ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Recisión del contrato escrito de compra venta.

00036348Apuntes16 de Enero de 2017

2.543 Palabras (11 Páginas)325 Visitas

Página 1 de 11

CIUDADANO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

EN MATERIA CIVIL EN TURNO

P R E S E N T E.-

                  JUAN MANUEL RAMIREZ MENDEZ, EDGAR EDUARDO GONZÁLEZ GÓMEZ, Abogados, Mexicanos, mayores de edad, en cuanto representantes legales del C. __________________________, tal y como lo demostramos con el Poder General Para Pleitos y Cobranzas, expedido por el Notario Público número 140 ciento cuarenta el Licenciado Héctor Soto Sánchez, con ejercicio y residencia en esta Ciudad, señalando domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones personales el ubicado en la Calle _________________________________________, de esta ciudad de Uruapan, así como por autorizando para recibir todo tipo de notificaciones personales y documentos  a los CC. ________________________________, ante a usted con el debido respeto comparezco y le expongo:

         En la Vía de Ordinaria Civil, vengo por medio del presente ocurso a demandar a los CC. _____________________________________________, la TERMINACION Y RECISION DE CONTRATO ESCRITO DE COMPRA VENTA, quien puede ser emplazados a juicio, la primera en el domicilio ubicado en la calle _______________________ de la Ciudad de Morelia, Michoacán; y los tres últimos demandados en el domicilio ubicado en ______________________________________, Morelia, Michoacán, lugar donde desde estos momentos se solicita a su señoría que se sirva despachar atento exhorto con los insertos del caso, a los C. Juez Civil en Turno de la Ciudad de Morelia, Michoacán y/o el que corresponde a efecto que se lleve favorablemente el emplazamiento del ley, a quien le reclamamos las siguientes:

PRESTACIONES:

  1. La Recisión del contrato escrito de compra venta, que se realizó en fecha 22 veintidós de Septiembre del año 2010 dos mil diez, celebrado respecto de la construcción la cual está destinada a casa habitación y local comercial, ubicado ____________________ de esta Ciudad de Uruapan, Michoacán. Que tiene una superficie de setecientos noventa metros, veinte centímetros cuadrados, inscrita bajo el tomo ________ registro ____, en el Registro Público de la Propiedad raíz y de Comercio del distrito de Uruapan, Michoacán.

  1. El pago de daños y perjuicios ocasionados al C. ____________________________, por los hoy demandados, con motivo de su incumplimiento, ello en razón de que nuestro representado no recibió el pago del precio pactado.
  1. El Pago de Gastos y Costas que resulten del presente asunto.
  1. Con base a la rescisión que en su oportunidad se decrete, en ejecución de sentencia se ponga a nuestro representado en posesión del inmueble identificado en el inciso a).  

 

                 Nos apoyamos y fundamentamos en la siguiente narración de hechos y consideraciones de derechos y preceptos legales:

HECHOS

                PRIMERO.- Como lo acreditamos con las copias certificadas expedida por el Jefe de la Oficina Regional del Registro Público de la Propiedad Raíz y de Comercio de este Distrito de Uruapan, Michoacán, nuestro poderdante es propietario de una tercera parte, respecto de un terreno urbano con la construcción que contiene, la cual se destina a casa habitación y local comercial, ubicado con frente al ____________________, de esta Ciudad de Uruapan, Michoacán, inmueble que en su totalidad tiene una superficie de setecientos noventa metros, veinte centímetros cuadrados, el cual se encuentra inscrita bajo el tomo ______, registro _______, en el Registro Público de la Propiedad raíz y de Comercio del distrito de Uruapan, Michoacán, y que desde estos momentos anexamos a la presente demanda.

                SEGUNDO.- Es el caso que el día 22 veintidós de septiembre del año 2010 dos mil diez, en la calidad de propietario del inmueble ubicado en ___________________, de esta ciudad de Uruapan, Michoacán, nuestro poderdante el C. _________________, celebro contrato escrito de compra venta, con la ahora demandada la C. ____________, por su propio derecho y en cuanto gestora oficiosa de sus hijos ________________________, cabe mencionar que actualmente son mayores de edad los hijos de la C. ______________, tal y como lo demostramos con las respectivas actas de nacimientos que se anexan a la presente demanda; así las cosas es que en el mencionado contrato escrito de compra venta se pactó por la venta del inmueble la cantidad de $210,486.00 (DOSCIENTOS DIEZ MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS 00/100 M.N.) tal y como se desprende de la cláusula SEGUNDA del referido contrato escrito de compra venta, sin embargo bajo protesta de decir verdad no se cubrió en ese momento ni después ni hasta el día de hoy el pago de la venta del inmueble que nos ocupa, esto aún que se desprende que el la misma clausula SEGUNDA textualmente se señala que se pagan a la firma del contrato, siendo la realidad que no se pagó esa cantidad ya que solamente fue la formalidad que se le dio al contrato, y nuestro representado por la confianza de amistad que le tenía a la demandada acepto firma. Manifestando la demandada que le pagaría dentro del término de 15 quince días, ya que recibiría una fuerte cantidad de dinero, siendo esto falso ya que nunca cubrió el pago de dicha venta; Por otra parte se tiene conocimiento que la demandada ___________________, ha estado haciendo mal uso de dicho inmueble, ya que cobra la cantidad de $40,000.00 (CUARENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) mensual, por rentar del inmueble que nos ocupa sin recibir ni un peso nuestro representado.

