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Penologia


Enviado por   •  29 de Octubre de 2014  •  2.722 Palabras (11 Páginas)  •  124 Visitas

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La penología

La Penología es una discutida ciencia penal que se ocupa de la aplicación y ejecución de las penas, y de forma general del castigo y tratamiento del delincuente.

La discusión sobre su propia existencia diferenciada de la ciencia penitenciaria vinculada al derecho penitenciario, estriba en que trata en muchas ocasiones aspectos que son objeto central de estudio de la anterior. Sin embargo, otros sectores doctrinales le atribuyen un carácter propio y específico, al entender que no solo actúa en el terreno de la aplicación de las penas en el ámbito exclusivo de la prisión, sino también de esa misma aplicación en los casos en que el condenado cumple la sanción penal fuera de un recinto penitenciario.

Su denominación procede del término inglés Penology, aparecido en 1834 de la mano de Francis Lieber, quien la concibió en el sentido amplio que mantienen sus defensores como disciplina autónoma. Posteriormente, y a través de todo el siglo XIX, se limita su contenido, por influencia de la doctrina francesa, a las penas privativas de libertad, confundiéndose así con la «ciencia penitenciaria».

Al desarrollarse en la práctica contemporánea los tratamientos de libertad y semilibertad de los condenados, ha vuelto a adquirir interés. Desde este punto de vista puede definirse como «la disciplina que tiene por objeto el estudio de los diversos medios de represión y prevención directa del delito, de sus métodos de aplicación y de la actuación pospenitenciaria».

Forman parte de su contenido toda clase de penas y medidas de seguridad, así como los medios de ejecución y aplicación de las mismas. Dentro de ella ocupa un sector muy importante la ciencia penitenciaria, concebida como rama de la penología que se ocupa de la pena de prisión, de sus métodos de ejecución y aplicación, y de toda la problemática que la vida en prisión plantea. Los modernos medios de tratamiento en libertad trascienden de lo puramente penitenciario, pero quedan dentro de los límites de la penología. Aparece ésta, concebida del modo expuesto, como «ciencia del tratamiento de los delincuentes».

Con este contenido y límite se configura como una disciplina de naturaleza mixta, que no encuentra acomodo ni entre las ciencias normativas ni entre las causal-explicativas. Concebida así, le son aplicables las tres notas que, según García Basalo, caracterizan su naturaleza: jurídica en su base, pedagógica en sus medios, y social en su fin. Esto explica que la Penología utilice en la investigación de su objeto métodos propios de otras disciplinas, en particular los de las Ciencias del hombre y los propios de las ciencias sociales. En cuanto a las normas jurídicas que regulan la ejecución de las penas y medidas de seguridad, forman parte de su contenido y la Penología habrá de utilizar para su estudio también el método jurídico

LA PENA

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Es el recurso que utiliza el estado para reaccionar frente al delito, expresándose como la "restricción de derechos del responsable". Por ello, el Derecho que regula los delitos se denomina habitualmente Derecho penal. La pena también se define como una sanción que produce la pérdida o restricción de derechos personales, contemplada en la ley e impuesta por el órgano jurisdiccional, mediante un proceso, al individuo responsable de la comisión de un delito.

El término pena deriva del término en latín poena y posee una connotación de dolor causado por un castigo.

El Derecho Penal moderno aboga por la proporcionalidad entre el delito y la pena. En muchos países se busca también que la pena sirva para la rehabilitación del criminal (lo cual excluye la aplicación de penas como la pena de muerte o la cadena perpetua).

Clasificación de penas del Código Penal vigente. Clasificación de penas del Proyecto de Código Penal vigente.

Principales: 1.- Prisión. 2.-Presidio. Por su carácter se clasifican en:

Principales: 1.- Prisión, la que tendrá una duración mínima de 6 meses y máxima de 25 años, salvo excepciones; 2.- La privación de derechos,

3.- La multa. Tanto la prisión, como la privación de derechos son penas privativas de libertad, en los casos de incumplimiento de trabajoy falta de pago de multa. Accesorias: 1.- Privación de derechos, 2.- La multa. Estas penas tendrán la duración que respectivamente tenga la pena principal.

