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Pension Alimenticia


Enviado por   •  4 de Julio de 2014  •  1.427 Palabras (6 Páginas)  •  193 Visitas

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PENSION ALIMENTICIA

¿QUÉ ES LA PENSIÓN ALIMENTARÍA?

Es la obligación natural, moral y legal de alimentar a sus hijos. El concepto alimentos incluye todo lo que es necesario para la subsistencia.

Es el derecho de cualquiera de los cónyuges de recibir por parte del otro cónyuge, o bien de los ascendientes o colaterales dinero o especie para sufragar las necesidades primordiales

Es el derecho que brinda la legislación a los hijos, en caso de separación o divorcio de los padres, a recibir los recursos económicos necesarios para su sustento y el modo de vida acorde a su realidad social y económica.

En el procedimiento civil:

La pensión Alimenticia es el resultado que da, el que una persona carente de recursos económicos pida a otra que tenga suficiente, ayuda para su subsistencia; ello Ante la Autoridad Jurisdiccional correspondiente siempre que acredite el vínculo que una a los mismos, ya sea matrimonial o filial

¿QUÉ ES LA PENSIÓN AD-ÍTEM?

Es la que destina a la mujer mientras dure el proceso de divorcio. Pensión que deber pagarse mientras se sustancia el pleito y cuyas cuotas tiene por objeto asegurar la subsistencia del acreedor durante el litigio o sufragar los gastos que ocasiona el procedimiento.

¿QUÉ INCLUYE LA PENSIÓN?

Según nuestra Ley dentro de la pensión alimentaría están comprendidas las siguientes necesidades:

1. Comida.

2. Habitación.

3. Vestido.

4. Educación.

5. Atención Médica.

6. Diversión.

7. Transporte.

8. Gastos extraordinarios.

JURIDICO

¿Cuándo puedo solicitar la pensión?

La pensión se puede solicitar cuando:

• estoy casado(a) y no me voy a divorciar

• me encuentro dentro del procedimiento de divorcio

• no estoy casada(o)

¿Cuánto es el monto establecido?

La ley establece que cuando un menor solicita alimentos de su padre o madre, la ley presume que el alimentante tiene los medios para otorgarlos el alimentante justifica ante el tribunal que no tiene los medios para pagar el monto mínimo, el juez puede rebajarlo prudencialmente.

Según la ley, el monto mínimo de la pensión alimenticia no puede ser inferior al 40% del ingreso mínimo. Si se trata de dos o mas menores, dicho monto no puede ser inferior al 30% por cada uno de ellos.

En todo caso, la pensión no puede ser superior al 50% de las rentas del alimentante.

La asignación por carga familiar no son consideradas para calcular la pensión y corresponden, en todo caso, a la persona que causa la asignación

¿Hasta que edad se le da el derecho de la pensión?

Se mantiene el derecho a la pensión alimenticia hijos hasta cumplir la mayoría de edad (18 años), pero, en caso de estar cursando una carrera universitaria, podrían recibirla hasta cumplir los 21 años.

Si el joven mayor de los 18 años aun requiere de la pensión por estudio superior, tiene que presentar un certificado donde se diga que aun esta estudiando y que las calificaciones este en un nivel aceptable, es decir que en sus notas esté bien.

También se les sigue otorgando el derecho de la pensión a los hijos discapacitados

¿Qué son alimentos provisorios?

El juez debela decretar alimentos provisorios, desde el momento en que exista fundamento plausible del derecho a alimentos (antes el juez podía hacerlo, ahora, se le exige que lo haga).tratándose de alimentos para hijos menores de edad, la ley no solo obliga al juez a decretar alimentos provisorios, sino que le da un plazo muy corto para hacerlo.

Hasta hoy día, al no existir la obligación del juez de decretar los alimentos provisorios, si es que la mujer no los pedía, el juez no los decretaba.

Tratándose de alimentos para los hijos menores del demandado, existían casos en que solicitándolos la mujer, el juez no los daba y otros en que lo hacia en fechas posteriores al comparendo .incluso a veces, los decretaba un poco antes de la dictación de la sentencia, momento en el cual, obviamente el asunto ya no tenia ningún sentido .por eso es tan importante que ahora la nueva ley le de un plazo para hacerlo cuando se trata de alimentos para hijos menores de edad

¿El padre o madre que paga la pensión alimentaría puede solicitar una rebaja?

Si se puede solicitar la rebaja siempre o cuando:

• se queda desempleado por causas ajenas a su voluntad

• se incapacita por razón ajena a su voluntad

• sus ingresos disminuyen

¿Cuando

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