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Precripcion adquisitiva

josera660823Ensayo5 de Agosto de 2015

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                                                                           EXPEDIENTE NÚMERO: __________

                                                          JUICIO ORDINARIO CIVIL

                                                                               PRESCRICION ADQUISITIVA

C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DEL RAMO CIVIL EN TURNO

EN CIUDAD OBREGON, SONORA.

PRESENTE:

         

     C. EMMA CECILIA BOJORQUEZ MASCAREÑO, Mexicana, mayor de edad, con el debido respeto comparezco y manifiesto que vengo señalando como domicilio para oír y recibir cualquier tipo de notificaciones en la Calle California No.828 entre calle 200 y 6 de abril de esta Ciudad, y autorizando como mis Abogados en el presente juicio, en los términos de los Artículos 71 y 72  y 174 0del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sonora al C. LIC. APOLINAR DELGADILLO HINOJOSA y  JOSE RAMON MURILLO ARENAS, el primero de los señalados con cedula profesional número 3330392, con el debido respeto comparezco y expongo lo siguiente:

        Mediante el presente escrito y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 836, 848, 664,663 y demás relativos y aplicables al presente caso del código de procedimientos civiles para el estado de sonora, 1022 fracción III, 1023 Fracción  I y demás relativos y aplicables del Código Civil para el Estado de Sonora., vengo promoviendo en la Vía Ordinaria Civil, Juicio de Prescripción Adquisitiva a fin de que se declare que la prescripción se ha consumado y que por ende he adquirido la propiedad, ejercitando dicha Acción en contra del C. ALFREDO QUESNEY ENCINAS, EL C. ENCARGADO DEL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE ESTA CIUDAD quienes pueden ser debidamente notificados el primero de los señalados en domicilio conocido en el Ejido Francisco Villa, Municipio de Cajeme, el segundo de los señalados en el Edificio de Gobierno del Estado ubicado por la Calle 5 de Febrero entre las Calles Allende e Hidalgo de quienes reclamo el pago de las siguientes:

 P R E S T A C I O N E S:

A).-  Del primer demandado reclamo la propiedad por haber operado en mi favor la Acción de Prescripción Positiva del bien inmueble consistente en casa habitación construida en LA CALLE PALAU NUMERO 2053 DEL LOTE NUMERO TRES (3) DE LA MANZANA TREINTA (30)   LA COLONIA FRACCIONAMIENTO LAS VILLAS, SECCION LOS ARCOS II, DE ESTA CIUDAD OBREGON, SONORA.  Ubicado dentro de este Distrito Judicial de Cajeme, Sonora.,  específicamente con una superficie de 126.00 metros cuadrados y por consecuencias tiene las siguientes medidas y colindancias:

AL NORTE, EN 7.00 (SIETE METROS), CON LA CALLE PALAU.

AL SUR, EN 7.00 (SIETE METROS), CON LOTE NUMERO CINCUENTA Y DOS

AL ESTE, EN 18.00 (DIECIOCHO METROS), CON LOTE NUMERO CUATRO

AL OESTE, EN 18.00 (DIECIOCHO METROS), CON LOTE NUMERO DOS.

En el entendido que el inmueble ya mencionado se encuentra específicamente ubicado en la calle Palau número 2053 de la colonia  fraccionamiento las villas sección los arcos II de esta Ciudad Obregón, Sonora., por consecuencia dicho inmueble que tengo en posesión desde hace más de once años, de manera Pacífica, Pública,  Continua, de buena fe y a  título de dueño de forma ininterrumpida, mismo bien inmueble que se encuentra dentro de la zona urbana del municipio de Cajeme, Sonora., y que se encuentra inscrito dicho inmueble bajo el número 141439, Volumen 2865, de fecha 12 de noviembre del dos mil dos, ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de Ciudad Obregón, a nombre del señor ALFREDO QUESNEY ENCINAS, tal y como se le acredita a su señoría con la copia certificada de la escritura pública número 926, volumen 5, misma que fue bajo el protocolo del C. LIC. MARCO ANTONIO RODRIGUEZ FELIX, en su carácter de NOTARIO PUBLICO NUMERO 4, con ejercicio y residencia en este Distrito Judicial, así como con el correspondiente certificado de  propiedad que se anexa a las actuaciones de este expediente y también se anexa recibo de la luz expedido por la comisión federal de electricidad mismo documento que desde este preciso  momento los exhibo como elementos pruebas a mi favor en las actuaciones de este juicio.

        B).- Del segundo de los demandados reclamo la Cancelación de la inscripción número 141439, (CIENTO CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS TREINTAS Y NUEVE)  Volumen 2865, de fecha 12 de noviembre del año dos mil dos, del Registro Público de la Propiedad y del Comercio de este Distrito Judicial .