Principales y Accesorias: 1.-Arresto, 2.-Confinamiento, 3.- Inhabilitación absoluta, 4.- Inhabilitación especial, 5.- Multa. Por su gravedad se clasifican en:

Graves: Las penas de prisión e inhabilitación superiores a cinco años.

Menos graves: Las penas de prisión e inhabilitación de 6 meses a 5 años; las de privación a derecho a conducir vehículos motorizados y del derecho a tenencia y porte de armas y a la de residir en determinado lugar superiores a un año; la multa proporcional; la multa superior a 3 meses; el trabajo en beneficio de la comunidad superior a 30 jornadas.

Leves: La privación al derecho a conducir vehículos motorizados o del derecho a la tenencia y porte de armas y la de privación de derecho a residir en determinado lugar de hasta un año; la multa hasta 3 meses y el trabajo en beneficio de la comunidad de hasta 30 jornadas.

Accesorias: 1.- Interdicción civil, 3.- Suspensión de derechos del ciudadano, 4.- Sujeción a vigilancia, 5.- Perdida de instrumento. Son penas privativas de derechos:

• la inhabilitación absoluta.

• La inhabilitación especial.

• La privación del derecho a conducir vehículos motorizados.

• La privación del derecho a tenencia y porte de armas.

• La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos.

• Los trabajos en beneficios de la comunidad.

Presidio: dura de 3 años a 30 años; lleva como accesorias la interdicción civil por el tiempo de la condena y la sujeción a vigilancia de 6 mese a 5 años. Son penas de inhabilitación absoluta:

Las que duran de 6 meses a 20 años y consisten en la pérdida del cargo o empleo público, aunque provenga de una elección popular, la privación de todos los honores públicos, así como la incapacidad para obtener otro honor, cargo o empleo público, la pérdida al derecho a elegir y ser electo durante el tiempo de la condena.

Prisión de uno a doce años. Son penas de inhabilitación especial:

• Tendrá una duración de 6 meses a 20 años y consiste en la prohibición durante la condena a ejercer una profesión, oficio, industria, comercio o actividad de cuyo ejercicio dependa una autorización, licencia o habilitación

• Se aplica siempre que el delito se cometa abusando de la profesión, oficio o actividad o importe una grave o reiterada violación al deber de cuidado o pericia que requiere la profesión, oficio o actividad respectiva. Podrá consistir en la prohibición de ejercer el comercio o de formar parte de los órganos de una persona jurídica cuando el delito se comete en ejercicio de la actividad comercial o importe la violación de la buena fe en los negocios.

• La inhabilitación especial siempre que se ponga como pena con carácter de principal no podrá durar más de 20 años.

Inhabilitación Absoluta: si son penas principales duran de 60 días a 5 años, y son accesorias cuando duran el tiempo de la condena. Perdida del empleo o cargo publico, incapacidad de obtener cargos públicos durante la condena, la suspensión durante la condena del derecho a pedir jubilación. Inhabilitación de derecho al sufragio pasivo: Tendrá una duración de 6 meses a 20 años. Consiste en no poder ser electo en cargo de elección pública.

Inhabilitación Especial: si son penas principales duran de 60 días a 5 años, y son accesorias cuando duran el tiempo de la condena. Privación de alguno o algunos derechos, capacidades o cargos señalados para la Inhabilitación Absoluta, o del ejercicio, arte o industria durante el tiempo de la condena. Inhabilitación especial para el ejercicio de los derechos derivados de la relación madre, padre, hijos y tutelar.

Duración de 6 meses a 20 años. Privación al derecho inherente a la relación padre, madre, hijo y tutelar y la privación de nombramiento para dichos actos.

Confinamiento dura de 30 días a 5 años. Permanencia por el tiempo de la condena en una población distante por lo menos de 100 Kms del lugar en que se cometió el delito y del de la anterior residencia del sentenciado, en el cual podrá dedicarse a su profesión u oficio, bajo vigilancia. Privación del derecho a conducir y portar armas:

• La imposición de la pena de privación del derecho a conducir vehículos motorizados, inhabilitará al penado para el ejercicio de este derecho de un mes a 10 años.

