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Procesal penal guia


Enviado por   •  5 de Abril de 2021  •  Apuntes  •  16.128 Palabras (65 Páginas)  •  156 Visitas

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++7mo. Semestre                                                                          

PROCESAL  PENAL

Tema 1

EL PROCESO PENAL

Concepto: 

           Son un conjunto de actos previamente establecidos, consecutivos que tienen como fin determinar la responsabilidad penal de una persona que ha cometido un hecho punible.

Objeto del Proceso Penal:

  • El objeto del proceso penal es determinar el hecho o los hechos sobre los cuales recae una investigación, el enjuiciamiento y la sentencia.
  • Artículo 13 COPP Finalidad del Proceso: El proceso debe establecer la verdad de los hechos por las vías jurídicas, y la justicia en la aplicación del derecho, y a esta finalidad deberá atenerse el juez al adoptar su decisión.
  • Artículo 118 COPP: La protección y reparación del daño causado a la víctima del delito son objetivos del proceso penal.

Diferencia entre Proceso Penal y Proceso Civil:

Proceso Penal

Proceso Civil

Busca sancionar a una persona que presuntamente cometió un hecho punible

Busca resolver una situación de carácter privado, patrimonial y sentido económico

El Estado tiene la acción

El Estado actúa como arbitro, son las partes las que accionan

Es oral y público

Es escrito

Recae una pena corporal sobre la persona

La consecuencia jurídica recae sobre el patrimonio de la persona

Tema 2

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL PROCESO PENAL

NOCIONES HISTÓRICAS:

Sistema Inquisitivo: 

           Surge con la proximidad de la caída de la República con Grecia y Roma, las funciones de la acusación, defensa y decisión la tenía el Estado; perdiendo el sistema procesal su carácter popular y la figura del juez una irrecusable y sus decisiones eran in impugnables.

  • El sistema inquisitivo toma figura con el derecho canónico y es este derecho el que crea el principio de que la acción penal corresponde al Estado.
  • En este sistema regía la tarifa legal de la prueba y la reina de las pruebas era la confesión, que era tan importante que para obtenerla se podía llegar a la tortura, al flagelo, el juicio era secreto sin posibilidad de que una de las partes contradijera lo de la otra parte.
  • En este sistema los juicios y los procedimientos son escritos el juez puede actuar de oficio y hacer todo lo que crea necesario, es decir, el juez investiga, continúa el proceso y luego sentencia, creada una parcialidad notoria pues es claro que si el juez mismo acusa e investiga los hechos es muy probable que a la hora de sentenciar se decida a favor de su investigación.

Sistema Acusatorio: Fue el primer sistema que apareció en el pueblo hebreo, donde existía la libertad de acusación para cualquier ciudadano agraviado o no, y el acusado comparecía de forma personal y libre al proceso.

  • En este sistema el proceso tiene tres fases: acusación, defensa y decisión.
  • El sistema acusatorio se caracteriza por el predominio de la oralidad donde el juez no actúa de oficio sino que actúa de instancia de una parte, que acusa, que imputa que es quien tiene la carga de investigar, imputar y probar los hechos.
  • Todo el mundo se presume inocente hasta que se pruebe lo contrario, es el principio de inocencia.

Sistema Acusatorio Adoptado por el Legislador Venezolano (COPP):

  • El sistema actual es oral y público.
  • El imputado debe ser juzgado en libertad, existe la presunción de inocencia.
  • Existe la participación ciudadana en los procesos penales, existe la figura del escabinado o legos del derecho.
  • Contiene cuatro fases:

Fase Preparatoria: Actúa el Ministerio Público en representación del Estado

  • Determina si estamos en presencia de un hecho punible.
  • Busca a los presuntos autores.
  • Intenta que se logre la sanción a los responsables.
  • Puede tomar tres decisiones o actos conclusivos:
  • Presentación de la acusación fiscal: Comienza la fase intermedia.
  • Sobreseimiento de la Causa: Finaliza el proceso.
  • Deja la causa en suspenso: Art. 124 y 125 COPP.
  • Fase Intermedia
  • Fase de Juicio
  • Fase de Ejecución

PRINCIPIOS Y GARANTÍAS PROCESALES:

Artículo 1 COPP: Juicio Previo y Debido Proceso

Nadie podrá ser condenado sin un juicio previo, oral y público, realizado, sin dilaciones indebidas, ante un juez imparcial, conforme a las disposiciones de este Código y con salvaguarda de todos los derechos y garantías del debido proceso, consagrados en la Constitución de la República, las leyes, los tratados, convenios y acuerdos internacionales suscritos por la República.

  • En concordancia con el artículo 49 de la Constitución Nacional.
  • Debido Proceso: Según la Sala Constitucional del TSJ, consiste en garantizar los trámites que deban efectuar todas las partes para que pueda tener acceso a los hechos que se le atribuyen en su contra, es decir, a que se les oiga como lo ordena la ley y a que se le protejan todos sus derechos.

Artículo 2 COPP: Ejercicio de la Jurisdicción

La justicia penal se administrará en nombre de la República y por autoridad de la ley. Corresponde a los tribunales juzgar y hacer ejecutar lo juzgado.

Artículo 3 COPP: Participación Ciudadana

Los ciudadanos participarán en la administración de la justicia penal conforme a lo previsto en este Código.

  • Los escabinos discutirán con el Juez el caso en cuestión.
  • Le corresponde al Juez decidir y aplicar el derecho.
  • En caso de disputa entre el Juez y los escabinos, se procederá a una votación, se admite el voto salvado.

Artículo 4 COPP: Autonomía e Independencia de los Jueces

  • En el ejercicio de sus funciones los jueces son autónomos e independientes de los órganos del Poder Público y sólo deben obediencia a la ley y al derecho.
  • En caso de interferencia en el ejercicio de sus funciones los jueces deberán informar a la Corte Suprema de Justicia sobre los hechos que afecten su independencia, a los fines de que la haga cesar

Artículo 5 COPP: Autoridad del Juez.

  • Los jueces cumplirán y harán cumplir las sentencias y autos dictados en ejercicio de sus atribuciones legales.
  • Para el mejor cumplimiento de las funciones de los jueces y tribunales, las demás autoridades de la República están obligadas a prestarles la colaboración que les requieran.
  • En caso de desacato el juez tomará las medidas y acciones que considere necesaria, conforme a la ley, para hacer respetar y cumplir sus decisiones, respetando el debido proceso.

Artículo 6 COPP: Obligación de decidir

Los jueces no podrán abstenerse de decidir so pretexto de silencio, contradicción, deficiencia, oscuridad o ambigüedad en los términos de las leyes, ni retardar indebidamente alguna decisión. Si lo hicieren, incurrirán en denegación de justicia.

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