Punibilidad
writeinmyheart24 de Mayo de 2015
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La teoría del delito consiste en tratar de sistematizar los aspectos teóricos que le permiten desarrollarse plenamente en el campo práctico, al determinar con precisión si existen o no elementos constitutivos del tipo penal en los comportamientos humanos gestados en la sociedad o una definición jurídica del delito.
Varios elementos concurren en el delito. Se habla de presupuestos generales y especiales, datos positivos (aspecto positivo del delito) y datos o circunstancias negativos, (aspecto negativo del delito). El delito es un fenómeno unitario, que se integra de una vez, no por adición de componentes que acudan sucesivamente
Elementos de Delito
ACCIÓN Es el movimiento corporal consciente que provoca un cambio o peligro de cambio en el mundo exterior, es decir, el comportamiento exterior evitable. El delito.
RESULTADO Para que la acción tenga una relevancia para el Derecho penal, tiene que producir un cambio en el mundo exterior, es decir, tiene que haber un delito cometido para que haya un resultado o consecuencia.
TIPICIDAD Consiste en una adecuación a lo que describe el tipo (es la creación que hace el legislador, hipótesis previa para una norma, cuya realización da vida al delito)
ANTIJURICIDAD La antijuricidad es otro de los elementos estructurales del delito.
Se le puede considerar como un "elemento positivo" del delito, es decir, cuando una conducta es antijurídica, es considerada como delito. Para que la conducta de un ser humano sea delictiva, debe contravenir el Derecho, es decir, ha de ser antijurídica.
IMPUTABILIDAD Se examina desde varias perspectivas.
Hay quienes entienden que se trata de un presupuesto general: subordinación de la persona a la ley penal; capacidad de derecho penal.
CULPABILIDAD Resultado de juicio de valores que da origen al reproche al autor de la acción delictiva. Las caracterizaciones son diversas y afectan la estructura del delito y la ubicación, en ésta, del dolo y la culpa
PUNIBILIDAD Es la consecuencia del delito. El merecimiento de una pena en función.
CULPA
En el ámbito del derecho, la culpa hace referencia a la omisión de diligencia exigible a un sujeto. Esto implica que el hecho dañoso que se le imputa motiva su responsabilidad civil o penal. La culpa, por lo tanto, consiste en la omisión de la conducta debida para prever y evitar un daño, ya sea por negligencia, imprudencia o impericia.
La culpabilidad es una categoría de la teoría del delito que nos permite reprochar la conducta de la persona que cometió un delito y por lo tanto atribuirle esa conducta y hacerle responsable de ese hecho.
Para ello se exige la presencia de una serie de elementos (capacidad de culpabilidad, conocimiento de la antijuricidad, exigibilidad de la conducta) que constituyen los elementos positivos específicos del concepto dogmático de culpabilidad.
Un ejemplo de un delito de tipo doloso sería:
Mario salió de su casa una tarde para ir a hacer las compras al supermercado y se da cuenta de que su vecino, Carlos, ha salido al mismo tiempo que él y siente su mirada clavarse en su espalda.
Carlos y Mario no son amigos, ya que Carlos le guarda un profundo rencor a su vecino y por su mente no pasa otra cosa más que el pensamiento de hacerle daño. Se sube a su choche, lo enciende, y espera a que su vecino Mario se encuentre cruzando la calle. Una vez que encuentra el momento indicado, acelera sin pensarlo dos veces con la clara intención de llegar a Mario, ni siquiera se inmuta cuando siente el impacto del cuerpo de su vecino ser arrollado por su coche. Observa claramente a Mario girar en la acera, sin embargo no le importa. Sin cargos de conciencia, se aleja como si nada hubiera pasado.
En este caso, siendo un homicidio doloso (Matar sabiendo lo que
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