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Patrimonio, concubinate y divorcio


Enviado por   •  25 de Mayo de 2019  •  Resúmenes  •  2.222 Palabras (9 Páginas)  •  75 Visitas

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                                      Patrimonio familiar

Concepto:

El conjunto de bienes destinados por uno de los miembros de la familia, a satisfacer las necesidades de esta.

Bienes susceptibles

I.  La Casa-habitación de la familia

II. El lote destinado a la construcción de casa-habitación

III. Terreno

IV. Los bienes inmuebles de la casa

Existen algunas características que protegen el patrimonio familiar:

  • Inalienables: No puede venderse o cederse
  • Inembargables: no puede embargarse
  • Imprescriptible: no puede perder vigencia o validez
  • Libre de todo gravamen:

                                                             Procedimiento

  1. Jurisdicción voluntaria: Quien decir integrar a uno o más miembros a su familia deberá presentar una solicitud al juez de lo familiar y comprobar lo siguiente (articulo731)

I. Que sea mayor de edad

II. Que este domiciliado en el lugar donde se quiere constituir el patrimonio.

III. la existencia de una familia

IV. Que es de su propiedad

  1. Juicio sumario: es la constitución involuntaria o forzada de un patrimonio familiar en la cual un miembro de la familia quiere demandar y acude ante la autoridad judicial, debe presentarse por escrito y reunir los requisitos necesarios además de exponer las razones por la cual exige alimentos.
  2. Procedimiento administrativo: Se utiliza para crear un patrimonio familiar a partir de bienes del orden publico en general para personas que carecen de recursos económicos y el estado contribuye para que obtenga su patrimonio, además de los requisitos de jurisdicción voluntaria debe cumplir con otros como (Ser mexicano, que son aptos para desempeñar algún oficio, que su promedio de ingresos alcance para pagar la propiedad y que carezcan de bienes)

                                                    Maneras de constituirse.

De conformidad con la legislación civil o familiar, tanto federal como local, puede constituirse de las siguientes maneras

  • Constitución voluntaria: es cuando los miembros de la familia deciden de manera voluntaria constituir un patrimonio familiar.
  • Constitución voluntaria con bienes propios: un miembro de la familia cuenta con un bien propio para poder dar a su familia un lugar seguro para vivir y solvencia económica.
  • Constitución voluntaria con bienes de dominio público: Este termino generalmente se ocupa para las familias de bajos recursos con precios accesibles, un ejemplo de estos seria: INFONAVIT.
  • Constitución forzosa se estableció para proporcionar a los acreedores un seguro a su favor en la vista de la conducta irresponsable del deudor.                                      

La ampliación y disminución.

           La ampliación y disminución del patrimonio de la familia esta directamente vinculadas con el valor de los bienes que lo constituyen, por ellos cuando disminuye el valor máximo legal, el patrimonio puede ampliarse, previa aprobación judicial y reducirse cuando el valor haya aumentado en mas del 100% del máximo autorizado, en los caso en los que la familia demuestre gran necesidad o cuando la disminución resulte benéfica para la familia                                                        

 La extinción

La extinción del patrimonio se entiende como el fin de estar afectos a los bienes de la familia, las causas que se dan para dar por terminado este vínculo son:

I.  Que, cese el derecho de todos los beneficiarios de recibir alimentos

II. Que, sin causa justificada, la familia deje de habitar la casa

III. Que se demuestre que la extinción es de gran necesidad

              IV. Que, por causa de utilidad publica

V. Que el patrimonio esta forma por bienes vendidos por el estado con el fin de favorecer la formación del patrimonio de la familia.

                                                         

   

                                   Concubinato

Concepto

 Es la unión permanente entre un hombre y una mujer, sin estar unidos por matrimonio, mantienen una comunidad de habitación y de vida, de modo similar a la que existe entre los cónyuges.

 Por lo antes mencionado deben cumplir con ciertos requerimientos como: deberá ser entre hombre y mujeres, no deben estar casados y Deberán vivir como si fueran esposos.

Naturaleza jurida

Su naturaleza jurídica nos dice que es un hecho jurídico del hombre, porque es un hecho originado por el ser humano que no pretende ir más allá del querer entablar una relación sin ataduras ni compromisos de ningún tipo.

Requisitos:

•        Identificación oficial vigente de ambos comparecientes.

•        Comprobante de domicilio.

•        Dos testigos mayores de edad debidamente identificados.

•        Acta de nacimiento de los hijos, si los hubiere.

Características:

Cohabitación

Es la característica esencial del concubinato. Cuando las partes no comparten domicilio, no podemos considerar que exista un concubinato.

Vivir juntos significa que la pareja compone una comunidad y, como tal, se producen situaciones que precisan la intervención o regulación legal.

Singularidad

Supone que todos los factores que conforman el concubinato tienen que estar presentes únicamente entre los dos sujetos. Sin embargo, no desaparece la singularidad porque algunos elementos aparezcan con otros sujetos que no sean parte en el concubinato.

Permanencia

Tiene que existir un factor temporal; es decir, no puede ser una relación ocasional o de corto recorrido en el tiempo. Es tan importante esta característica que si la relación de pareja no tiene cierta duración en el tiempo, no se considera concubinato.

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