• La misma duración tendrá la pena a privación de tenencia y portar armas.

Arresto de 10 días a 2 años. Privación del derecho a residir en determinado lugar: Tendrá duración de 1 mes a 5 años e impide al penado a volver al lugar en el cual cometió el delito o aquel donde resida la víctima o su familia, si son diferentes.

Multa de 50 córdobas a 75 mil córdobas. Se paga toda o en partesque se pueda, según las circunstancias que el juez establece plazos y garantía real o personal. Si no hay bienes para pagar cumplirá un día de arresto por cada cinco córdobas y no pasara de un año. Trabajos en beneficios de la comunidad:

• La pena de trabajo no retribuido tendrá una duración de 10 a 90 jornadas diarias de trabajo y obliga al condenado a prestar jornadas diarias de trabajo físico e intelectual. La duración diaria de este no excederá de 8 horas y se desarrollará en lugares y horarios que determine el juez competente.

• El trabajo en beneficio de la comunidad será facilitado por la administración local.

Interdicción civil: privación del derecho a la patria potestad, y a la admisión de sus bienes. Pena de multa:

• Consistirá en el pago de dinero que se fijará en días-multa. Su límite mínimo será de 10 días y su máximo de 1000 días.

• Los jueces fijarán los días multa, atendiendo a las circunstancias del hecho, en sentencia motivada, para cada delito.

• Se motivarán en las condiciones económicas del imputado. Un día multa será calculado sobre la base de una tercera parte del ingreso diario del condenado. Se debe hacer la averiguación necesaria para determinar la verdadera situación económica del imputado.

• La multa se cumplirá pagando a beneficio del Sistema Penitenciario.

• La persona condenada debe cubrir el importe total de la multa dentro de los 15 días siguientes a la firmeza de la sentencia; aunque el juez podrá autorizar un plazo mayor, en base a la condición económica del imputado. En caso que éste tenga bienes propios, podrá exigirse garantía sobre ello y en caso que no se cubra la multa en el plazo correspondiente ordenará su embargo y remate. De la pena de multa se descontara la parte proporcional que haya satisfecho con otra pena o con cualquier medida cautelar de carácter personal.

Sujeción a Vigilancia: El juez determinara ciertos lugares en los que prohíba al penado a presentarse después de cumplir la condena. Conmutación de la pena de multa.

• En caso que el condenado no satisfaga el pago de la multa, por falta de condiciones económicas, la multa impuesta, el juez previa conformidad con el penado acordara el cumplimiento mediante trabajos de utilidad pública. En caso que no acepte la responsabilidad personal subsidiaria consistirá en un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias de multa no satisfechas; también podrá cumplirse en régimen de arresto domiciliar.

• El cumplimiento de la responsabilidad personal subsidiaria extingue la obligación de pago de la multa.

Penas Accesorias:

• Inhabilitación al sufragio pasivo.

• Inhabilitación absoluta o especial en penas de prisión de hasta 12 años, atendiendo la gravedad del delito si tuviera relación directa con el delito cometido.

• Privación de derechos a conducir vehículos motorizados, tenencia y porte de armas, residir en determinados lugares o acudir a ellos, o a la inhabilitación especial del ejercicio de la relación padre, madre, hijo atendiendo la naturaleza del delito

Clasificación de las penas[editar]

Tipos de penas sancionadas por el delito cometido :

A pesar de la connotación de dolor, las penas pueden ser de multitud de formas diferentes, no necesariamente dolorosas, en función del tipo de sanción que quiera imponer elEstado.

Penas corporales[editar]

En sentido estricto, las penas corporales son las que afectan a la integridad física. También puede entenderse pena corporal en sentido amplio como aquellas que no sean pecuniarias. En aplicación del sentido estricto, penas corporales son:

• Tortura: Se suele entender que se trata de un trato inhumano o degradante y que va contra los derechos fundamentales, pero en muchos países se sigue usando (azotes,amputaciones, etc.).

• Pena de muerte: La más drástica, abolida en muchos países. Sin embargo, no se considera trato inhumano o degradante, al contrario que la tortura o los azotes.