C).- Que como consecuencia de lo anterior en forma oportuna se dicte sentencia en el presente juicio en el que se especifique que ha procedido mi demanda y se ordene al Registro Público de la propiedad  y de comercio de esta Ciudad de Obregón, Sonora., que cancele el registro en el cual aparece inscrito el bien inmueble que tengo en posesión y se ordene que se escriture y se inscriba a mi nombre dicho inmueble ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio en esta ciudad.

E).- En caso de existir oposición injustificada a mis pretensiones se ordene en su momento el pago del gasto y costas del presente juicio con motivo de la tramitación del presente así como de otras posteriores instancias que llegaren  a resultar.

Fundo la presente demanda en los siguientes hechos y preceptos de derecho siguientes:

                                      H E C H O S:

1.- La suscrita EMMA CECILIA BOJORQUEZ MASCAREÑO, soy poseedor  primitivo desde el 15 de abril de 2004, de buena fe, de manera pública, pacifica, continua, he ininterrumpidamente del bien inmueble ya referido y a su vez dicha posesión que ostento es respetada por vecinos colindantes y autoridades del lugar de los predios urbanos, cuya descripción medidas y colindancias ya han quedado establecidas dentro del inciso A) del capítulo de  prestaciones desde hace más de quince años a la fecha misma posesión.

2.- Que dicho inmueble se encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de esta ciudad Obregón, a nombre del señor ALFREDO QUESNEY ENCINAS  como si se acredita ante su señoría con copia certificada de bien inmueble de la propiedad que exhibo, Y que expidió el encargado del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de esta ciudad Obregón, Sonora. El cual se anexa a esta demanda como elemento de prueba y para acreditar lo ya referido.

3.- Que en virtud del solo transcurso del tiempo ha operado en mi favor la prescripción adquisitiva sobre el referido bien inmueble, siendo esta la razón por la cual demando en la presente vía el reconocimiento y declaración de certeza judicial en lo referente a que la suscrita EMMA CECILIA BOJORQUEZ MASCAREÑO, soy el legítimo posesionario y propietario del bien inmueble ya referido.

4.- Manifiesto bajo protesta de decir verdad a su señoría que el bien inmueble ya referido con antelación se encuentra debidamente construido, bardeado y su distribución técnica es de una sola planta y con árboles que el suscrito ha sembrado y cuidado para tener sombra en dicho inmueble respecto en el cual tengo posesión desde hace más de quince años además dichas sombra que da el árbol es ocupada por el suscrito y mis familiares cuando me visitan.

He insisto en el hecho que el inmueble respecto el cual he tenido posesión por más de quince años de una manera continua, púbica de buena fe e interrumpidamente por más de once años es el que se encuentra ubicado en calla  PALAU NUMERO 2053 DEL LOTE NUMERO TRES (3) DE LA MANZANA TREINTA (30)  DE LA COLONIA FRACCIONAMIENTO LAS VILLAS, SECCION LOS ARCOS II, DE ESTA CIUDAD OBREGON, SONORA. Mismo el cual tiene una superficie de 126.00 metros cuadrados y por secuencia tiene las siguientes medidas y colindancias:

AL NORTE, EN 7.00 (SIETE METROS), CON LA CALLE PALAU.

AL SUR, EN 7.00 (SIETE METROS), CON LOTE NUMERO CINCUENTA Y DOS

AL ESTE, EN 18.00 (DIECIOCHO METROS), CON LOTE NUMERO CUATRO

AL OESTE, EN 18.00 (DIECIOCHO METROS), CON LOTE NUMERO DOS.

P R U E B A S:

1.-TESTIMONIAL: YURIDIA LUGO QUEVEDO CON DOMICILIO EL UBICADO EN LA CALLE PALAU NUMERO 2037 DE LA COLONIA FRACCIONAMIENTO LAS VILLAS, SECCION LOS ARCOS II, DE ESTA CIUDAD OBREGON ANA LILIAN ROMO ESCALANTE CON DOMICILIO EL UBICADO EN LA CALLE PALAU NUMERO 2049 DE LA COLONIA FRACCIONAMIENTO LAS VILLAS, SECCION LOS ARCOS II, DE ESTA CIUDAD OBREGON  Y ALMA DELIA HERRERA LOPEZ CON DOMICILIO EL UBICADO EN PALAU NUMERO 2039 DE LA COLONIA FRACCIONAMIENTO LAS VILLAS, SECCION LOS ARCOS II, DE ESTA CIUDAD OBREGON. Testigos los cuales en su momento deberán de sujetarse a un pliego interrogatorio que contendrá preguntas relacionadas con los hechos y la Litis del presente juicio con los testigos ya referidos pretendo acreditar tanto las pre extensiones como los hechos de la demanda son ciertos por lo tanto solicito a su señoría que se fije día y hora en su momento se presenten a declarar dichos testigos en los términos de ley.

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