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Procedimiento administrativo de separación.

pacodavid03Trabajo1 de Diciembre de 2015

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                                        Procedimiento administrativo de separación.

Expediente: CP/SEP//

                                        xxxx.

Miembros del H. Consejo de Profesionalización.

Presentes.

xxx, con la personalidad reconocida en el expediente al rubro indicado. Señalo como domicilio para oír y recibir notificaciones y documentos el ubicado en Alfonso Herrera, número, colonia San, Delegación, México, D.F., ante Ustedes comparezco para exponer:

Vengo a dar contestación a la improcedente queja presentada en mi contra por la Subprocuradora de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada, solicitando se declare improcedente y no se resuelva mi separación del Servicio de Carrera de Procuración de Justicia Federal, ello en base a lo siguiente.

La quejosa manifiesta en el capítulo de hechos de la queja que el Titular del Centro de Evaluación y Desarrollo Humano informó mediante oficio CeDH//que xxx agente del Ministerio Público de la Federación  resultó no apto en el proceso de avaluación de control de confianza que se le practicó.

En relación con lo anterior, en la evaluación conjunta no se recomendó mi permanencia en la institución aduciendo lo siguiente:

a) Que obtuve indicadores de falta de veracidad en área de beneficios ilícitos. Afirmando que por tal situación vulnero los principios de legalidad lealtad y honradez con los que se rige la institución.  

b) Que denoto dificultad en lo que respecta al manejo de conflictos o capacidad para comunicarme asertivamente y resolver los problemas que se me presenten.

A este respecto debo decir que niego categóricamente haber vulnerado los principios de legalidad, lealtad y honradez que rigen el actuar de los Servidores Públicos de la Procuraduría General de la República. Ello en atención a las siguientes consideraciones.

A) Por lo que respecta a la acusación consistente en que obtuve indicadores de falta de veracidad en área de beneficios ilícitos. Afirmando que por tal situación vulnero los principios de legalidad, lealtad y honradez con los que se rige la institución.  

A este respecto manifiesto que dicha aseveración es totalmente inmotivada, imprecisa, y subjetiva, ello en atención a las siguientes consideraciones:

        De la lectura de la evaluación conjunta precisamente en la página cinco se desprende únicamente las siguientes afirmaciones subjetivas: “…A pesar de que durante la entrevista negó haberse beneficiado ilícitamente a través de sus puestos, obtuvo indicadores de falta de veracidad en esta área.” Y  en la página 7  se concluye que: “No se recomienda su permanencia en la institución debido a que obtuvo indicadores de falta de veracidad en área de beneficios ilícitos. Por tal situación vulnera los principios de legalidad, lealtad y honradez con los que se rige la isntitución”

        En primer lugar dicha afirmación es imprecisa, y me deja en estado de indefensión, porque se afirma que obtuve indicadores de falta de veracidad, sin precisar cuales fueron esos indicadores, en que consisten, cuantos fueron, como se interpretan, como se obtuvieron, es decir que únicamente se hace una afirmación meramente subjetiva, carente de sustento. Razón por la que dicha afirmación denota la falta de motivación de que adolece de la evaluación conjunta, en virtud de que no se establecen cuales son los indicadores, ni como se interpretan y por ende tampoco se señalaron las razones y circunstancias por las que se estimó que existe una relación natural y lógica entre esos indicadores que permiten descubrir que falte a la verdad en el área de beneficios ilícitos, siendo necesario que en la evaluación conjunta se detallen los indicadores para que su existencia y veracidad sea apreciable a través de una sana crítica, lo que resulta relevante ya que con ello se me brindaría la posibilidad de controvertirlos en ejercicio de mi derecho de defensa.

        A este mismo respecto los encargados de llevar a cabo la evaluación conjunta no describieron los indicadores, ni que es lo que estos indican, y tampoco la razón por la que estos indicadores revelan mi falta de veracidad, sino que se limita a realizar una afirmación de carácter meramente subjetivo, lo que de forma manifiesta es inmotivado ya que no es suficiente con hacer la simple manifestación de que obtuve indicadores de falta de veracidad, ya que esto únicamente evidencia la falta de motivación de la queja presentada en mi contra así como de la evaluación conjunta, pues de ninguna manera se aprecia la valoración que hayan llevado a cabo las personas que formularon dicha evaluación conjunta, respecto de los indicadores que refieren, lo que se traduce en mi perjuicio al no saber si esos indicadores son o no idóneos para imputarme la falta de veracidad en el área de beneficios ilícitos.

        De igual forma dicha afirmación es imprecisa, porque únicamente se hace una afirmación meramente subjetiva, carente de sustento y me deja en estado de indefensión, porque se afirmó que: “… obtuve indicadores de falta de veracidad en área de beneficios ilícitos y que por tal situación vulneré los principios de legalidad, lealtad y honradez con los que se rige la institución”.

