ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

RECURSO REPOSICION Y EN SUBSIDIO DE APELACION

1042416577Trabajo26 de Junio de 2019

995 Palabras (4 Páginas)497 Visitas

Página 1 de 4

Señores

ELECTRICARIBE E.S.P.  S.A.

Ciudad

                Referencia:          RECURSO REPOSICION Y EN SUBSIDIO DE APELACION

                

Referencia:… RADICACION No.231883732256853

Usuario:………ANIBAL RAAD

Dirección:……Cra 40 No.30-52 - Localidad: Centro.

ANIBAL RAAD, varón, mayor de edad, identificado como aparece al pie de mi correspondiente firma, por medio del presente y estando dentro de los términos legales, me permito presentar RECURSO DE REPOSICION Y EN SUBSIDIO EL DE APELACION,  contra la decisión emitida dentro del radicado No. No.231883732256853, el cual me fue notificado el día:  xxxxxxxxxxxxx; basado  en los siguientes

HECHOS

1.- Soy usuario del Servicio de Energía Eléctrica que presta   ELECTRICARIBE E.S.P.  S.A; el cual aparece registrado ante ustedes, bajo el NIC No. 2256853. 

2.-  Presuntamente, en octubre de 2016, Electricaribe realizó una revisión a la red del fluido eléctrico al inmueble ubicado en la carrera 40 No.30-52, donde funciona el local comercial el Virrey.

3.-  Al proceder a realizar la revisión, presuntamente levantaron el acta de revisión de instalación eléctrica No.23188373.  Y expongo que presuntamente, ya que soy el representante legal y quien permanezco en ese establecimiento comercial, y nunca vi que realizaron dicha revisión, ni mucho menos llamaran a ningún empleado de local comercial para que se percatara de dicha visita.  Y por ello es que mediante un derecho de petición solicite copia de toda la actuación para poder controvertir la actuación administrativa, pero nunca me hicieron entrega de dicha copia.

4.-  Solo procedieron a notificarme el acto administrativo mediante el cual ya aplican la ecuación y el valor de lo que presuntamente han dejado de facturar, y anunciándome solo que contra esa decisión proceden los recursos correspondientes de reposición en subsidio el de apelación; y ante este estado procesal nos encontramos, pero desconociendo que existe un debido proceso que no se llevó íntegramente en el caso que nos ocupa; y sobre el cual existe un vicio, que debe ser subsanado; como lo es,  que se me debió notificar de la apertura de la actuación administrativa en contra del local comercial, para sí poder yo entrar dentro del proceso y presentar mis descargos, presentar las pruebas y controvertir las que tuviese Electricaribe S.A. ESP; quien a todas estas, es quien obtiene las pruebas sin nunca dar la oportunidad de controvertirlas o desde el mismo acto de la visita permitir que uno como usuario llame a un técnico para  poder establecer si en efecto el procedimiento que realizan está ajustado a los lineamientos técnicos legales; o por el contrario ver si las pruebas que recaudan son del local comercial, como es este caso, que tomaron fotos que no correspondían al cableado de energía del local, y con esas pruebas procedieron a armar un proceso administrativo, para culminar en cobrar unas facturas dejadas de facturar, en forrada errada y sin las suficientes pruebas para soportar dicho acto administrativo; y más aún violando la debida notificación de la apertura del proceso que iniciaron.  

5.- Como podrá observarse, no se ha seguido un debido proceso, y por ende se debe decretar la nulidad  desde el acto que dio apertura de la actuación administrativa, hasta el que tomo la decisión final, y ordenarse rehacer la actuación, para poder tener la oportunidad de defenderme y aportar las pruebas, dentro de un proceso donde se observen todas las garantías procesales.  

6.- Quizás se encuentre en plenario probatorio del expediente, que me fue enviada comunicación para que me presentara a notificar de la actuación administrativa que se seguiría en mi contra, pero que a la final, no se recibió en el local comercial; y quizás procederían a notificar por aviso.   Desconociendo plenamente las garantías dentro de un debido proceso, ya que el auto apertura o el acto administrativo que da apertura a un proceso administrativo se debe notificar personalmente, y si la persona no se presenta, no se notifica por aviso en el oficina que la emite, se le debe hacer envió del acto a notificar junto con las pruebas recaudadas; y en el presente proceso administrativo seguido contra el local comercial el Virrey, seguramente no se encuentra esa debida forma de notificar, ya que Electricaribe tiene por costumbre notificar es por aviso fijado en las oficinas, en caso que las personas no se presenten a notificarse.    

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (6 Kb) pdf (74 Kb) docx (317 Kb)
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com