Pasos Del Procedimiento Penal En Bolivia
krtb2 de Diciembre de 2012
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Derecho Procesal Penal
Dr. Mauricio Jemio
TEMA 1
NOCIONES DEL DERECHO PROCESAL PENAL
I INTRODUCCIÓN
El Derecho Procesal Penal tiene un carácter primordial como un estudio de una justa e imparcial administración de justicia, posee contenido técnico jurídico donde se determinan las reglas para poder llegar a la verdad discutida y dictar un derecho justamente. Es el camino que hay que seguir, un ordenamiento preestablecido de carácter técnico. Garantiza, además la defensa contra las demás personas e inclusive contra el propio Estado.
El Derecho Procesal Penal tiene sus propias características que permiten diferenciarlo de otras ramas del Derecho.
Cuando mencionamos las características del Derecho Procesal Penal durante su evolución podríamos citar muchos autores que clasifican con algunas diferencias unos de otros al Derecho Procesal Penal, pero en muchos de los casos, esas clasificaciones corresponden a un Derecho Procesal Penal más evolucionado y en el que la clasificación de sus características se ha realizado analizando los actuales conceptos y principios fundamentales que rigen esta rama del Derecho.
Por tanto es necesario que se realice un análisis de las características de aquella evolución que se da a través de los tiempos antes de poder analizar las modernas definiciones existentes sobre las características actuales del Derecho Procesal Penal y, además se tendría que conocer de manera indispensable acerca de las dos funciones históricas, de las cuales resultan formas universalmente conocidas como sistema acusatorio y sistema inquisitorio.
II.- SISTEMA ACUSATORIO, INQUISITIVO Y MIXTO
A.- SISTEMA ACUSATORIO
La primitiva concepción del Juicio Criminal exigía un acusador, prevalecía el interés privado, el del ofendido; posteriormente evoluciona y esta persona era cualquiera del pueblo, procedimiento que a su vez evoluciona por introducir la publicidad y la oralidad.
La decadencia de este sistema radica básicamente en que para que funcione se requiere que se dé en un pueblo eminentemente educado en las virtudes ciudadanas y que en la realidad este sistema no consulta los intereses de la defensa social y el inadecuado ritmo de la vida contemporánea corrompida por la baja política y donde están ausentas las virtudes cívicas.
***SISTEMA ACUSATORIO.-
Varios pilares:
- Oralidad (todo debe ser oral incluso la prueba)
- Publicidad (el proceso debe ser oral)
- Contradicción ( contraprestación de intereses)
Enfrenta a 2 partes en litigio ( una lucha de intereses contrapuestos que resuelve un juez imparcial: juez natural ( son ciudadanos y técnicos los que juzgan)).
Proceso penal en ese sistema no puede iniciarse sin la acusación fiscal tampoco el juez puede iniciar de oficio un proceso, menos producir prueba
Existen 2 partes en el litigio:
1° acusadores que pretenden demostrar:
- existencia del hecho
- responsabilidad del acusado Buscando una sentencia acusatoria
- sanción
2° defensores que pretenden demostrar :
- que el hecho no existe es o no es delito
- que el acusado no ha participado Buscando una sentencia absolutoria
- busca una sentencia absolutoria
Su otro principio básico, la Carga de la Prueba exclusivamente de la parte acusadora, el imputado no puede hacer nada hasta que se lo pruebe.
Igualdad de Condiciones, que ambas partes tienen derechos y deberes.
EL PROCESO PENAL : TIENE 3 ETAPAS:
1° ETAPA INVESTIGATIVA Se divide en 2:
- investigativa o preliminar a denuncia, querella o acción directa
- Ministerio Público
- Policía: la FELCC, órganos coadyuvantes:
-forense buscan que el hecho
-laboratorios existió y es delito q
-IDIF hay un responsable
- preparatoria a juicio ¬¬ etapa que le corresponde al fiscal.
- resolución fundamentada ( donde se debe explicar porque se esta
imputando, que prueba se va a presentar y como pretende demostrarla.
-medidas cautelares.
-se caracteriza porque el imputado de alguna manera presenta prueba ya sea:
- ofreciendo prueba.
- cuestionando prueba, radica:
~ Legalidad que la prueba que indica cumpla con las
~ Formalidad formalidades.
El fiscal en esta etapa, puede:
-acusar tiene pruebas suficientes para irse a juicio
- sobreseer declaración del fiscal que no tiene pruebas en contra del imputado o que estas pruebas con insuficientes para demostrar la acusación.
