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Prescripcion En Materia Laboral


Enviado por   •  7 de Octubre de 2013  •  3.368 Palabras (14 Páginas)  •  481 Visitas

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I.- PRESCRICION

A.- CONCEPTOS

1.- La prescripción es un medio de adquirir y extinguir derechos subjetivos (provistos de acción), en virtud de una conducta omisiva de su titular- como es la de no obrar- por el tiempo que determine la ley (art. 3947 del Codigo Civil).

2.- Prescripción es una institución jurídica ligada al transcurso del tiempo que opera para la creación o extinción de derechos y obligaciones; la prescripción liberatoria extingue el derecho por el transcurso del tiempo ante la inactividad del acreedor y para promover la seguridad jurídica en los negocios. La prescripción liberatoria solo puede afectar a los derechos subjetivos provistos de acción, es decir dotados de una prestación accionable como medios para imponerlos y hacerlos valer ante la justicia. La prescripción requiere su exteriorización y debe ser invocada por quien intente beneficiarse con ella.

3.- Es el modo de adquirir un derecho y extinguir una obligación por el transcurso del tiempo. La prescripción a la que se refiere la LCT es la liberatoria, es indudable que la prescripción del plazo extingue el derecho de aquel y crea un derecho del empresario a la titularidad de las cantidades adeudadas e incluso le asigna un derecho a oponerse válidamente la pretensión del acreedor a percibir el importe de su crédito, lo que es prescripción adquisitiva para uno, es liberatoria para otro. La prescripción liberatoria es una excepción para repeler una acción por el solo hecho que el que la entabla ha dejado durante un tiempo de intentarla o de ejercer el derecho al cual se refiere y por el solo silencio o inacción del acreedor por el tiempo asignado por la ley queda libre el deudor de toda obligación; el Art. 256 fija un plazo común de dos años para la prescripción de las acciones relativas a créditos provenientes de relaciones individuales de trabajo, se dan tres situaciones especiales, A) asignaciones familiares que son créditos exigibles al empleador en virtud de la relación contractual respectiva, por lo que prescripción es bienal B) Aporte a las asociaciones profesionales existiendo la obligación de retener y depositar los aportes sindicales comunes o extraordinarios derivados de normas legales o reglamentarias del derecho del trabajo por lo que la prescripción es de dos años, C) Aportes y contribuciones para obras sociales.

B.- LA PRESCRIPCION EN MATERIA LABORAL

1.- Es el plazo necesario para extinguir la acción, que permite la defensa de los derechos nacidos de la ley, de los convenios colectivos y de los laudos arbitrales, transformándose la obligación en natural. Ese plazo es de dos años según el artículo 256 de la LCT, siendo de 10 en materia de seguridad social. Se comienza a contar desde que cada suma es debida o desde cuando se generó el derecho al cobro de la indemnización, por ejemplo desde que el trabajador fue despedido. Si la fecha en que nace la exigibilidad del crédito no posee certeza, se comienza a contar desde la fecha en que su exigibilidad sea cierta.

2.- De acuerdo al artículo 258 de la LCT y a la ley 24.557 de Riesgos del Trabajo, el plazo de prescripción corre desde que se determine la incapacidad, o desde el fallecimiento según sea el caso. Si la incapacidad es temporaria, la prescripción se cuenta desde que se debió pagar cada suma; si es permanente, desde la fecha de consolidación del daño, y si son prestaciones en especie y servicios, desde que cada prestación debió realizarse.

3.- El artículo 3986 del C.C. permite suspender el curso de la prescripción por un año, o menor plazo, si faltare menos para que se opere la prescripción, cuando se intime el pago o se constituya en mora extrajudicial.

4.- El artículo 257 de la LCT faculta la interrupción de la prescripción hasta por seis meses en el caso de actuaciones administrativas donde se reclama lo que posteriormente será objeto de la acción judicial. En caso que durante las actuaciones administrativas resulte la constitución en mora del empleador, la prescripción se suspende por un año. Por el artículo 3986 del C.C. la interposición de la demanda en sede judicial, aunque lo sea ante juez incompetente o en forma defectuosa, interrumpe la prescripción; y de acuerdo al artículo 3989, la interrupción también opera si el deudor, en este caso el empleador, reconoce el derecho reclamado, en forma expresa o tácita.

5.- La defensa de prescripción debe oponerse al contestar la demanda, aunque por excepción se permitió deducirla hasta el ofrecimiento de prueba. Si no requiere prueba, opera en forma de excepción de previo y especial pronunciamiento, y si requiere prueba, o no resulta manifiesta, puede oponerse como defensa de fondo, resolviéndose en la sentencia definitiva.

1) CUESTIONARIO

Responde de manera correcta los siguientes cuestionamientos marcando con una (V )si es verdadero o una (F) si es falso

-La prescripción es un medio de adquirir y extinguir derechos________

-Prescripción es una institución jurídica ligada al transcurso del tiempo que opera para la creación o extinción de derechos y obligaciones_____

-la prescripción liberatoria extingue el derecho por el transcurso del tiempo ante la inactividad del acreedor y para promover la seguridad jurídica en los negocios. _________

-La prescripción liberatoria solo puede afectar a los derechos subjetivos provistos de acción, es decir dotados de una prestación accionable como medios para imponerlos y hacerlos valer ante la justicia.______

-La prescripción requiere su exteriorización y debe ser invocada por quien intente beneficiarse con ella _______

- La prescripción a la que se refiere la LCT es la liberatoria _______

- La prescripción liberatoria es una excepción para repeler una acción por el solo hecho que el que la entabla ha dejado durante un tiempo de intentarla o de ejercer el derecho _______

- Es el plazo necesario para extinguir la acción, que permite la defensa de los derechos nacidos de la ley de 100 días _______

-De acuerdo al artículo 258 de la LCT y a la ley 24.557 de Riesgos del Trabajo, el plazo de prescripción corre desde que se determine la incapacidad _______

-El artículo 3986 del C.C. permite suspender el curso de la prescripción por un año, o menor plazo, si faltare menos para que se

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