Penas infamantes[editar]

Aquellas que afectan el honor de la persona. Son comunes en los delitos militares (por ejemplo, la degradación).

Penas privativas de derechos[editar]

Son aquellas que impiden del ejercicio de ciertos derechos (generalmente políticos como el voto o familiares como la patria potestad), privan de ciertos cargos o profesiones o inhabilitan para su ejercicio. Hoy en día también son muy comunes la privación del derecho de conducción de vehículos de motor, y la privación del derecho al uso de armas. También son importantes las inhabilitaciones para el ejercicio de cargos públicos durante un tiempo determinado.

Son de muy variado contenido y existe una tendencia a su expansión. Se trata en la actualidad de una categoría residual abierta que se define por ser aquellas penas distintas de privación de libertad y multa. Propiamente hablando toda pena priva de algún derecho.

Entre estas, se pueden señalar: inhabilitación absoluta, que priva definitivamente del disfrute de todo honor, empleo o cargo público durante el tiempo señalado; inhabilitación especial para el ejercicio de un derecho concreto ( como el disfrute de empleo o cargo público, profesión, oficio, industria o comercio, de los derechos de patria potestad, tutela, guardia o curatela, y del derecho de sufragio pasivo); suspensión de empleo o cargo público; privación del derecho a conducir vehículos de motor o ciclomotores, o a la tenencia y porte de armas; privación del derecho a residir en determinado lugar, a acudir a él, o a aproximarse o a comunicarse con determinadas personas.

Penas privativas de libertad[editar]

Se denomina de esta forma a la pena emitida por el juez como consecuencia de un proceso penal y que consiste en quitarle al reo su efectiva libertad personal ambulatoria (es decir, su libertad para desplazarse por donde desee), fijando que para el cumplimiento de esta pena el sentenciado quede recluido dentro de un establecimiento especial para tal fin, llamado comúnmente cárcel, aunque cada ordenamiento jurídico le de un nombre concreto (correccional, establecimiento penitenciario, centro de reclusión, etcétera).

La pena privativa de libertad, tal como su nombre lo indica, consiste en privar de libertad de tránsito al individuo sentenciado; se diferencia de la "prisión preventiva" porque la pena privativa es resultado de una sentencia y no de una medida transitoria como sucede con aquélla. Asimismo se diferencia de las denominadas "penas limitativas de derechos" en que la pena privativa no permite al reo conservar su libertad ambulatoria mientras la "pena limitativa de derechos" por cuanto ésta no afecta en modo alguno la libertad del reo para desplazarse y solamente impone la obligación de realizar ciertos actos (por ejemplo, prestar servicios a la comunidad) o el impedimento de ejecutar otros (ejercicio de una profesión, por ejemplo).

Pese a que viene a ser una concreción de la pena privativa de derechos, la doctrina la sitúa en un campo aparte debido a su importancia. Es la sanción penal más común y drástica en los ordenamientos occidentales (a excepción de la pena de muerte, de escasa extensión). Supone la privación de la libertad del sujeto, y dependiendo del grado de tal privación, pueden distinguirse las siguientes:

• Prisión.

• Arresto domiciliario.

Penas pecuniarias[editar]

La pena pecuniaria es aquella que afecta al patrimonio del penado. Hay que diferenciar en este caso la pena del resarcimiento de la víctima (responsabilidad civil).

• Multa

• Comiso

• Caución

La caución o fianza es la garantia que entrega el encausado para poder defenderse en libertad. El jurista ecuatoriano Enrique León Palacios en su obra "La Libertad, Justicia y Derecho en América Latina" afirma que esta medida es tan solo un priviliegio de los que tienen dinero pues aquellos que no lo poseen no pueden gozar de él.

• Confiscación de Bienes

Esta clasificación de las penas toma en consideración la naturaleza del bien de que privan al sentenciado. Se caracterizan porque recaen directamente sobre le patrimonio, imponiendo al delincuente la obligación de pagar una suma de dinero a favor del Estado o en entregar los bienes u objetos materiales utilizados en la comisión del delito o los obtenidos como producto del mismo.

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