SI ACUSA, SE INGRESA A LA ETAPA INTERMEDIA O JUICIO ORAL.
2° ETAPA DEL JUICIO ORAL.- Tiene 3 etapas:
CONSTITUTIVA radicatoria de la causa : conoce un tribunal de sentencia.
elección y nombramiento de jueces ciudadanos
señalamiento del juicio.
AUDIENCIA MISMA
fundamentación oral de la acusación
excepciones
declaración del acusado
producción de prueba
conclusiones
RESOLUTIVA Solo corresponde al Tribunal de Sentencia, ¿qué va a resolver? Va a resolver una sentencia condenatoria o una sentencia resolutoria.
3° ETAPA DE LOS RECURSOS
APELACIÓN incidental
restringida
RECURSO DE CASACIÓN
REVISION DE SENTENCIA
A.1.- CARACTERÍSTICAS DEL PROCESO ACUSATORIO
1. El juez no es un representante del Estado ni un juez elegido por el pueblo. El juez es el pueblo mismo, o una parte de él, si este es muy numeroso para intervenir en el juicio. La acción corresponde a la sociedad, mediante la acusación que es libre y cuyo ejercicio se confiere no sólo al ofendido y a los parientes, sino a cada ciudadano.
2. El juez funda su sentencia. Se limita a pronunciar un a justificación y motivación de sus fallos
3. Los fallos son apelables. El veredicto no sólo es susceptible de recurso de apelación sino de casación por un tribunal que únicamente tiene facultad de examinar si se han observado las normas de rito o si la ley ha sido aplicada.
4. Es como un duelo entre el acusador y el acusado en que el juez permanece inactivo ya que como sujeto procesal controla que el juicio se lleve con celeridad y siguiendo el procedimiento. La etapa contradictoria del juicio se realiza con igualdad absoluta de derechos y poderes entre acusador y acusado.
5. Si no existe acusación( fiscal ni particular) no podía haber juicio, es decir, en estos casos no había acusaciones de oficio.
6. En el proceso se juzga el valor formal de la prueba, la cual incumbe al acusador y el juez sólo evalúa la forma y en ello se basa para expedir su resolución. La presentación de las pruebas constituye una carga exclusiva de las partes.
7. La libertad personal del acusado es respetada hasta el instante en que se dicte la sentencia condenatoria y esta se ejecutorie.
El veredicto se fundamenta en el libre convencimiento de la existencia del hecho y la responsabilidad del acusado.
SISTEMA INQUISITIVO.-
ETAPA DE LA INSTRUCCIÓN
Juez Instructor:- investigaba se iniciaba con el auto inicial de instrucción
- juzgaba calificaba el delito y resolvía la situación
Jurídica del imputado.
- declaraba el auto final de la instrucción que decía:
+ procesamiento
+ sobreseimiento
El fiscal era un accesorio su función era simplemente acusar ( no
Fundamentaba, no existía garantías constitucionales)
El fiscal y el juez compartían un mismo despacho
PLENARIO O JUICIO MISMO, lo atendía
Juez de Partido:- todo se realizaba oralmente
- nuevamente el fiscal acusaba
- no existía el principio de objetividad.
En el Sistema Inquisitivo el imputado era conocido como objeto de persecución penal y no como titular de garantías. Actualmente el Ministerio público esta separado en sus decisiones y competencias del Órgano Jurisdiccional.
En este sistema ninguna duda favorecía al acusado por tanto no existía el principio del INDUVIO PRO REO, la detención preventiva estaba sujeto a la voluntad del juez, en otras palabras se ejercía el IUS PUNIENDI del Estado.
B.- SISTEMA INQUISITIVO
En este sistema el Juez, es el que por denuncia, por quejas, por rumores, inicia el procedimiento de oficio, se dedica a buscar las pruebas, examina a los testigos, todo lo guarda en secreto. No hay acusado, la persona es detenida y colocada en un calabozo. El nuevo modelo proponía en lugar la escritura y el secreto de los procedimientos, de la negación de la defensa y de los jueces delegados del poder imperial, la publicidad y oralidad en los debates, la libertad de defensa y el juzgamiento de los jurados, lo cual generó la extinción de este sistema netamente inquisitorio para aparecer el denominado sistema inquisitivo reformado o sistema mixto.
B.1.- CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA INQUISITIVO
1. En este sistema el juzgador es un técnico.
2. Durante el curso del proceso, el acusado es segregado de la sociedad, mediante la institución denominada prisión preventiva.
3. El juzgador es un funcionario designado
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