas de parte de los patrones, SI, es un FRAUDE, un engaño y una traición a la histórica lucha obrera, esta figura cimentada bajo un marco jurídico legal, es abusiva y representa una regresión en los beneficios histórico - laborales de la clase trabajadora.
- Consideras que el Estado se encuentra impotente para frenar este tipo de actitudes lesivas, argumenta tu respuesta.
R= Efectivamente el Estado ya NADA puede hacer para dar marcha atrás, desafortunadamente para el Derecho Laboral, las cosas han venido desmoronándose atendiendo principalmente al fenómeno de la globalización, ya que como es sabido los derechos de las personas se han sometido a una subordinación obligatoria a la ECONOMIA, hoy en día el fenómeno financiero representa la voluntad de las circunstancias, pero siempre en beneficio de las elites de poder, un ejemplo de esto lo podemos encontrar dentro de los requisitos del banco mundial para otorgar un préstamo a los países solicitantes, en donde como requisito les piden reformas de carácter laboral a sus legislaciones, condicionando y violentando la soberanía del país, la cual sabemos que en un país como el nuestro a los representantes de nuestro gobierno poco o nada, eso, parece importarles.
- ¿Cuál es tu propuesta?
R= Mi propuesta versa indiscutiblemente en el tema de la INFORMACION, desafortunadamente la realidad social de nuestro país en nada favorece a la ciudadanía y contrariamente favorece a estas figuras del outsorcing y las prácticas empresariales para obtener beneficios y deslindar responsabilidades frente a los trabajadores, considero que un mensaje informativo a la comunidad a través de cualquier medio es importante compartir con las personas que desconocen de esta problemática.
Considero que un tema debidamente informado puede tener impacto trascendental y si bien es cierto que desaparecer la figura de los outsourcings resulta prácticamente imposible, también es cierto que, si una persona al momento de solicitar un trabajo demuestra conocimiento de sus derechos laborales básicos, puede ejercer presión para la obtención de las mejores condiciones laborales posibles y sobre todo el respeto de sus derechos constitucionales y humanos.
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