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Reaseguro

carydo29 de Junio de 2014

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INTRODUCCION

En el presente trabajo se hablará sobre el reaseguro, su finalidad, y sus modalidades.

En términos sencillos, cabría definir el Reaseguro como "el seguro del seguro". Se trata de un contrato que suscribe tu compañía de seguros con otra compañía (en este caso, sería la reaseguradora), para que asuma parte (o la totalidad) del coste de un posible siniestro. Es la manera que tienen las entidades aseguradores de asumir riesgos muy elevados.

Por ello, el reaseguro viene a superponerse a la protección de los riesgos otorgando mayor estabilidad y solvencia al asegurador, que es quien, frente a sus asegurados, tiene la obligación de asumir el coste de las reclamaciones por siniestros cubiertos por la póliza.

En definitiva, y en términos más técnicos, con el reaseguro se homogenizan los valores asegurados y se limitan las responsabilidades asumidas, con lo que se permite el control de la frecuencia siniestral (probabilidad de ocurrencia), de la intensidad del siniestro (alcance) y de su importe (cuantía), todo lo cual favorece una mayor capacidad y oferta de seguros para asumir riesgos.

DEFINICION DE REASEGURO

Es un contrato por el cual, la compañía de seguro segura con otra empresa llamada reaseguradora, parte de los riesgos que ha tomado a su cargo, mediante la transferencia de una prima proporcionar al importe de los capitales reasegurados el reaseguro es el seguro de los aseguradores.

FINALIDAD

1. Reduce la probabilidad de ruina del asegurador directo, mediante la suscripción de riesgos catastróficos.

2. Estabiliza el balance del asegurador directo, asumiendo en partes riesgos fortuitos, cambios y errores.

3. El asegurador directo aumenta la capacidad para nuevos asegurados

4. Incrementa el capital propio disponible del asegurador directo liberando capital propio ligado al riesgo

Retención y cesión

Las empresas de seguros y las de reaseguros establecerán sus planes de reaseguros y los plenos de retención, los cuales deberán ser aprobados por la junta directiva de cada empresa la cual velará porque dichos plenos se elaboren sobre bases técnicas y mantengan relación con la capacidad económica y solvencia de la empresa.

Cesión

Las empresas de seguros o reaseguros o las agrupaciones de ambas que operen como tales en sus países de origen, siempre que las mismas cumplan los estándares que a tal efecto fije la Superintendencia de Seguros.

MODALIDADES DEL REASEGURO

El contrato de reaseguro puede adoptar diversas modalidades. Una modalidad de reaseguro es una forma de ligar los intereses de asegurador y reasegurado, buscando alcanzar los objetivos señalados con carácter general para el reaseguro.

Reaseguro facultativo:

Este tipo de reaseguro como se desprende de su denominación, las partes que intervienen tienen la facultad de ofrecer y a su vez rechazar los riegos objetos del mismo.

Reaseguro Automático:

Es aquel en que el reasegurador asume la parte proporcional de una serie de riesgos por el mero hecho de que estos hayan sido aceptados originariamente por la cedente, sin establecer exclusiones predeterminadas.

Reaseguro Proporcional:

En esta modalidad de reaseguro existe un contrato o acuerdo entre las partes (cedente y reasegurador) y en el cual se establece que el Reasegurador está obligado a aceptar todos los riesgos que se le cedan dentro de los límites y estipulaciones pautadas en los contratos, y por otra parte, la cedente está obligada a otorgar al Reasegurador todos los riesgos que cumplan con las condiciones ya mencionadas.

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