                TERCERO.- Es a la fecha que no ha cubierto el pago la ahora demandada, a nuestro poderdante, pese a los múltiples requerimientos que se le ha hecho a la C. _______________, incumpliendo con ello lo pactado. El artículo 958 del Código Civil del Estado dispone que convenio es el acuerdo de dos o más personas para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones. Conforme al artículo 959 del mismo Código, los convenios que producen o transfieran las obligaciones y derechos toman el nombre de contratos.

A su vez el artículo 963 del mismo ordenamiento dispone que la validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejare al arbitrio de uno de los contratantes, así también nos apoyamos en las siguientes jurisprudencias:

TESIS: I.3O.C. J/12 (10A.)        GACETA DEL SEMANARIO JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN        DÉCIMA ÉPOCA

2009492        8 DE 340,  TRIBUNALES COLEGIADOS DE CIRCUITO        LIBRO 19, JUNIO DE 2015, TOMO II

PAG. 1586        JURISPRUDENCIA   (CIVIL)

COMPRAVENTA. REQUISITOS PARA QUE PROCEDA LA ACCIÓN DE RESCISIÓN POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATORELATIVO [OBLIGACIONES SUCESIVAS Y NO SIMULTÁNEAS (ABANDONO DEL CRITERIO SOSTENIDO EN LA JURISPRUDENCIA I.3o.C. J/59)].

Conforme al artículo 1949 del Código Civil para el Distrito Federal, la facultad de resolver las obligaciones se entiende implícita en las recíprocas, para el caso de que uno de los obligados no cumpliere lo que le corresponde y el actor podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución de la obligación, con el resarcimiento de daños y perjuicios en ambos casos, estando en aptitud también de pedir la resolución después de haber optado por el cumplimiento cuando éste resultare imposible. Las obligaciones son recíprocas cuando ambas partes se comprometen a dar, hacer o no hacer algo, es decir, son acreedor y deudor al mismo tiempo, ya que ambos contratantes tienen que cumplir con su obligación, y cuando uno de ellos incumple, el otro puede optar por el cumplimiento o por la resolución de la obligación. Para la procedencia de la acción, ya sea de cumplimiento o de rescisión de contrato, no siempre es necesario que la parte actora acredite que cumplió con su obligación, pues dependerá de cada caso concreto y de la naturaleza de las obligaciones pactadas que derivan del contrato o de la ley en supletoriedad de la voluntad de las partes, en términos del artículo 1792 del Código Civil para el Distrito Federal, si tiene o no dicha carga. En el caso de las obligaciones recíprocas sucesivas, esto es, cuando el cumplimiento de la otra parte no depende de que la actora cumpla previamente con alguna obligación a su cargo, basta que quien exige el cumplimiento o la rescisión, demuestre que la obligación de la demandada es o era exigible, de acuerdo a lo pactado o conforme a la ley, de modo que se ha generado el derecho a su favor para demandar la rescisión debido al incumplimiento de su contraria y, por ende, no es elemento de la acción que el actor demuestre que ha cumplido con las obligaciones a su cargo, cuando éstas no han vencido todavía. Entonces, el cumplimiento de las obligaciones que son propias del actor no constituye un presupuesto para exigir a la contraparte la satisfacción de sus obligaciones, al tratarse de obligaciones sucesivas. Por tanto, cuando se demanda la rescisión o el cumplimiento de un contrato en el que el cumplimiento de la obligación no es de carácter simultáneo, basta que esté pactado el cumplimiento previo de la otra parte y que ésta no lo haga, para generar la exigibilidad de la obligación, sin que a su vez el actor tenga la carga de probar que cumplió con su obligación a efecto de que prospere la acción de rescisión o de cumplimiento de contrato. En tal virtud, cuando las obligaciones son recíprocas y sucesivas, cada parte debe cumplir en los términos en que se obligó, sin que su cumplimiento dependa de que su contraparte cumpla a la vez con las obligaciones que le correspondan. Consecuentemente, este Tribunal Colegiado se aparta del criterio sostenido en la tesis de jurisprudencia I.3o.C. J/59, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXX, julio de 2009, página 1706, de rubro: "COMPRAVENTA. OBLIGACIONES SUCESIVAS Y NO SIMULTÁNEAS, PARA QUE PROCEDA LA ACCIÓN DE RESCISIÓN POR INCUMPLIMIENTO SE DEBE PROBAR POR LA ACTORA QUE CUMPLIÓ CON LAS OBLIGACIONES A SU CARGO."

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (14 Kb) pdf (113 Kb) docx (17 Kb)
Leer 10 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com