Se afirma lo anterior, es decir que dicha aseveración es subjetiva en razón de que no se establece de manera específica, ni se expresan los motivos por los que se considera que esos indicadores determinen o revelen que se vulneran los principios de legalidad, lealtad y honradez con los que se rige la institución.

        De igual forma dicha afirmación en el sentido de que “obtuve indicadores de falta de veracidad en área de beneficios ilícitos” es una afirmación meramente subjetiva, carente de sustento y me deja en estado de indefensión, porque en ninguna parte de la avaluación conjunta se establece en que consisten los beneficios ilícitos, además en ningún momento se establece que yo haya tenido un beneficio ilícito, por lo que dicha declaración resulta vaga, ambigua y general, razón por la que no se debe tomar en cuenta para resolver la separación de mi cargo.

        Lo anterior es así, es decir que la afirmación en el sentido de que “obtuve indicadores de falta de veracidad en área de beneficios ilícitos” es una afirmación meramente subjetiva, lo cual afirmo porque no tengo ningún bien mueble o inmueble que sea producto de algún beneficio ilícito, sino que lo poco que tengo es producto de lo que he ganado con mi trabajo y ahorro conjunto con mi esposa, quien también trabaja, aunado a la circunstancia de que hasta este momento no tenemos hijos. A este respecto debo decir que he laborado desde el trece de noviembre de 1995 al 13 de mayo de 1996, como Comisario del Juzgado Primero penal de xxxx, Hidalgo, de mayo de 1996, laboré como Actuario interino del Juzgado Primero penal de xxx, Hidalgo, de 1997 a marzo de 1999 trabajé como abogado postulante, de agosto de 1999 a junio de 2000, laboré como secretario del Ministerio Público de la Coordinación de Investigación y Recuperación de Vehículos Robados de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo, del 15 de junio al 18 de septiembre de 2000, laboré como agente del Ministerio Público adscrito a la Dirección General de Averiguaciones Previas de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo, del 10 de enero al 2 de agosto del 2002 me desempeñé como agente del Ministerio Público adscrito a la Dirección General Procesos de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Hidalgo; del quince de diciembre del 2002 al 15 de noviembre del 2008 me desempeñé como agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a la Unidad Especializada en Delincuencia Organizada y ahora Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada. Percibiendo un en este último empleo un promedio de $21,000.00 veintiun mil pesos mensuales los cuales nos dan un aproximado de $1,512,000.00 a lo cual se le debe sumar un promedio de $1,260,000.00 que es el total del sueldo que ha percibido mi esposa ya que como lo manifesté ella también trabaja, ello sin contabilizar lo que percibí en mis anteriores empleos, por lo que los bienes que tenemos y que se especifican en mis declaraciones patrimoniales son producto de nuestro trabajo y no como falsamente lo pretenden hacer parecer los evaluadores del centro de Control de confianza. Razón por la que dicha aseveración en el sentido de que he faltado a la verdad en el área de beneficios ilícitos es meramente subjetiva, es decir carece de sustento, porque como queda claro ninguna necesidad tengo de arriesgar mi vida y la de mi esposa por obtener un beneficio ilícito, ya que con lo que ganamos conjuntamente tenemos para vivir una vida decorosa.

 Para acreditar mi afirmación anterior y desvirtuar la afirmación en el sentido de haber recibido beneficios ilícitos ofrezco las siguientes pruebas:

 

DOCUMENTAL PRIVADA, consistente en las constancias de las DECLARACIONES PATRIMONIALES rendidas a la SECRETARIA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA FEDERAL, en los años 2003, 2004, 2005, 2006, 2007 y 2008 en las que  indican todos y cada uno de los bienes, vehículos y propiedades, así como cuentas de banco del suscrito, prueba documental que se exhibe, y que solicito para su perfeccionamiento se requiera informe a dicha SECRETARIA para que comunique y corrobore la existencia de las declaraciones patrimoniales del suscrito, misma prueba que ofrezco y la cual BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD manifiesto no tenerla en original ya que su original se encuentre en los archivos de dicha SECRETARIA, por lo que deberá solicitarse a dicha institución para que obre como prueba en el procedimiento administrativo de separación, siendo el objeto de la prueba demostrar la veracidad de lo manifestado por el suscrito en el examen poligráfico, en relación al supuesto BENEFICIO ILÍCITO, teniendo relación la prueba con los hechos que se pretenden acreditar por atribuirse en la EVALUACIÓN CONJUNTA DEL CENTRO DE EVALUACIÓN Y DESARROLLO HUMANO, EN LA QUEJA y EN EL ACUERDO DE INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE SEPARACIÓN.

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