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Poderes de la relación jerárquica


Enviado por   •  16 de Enero de 2014  •  814 Palabras (4 Páginas)  •  345 Visitas

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.2 Poderes de la relación jerárquica.

Los poderes que implica la relación jerárquica son:

• Poder de decisión.

• Poder de nombramiento.

• Poder de mando.

• Poder de revisión.

• Poder de vigilancia.

• Poder disciplinario.

• Poder para resolver conflictos de competencia.

1. Poder de decisión. Es la facultad o potestad de señalar un contenido a la actividad de la administración Pública. Decidir, es ejecutar un acto volitivo, para resolver en sentido positivo, o negativo, o de abstención.

Las decisiones más trascendentales se originan en el titular del Poder Ejecutivo.

2. Poder de nombramiento. Es la facultad que otorgan la Constitución y las leyes que de ella emanan para designar a los funcionarios públicos a partir del segundo nivel de jerarquía.

Este poder de nombramiento es muy importante ya que el Jefe de Estado designa no sólo a sus colaboradores más cercanos, sino a un a miembros del Poder Judicial, los directores de casi todas las entidades paraestatales, de todos los tribunales de la administración y administrativos y aun a muchísimos otros personajes de la vida política como lo es el Presidente del Partido Revolucionario Institucional.

El nombramiento se hace atendiendo a la capacidad, a los conocimientos prácticos o técnicos, experiencia, etc.; es la facultad de nombramiento una cuestión subjetiva que impone al nombrado obligaciones de lealtad y de obediencia hacia el Presidente; es, además de una relación jurídica, una relación personal.

3. Poder de mando. Es la facultad de ordenar a los subordinados la realización de actos jurídicos o materiales; puede revestir cualquier aspecto verbal o escrito, a través de memoranda, oficios, circulares, acuerdos telegramas, fax. La orden trae como consecuencia la obligación de obedecer por parte del funcionario inferior.

Si no se obedece la orden, se da lugar a la terminación del nombramiento, o sea, al cese.

4. Poder de revisión. Es la facultad administrativa que tienen los superiores para revisar el trabajo de los inferiores; se puede ejercitar a través de actos materiales, o de disposiciones jurídicas y trae como consecuencia encontrar fallas que pueden llegar a la revocación, modificación, o confirmación de esos actos.

En el poder de revisión se actúa de oficio, es parte de la competencia de la autoridad superior, es un derecho y una obligación, el revisar los actos del subordinado.

5. Poder de vigilancia. Consiste en supervisar el trabajo de los subordinados, vigilar material, o jurídicamente, a los subalternos; cuando se comprueba que los inferiores faltan al cumplimiento de sus labores, surge una serie de responsabilidades civiles, penales y administrativas. Las civiles penales pueden llegar a

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