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Principios Del Juicio Oral


Enviado por   •  29 de Enero de 2014  •  1.114 Palabras (5 Páginas)  •  514 Visitas

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Principios Del Juicio Oral

PRINCIPIOS RECTORES DEL SISTEMA ACUSATORIO

En la doctrina no existe uniformidad en establecer un número determinado de principios rectores, pero en el reformado artículo 20 constitucional se establece que el proceso penal será acusatorio y oral, regido por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación, los que se procede a explicar:

1.- PRINCIPIO DE CONCENTRACIÓN: Las pruebas que se lleven a juicio habrán de ser desahogadas preferentemente en una sola audiencia, con lo cual se evita que los testigos logren comunicarse entre sí de lo ocurrido en la audiencia, aunado a que el juzgador, al percibir en una sola audiencia el material probatorio, tiene una mayor claridad para resolver el proceso; además, al enfocar su energía y conocimiento a un solo asunto en el desarrollo de todo el juicio, provee a los ciudadanos mayor confiabilidad y evita distracciones del juzgador para resolver con justicia.

2.- PRINCIPIO DE CONTRADICCIÓN: El derecho de controversia es inherente a todo el proceso acusatorio y se aplica en las fases preparación del juicio y procesal. El principio de contradicción que opera a partir de la acusación conlleva los siguientes derechos y facultades.

Durante las fases preparación del juicio y procesal se producen actos de prueba, a saber: en la indagación e investigación, ubicación, recolección, aseguramiento y preparación; en la fase del juzgamiento, previo al juicio oral, descubrimiento y ofrecimiento; durante el juicio oral, práctica, contradicción y valoración.

Cada uno de estos actos de prueba tiene un objetivo específico: los de la investigación, sustentar ante el juez las actuaciones que afectan derechos fundamentales; durante el juzgamiento, fundamentar y sustentar la acusación. La controversia se ejerce sobre todos los actos de prueba, y la contradicción sobre el ofrecimiento, introducción y práctica.

Lo anterior significa que es sólo sobre la contradicción de la prueba practicada en el juicio oral que el juez debe fallar, pero para llegar a ello se ha ejercido la controversia de todos los actos de prueba, con el fin de garantizar que se practicará únicamente la admisible.

3.- PRINCIPIO DE CONTINUIDAD: Todas las actuaciones deben de tramitarse en forma continua, por lo cual, ante la posibilidad de que no sea posible el que en una sola audiencia se verifique todo el desahogo de las pruebas, se deberá hacer con la dilación menos posible.

4.- PRINCIPIO DE ORALIDAD: En virtud de este principio;

Todas las peticiones formuladas por las partes al funcionario judicial se fundamentarán y decidirán en forma oral. Generalmente deben resolverse con citación y audiencia de la otra parte, salvo las reservadas.

I. El juzgamiento es oral, por audiencias, y en la audiencia pública de juzgamiento no se permite la introducción de diligencias de investigación escritas, mediante actas o informes, sino a través de la declaración oral del medio de prueba (testigo, perito e investigador).

Lo anterior tiene dos excepciones:

a. La prueba anticipada, cuya introducción al juicio puede admitirse por lectura, pero para su producción deben cumplirse todos los requisitos formales de prueba producida en juicio, es decir, con inmediación y en forma oral y contradictoria ante el juez.

b. Acuerdos probatorios, cuando no existe controversia sobre una diligencia de investigación y los resultados de la misma, se admite como prueba el informe, se introduce mediante lectura y no se requiere que quien lo elaboró declare, al ser hechos probados.

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